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MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.


En el BOE del hoy 12 de junio del 2017 se ha publicado la  Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.

En el articulado de la Ley 5/2018 se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, concretamente la parte relativa al juicio verbal en materia de interdicto para recobrar la posesión de la vivienda y otros artículos relacionados.
Concretamente se adiciona un nuevo apartado 4 al artículo 150, se modifica el numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250, se añade un nuevo apartado 3 bis al artículo 437, se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 441, y por último se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 444.
Todas estas modificaciones las podéis ver en el artculado de la Ley 5/2018.


Esto es importante en materia de tramitación procesal, con lo que debemos trabajar los funcionarios de Justicia, y también es importante para aquellos opositores que estén preparando las oposiciones; estar al corriente de las modificaciones del temario.


La ley, tal como se establece en la Disposición final Segunda, entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



Además, en la Disposición final Segunda de la citada Ley, se modifica la Disposición final Décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en el sentido de introducir una vacatio legis de 2 años, hasta el 30 de junio del 2020, para la entrada en vigor de la  Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.