RETRIBUCIONES DE LOS COMPAÑEROS DE NUEVO INGRESO. ACLARACIONES SOBRE MUGEJU Y RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.




Son numerosos los compañeros de nuevo ingreso que se han dirigido al Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-  para conocer cuál será la retribución mensual (devengos, descuentos, etc).

A continuación calculamos el salario bruto por Cuerpos y para los Juzgados de la Islas Baleares, señalando todos los conceptos a devengar, con sus correspondientes descuentos. Las cantidades, salvo error u omisión, están actualizadas a la subida salarial del año 2019 que será del 2,25% (más otro 0,25% a partir del mes de junio que aún no se he tenido en cuenta para el cálculo de estas cantidades).

 CUERPO DE GESTIÓN P.A.:

Devengos: Son los ingresos en bruto, antes de descontar el IRPF y las cotizaciones sociales.

  • Sueldo base:  1176,58 euros
  • Trienios: Cada trienio es el 5% del sueldo base. Si no se tiene ningún trienio, obviamente no se abona. Hay que esperar a cumplir el trienio, y se abonará el 5% de lo que sea el sueldo base en ese año. Recuerden que se reconocen los trienios y el tiempo de servicios prestados en otras Administraciones.
  •   Indemnización por residencia: 97,56 euros en Mallorca, ó 108,31 euros en Menorca e Ibiza.
  • Complemento General del puesto: 324,42 euros en Mallorca e Ibiza, ó  310,48 euros en Menorca.
  • Plan Acuerdo Transitorio: 427,48 euros.

  • Guardias: En aquellos Juzgados donde se hagan guardias que no sean de 24 horas son 307,22 euros (+ 153,71 euros si se asiste al Fiscal) en poblaciones con separación de Jurisdicción (Inca, Manacor e Ibiza). En la Isla de Menorca (Mahón y Ciudadela) son 139,71 euros.
  • Paga extra: En los meses de Junio y Diciembre;  1176.58 euros + 401,09 euros (ó 387,11 en Menorca) + trienios+ 423,9 euros.


Descuentos: Es lo que nos descuentan del bruto. Son las cotizaciones sociales que hay que abonar a la Seguridad Social a efectos de jubilación y a MUGEJU para la asistencia sanitaria y el IRPF.


  • MUGEJU: 39,42 euros.
  • Seguridad Social a efectos de Jubilación: es el 4,445 % de la base de cotización (la remuneración mensual que recibimos en bruto). En torno a los 90 euros. Si se cobran guardias, o se tienen trienios, un poco más.
  •  IRPF: depende de la situación personal y familiar de cada uno; grado de discapacidad igual o superior al 33%, tener descendientes o ascendientes a su cargo, estar sujeto al supuesto de movilidad geográfica. Lo normal será pagar entre un 14% y un 17%, dependiendo de la situación de cada uno. Si se cobran guardias, o se tienen trienios, un poco más.


CUERPO DE TRAMITACIÓN P.A

Devengos: Son los ingresos en bruto, antes de descontar el IRPF y las cotizaciones sociales

  • Sueldo base: 967,08 euros.
  • Trienios: Cada trienio es el 5% del sueldo base. Si no se tiene ningún trienio, obviamente no se abona. Hay que esperar a cumplir el trienio, y se abonará al 5% de lo que sea el sueldo base en ese año. Recuerden que se reconocen los trienios y el tiempo de servicios prestados en otras Administraciones.
  • Indemnización por residencia: 78,47 euros en Mallorca ó  94,50 euros en Ibiza y Menorca.

  • Complemento General del puesto: 277,9 euros en Mallorca e Ibiza, ó  263,98 euros en Menorca.

  • Plan Acuerdo Transitorio: 406,05 euros.

  •  Guardias: En aquellos Juzgados donde se hagan guardias que no sean de 24 horas son 307,22 euros (+ 153,71 euros si se asiste al Fiscal) en poblaciones con separación de Jurisdicción (Inca, Manacor e Ibiza). En la Isla de Menorca (Mahón y Ciudadela) son 139,71 euros

  • Paga extra: En los meses de Junio y Diciembre;  967,06 euros + 363,78 euros (ó 349,29 en Menorca) + trienios + 370,26 euros.



Descuentos: Es lo que nos descuentan del bruto. Son las cotizaciones sociales que hay que abonar a la Seguridad Social a efectos de jubilación y a MUGEJU para la asistencia sanitaria y el IRPF.

