Se han logrado avances en reivindicaciones que para STAJ eran esenciales, como la recuperación del 50% en la promoción interna, aunque aún estamos lejos de alcanzar una solución definitiva en esta materia.
La propuesta de acuerdo contiene garantías retributivas para el cobro del servicio de guardias por si en el proceso de acoplamiento el personal que venía realizándolas se viese afectado en cuanto a la posibilidad de poder seguir en un puesto que contenga este complemento. Garantía que se extiende a otras retribuciones derivadas de características especiales de determinados puestos. No obstante, STAJ ha recalcado la necesidad no solo de garantizar este extremo, sino también la subsistencia de los puestos con complementos en el mismo número previo a las RPTs y que se plasme en estas tras la aprobación de la Ley.
Se han logrado avances en reivindicaciones que para el STAJ eran esenciales, como la recuperación del 50% en la Promoción Interna, aunque aún estamos lejos de alcanzar una solución definitiva en esta materia.
En cuanto al modelo organizativo, hemos progresado en la visión de creación de "al menos" un área, reduciendo de 15 a 12 el número de jueces a partir del cual será obligatoria su creación dentro del servicio de tramitación del Tribunal de Instancia, pudiendo por tanto existir más áreas, aunque el número de jueces sea inferior.
También ha habido un avance en el número de efectivos necesarios para que la creación diferenciada de equipos sea obligatoria, reduciéndolo de 100 a 50. No obstante, el STAJ considera que este número debería ser de no más de 30 para la constitución de un equipo.
Esto abre bastante la posibilidad de elegir puestos de trabajo distintos dentro de un mismo municipio mediante los mecanismos de cobertura ordinarios (concurso de traslado, nuevo ingreso, etc.) Lo novedoso en la reunión ha sido la propuesta de redactar un acuerdo que, con un compromiso efectivo de cumplimiento, complemente el desarrollo de las Oficinas Judiciales y las Oficinas de Justicia en el municipio. Este acuerdo debería incluir además otras mejoras que el STAJ ha considerado imprescindibles e irrenunciables desde el principio en el contexto de la implantación de los Tribunales de Instancia.
Además de lo expresado anteriormente en cuanto a
la promoción interna, y con respecto a la división de los servicios de
tramitación en áreas y equipos, la propuesta de acuerdo contiene garantías
retributivas para el cobro del servicio de guardias por si en el proceso de
acoplamiento el personal que venía realizándolas se viese afectado en cuanto a
la posibilidad de poder seguir en un puesto que contenga este complemento. Garantía
que se extiende a otras retribuciones derivadas de características especiales
de determinados puestos. No obstante, STAJ ha recalcado la necesidad no
solo de garantizar este extremo, sino también la subsistencia de los
puestos con complementos en mismo número previo a las RPT´s y que se plasme en
estas tras la aprobación de la Ley.
Aunque la propuesta de acuerdo presentada por el Ministerio supone avances en materia de garantía de retribuciones, mantenimiento de puestos de trabajo y movilidad voluntaria, aún siguen siendo insuficientes. Junto a ello, para STAJ va a ser difícil suscribir cualquier documento si no recoge además inequívocamente al menos los siguientes puntos esenciales:
• Reserva del 50% de las plazas para la promoción interna.
• Compromiso firme e inequívoco de desarrollo reglamentario de la carrera profesional, con fechas fijas y plazos para iniciar y finalizar la negociación, así como el avance de algunos criterios generales que le sean aplicables.
• Eliminación de las diferencias retributivas derivadas de los grupos de población.
• Regulación básica del Teletrabajo y aplicación inmediata.
Desde el Ministerio se han comprometido a estudiar todas las propuestas de la parte sindical.