  •   MUGEJU: 30,28 euros.

  • Seguridad Social a efectos de Jubilación: es el 4,445 % de la base de cotización (la remuneración mensual que recibimos en bruto). En torno a los 77 euros. Si se cobran guardias, o se tienen trienios, un poco más.
  • IRPF: depende de la situación personal y familiar de cada uno; grado de discapacidad igual o superior al 33%, tener descendientes o ascendientes a su cargo, estar sujeto al supuesto de movilidad geográfica. Lo normal será pagar entre un 13% y un 15%, dependiendo de la situación de cada uno. Si se cobran guardias un poco más.

CUERPO DE AUXILIO JUDICIAL.

  • Sueldo base: 877,18 euros.
  • Trienios: Cada trienio es el 5% del sueldo base. Si no se tiene ningún trienio, obviamente no se abona. Hay que esperar a cumplir el trienio, y se abonará al 5% de lo que sea el sueldo base en ese año. Recuerden que se reconocen los trienios y el tiempo de servicios prestados en otras Administraciones.

  •  Indemnización por residencia: 68,32 euros en Mallorca ó  86,01 euros en Ibiza y Menorca.

  • Complemento General del puesto: 212,25 euros en Mallorca e Ibiza, ó  198,39 euros en Menorca.
  • Plan Acuerdo Transitorio: 403,31 euros.

  • Guardias: En aquellos Juzgados donde se hagan guardias que no sean de 24 horas son 307,22 euros (+ 153,71 euros si se asiste al Fiscal) en poblaciones con separación de Jurisdicción (Inca, Manacor e Ibiza). En la Isla de Menorca (Mahón y Ciudadela) son 139,71 euros

  •  Paga extra: En los meses de Junio y Diciembre;  877,18 euros + 307,7 euros (ó 293,74 en Menorca) + trienios + 346,15 euros.


Descuentos: Es lo que nos descuentan del bruto. Son las cotizaciones sociales que hay que abonar a la Seguridad Social a efectos de jubilación y a MUGEJU para la asistencia sanitaria y el IRPF.

  • MUGEJU: 23,96 euros.
  • Seguridad Social a efectos de Jubilación: es el 4,445 % de la base de cotización (la remuneración mensual que recibimos en bruto). En torno a los 69 euros. Si se cobran guardias, o se tienen trienios, un poco más.
  • IRPF: depende de la situación personal y familiar de cada uno; grado de discapacidad igual o superior al 33%, tener descendientes o ascendientes a su cargo, estar sujeto al supuesto de movilidad geográfica. Lo normal será pagar entre un 11% y un 13%, dependiendo de la situación de cada uno. Si se cobran guardias, o se tienen trienios, un poco más.



·         Afiliación al Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- 

Aquellos compañeros que se quieran afiliar al sindicato STAJ. La cuota son 4 euros al mes y se abona por nómina. Se desgrava el 100% de la renta del trabajo cuando se haga la declaración de la renta.

MUGEJU Y RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Recuerden que los compañeros de nuevo ingreso están encuadrados en MUGEJU a efectos de asistencia sanitaria, y en el Régimen General de la Seguridad Social a los únicos efectos de la jubilación.

A partir del 1 de enero de 2011, el personal al servicio de la Administración de Justicia, quedó integrado en Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, por lo que las cuotas de estos nuevos funcionarios son:

a) Cuota al Régimen General de la Seguridad Social a efectos de jubilación y son ingresadas en la Tesorería General de la Seguridad Social.
b) Cuota a la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), se abona a MUGEJU exclusivamente a efectos de la cobertura de la asistencia sanitaria y otras prestaciones de la Mugeju.


Es importante señalar que las cotizaciones que los funcionarios de la Administración de Justicia realizan a MUGEJU solo son a afectos de la cobertura de la asistencia sanitaria y otras prestaciones sociales incluidas dentro de la cobertura del Mutualismo Judicial, no generando derechos a efectos del cálculo de la pensión de jubilación. 

La cuota de MUGEJU nos la descuentan de nómina y MUGEJU se la abona a la entidad médica que nosotros hayamos elegido para que nos preste la asistencia sanitaria.

Para el cálculo de la pensión de jubilación se tiene en cuenta la cotización social ingresada en la Tesorería General de la Seguridad Social.