NUEVA RESOLUCIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ESENCIALES (RESOLUCIÓN DE FECHA 16 DE MARZO).


El Ministerio de Justicia ha dictado esta misma tarde una nueva Resolución, que desarrolla la del pasado 14 de marzo, en la que se establecen nuevas directrices para el cumplimiento de los servicios esenciales en los Juzgados y Tribunales durante la vigencia del estado de alarma para la contención del COVID-19.

Entre otras cosas, equipara la dotación de los diferentes Juzgados a la de cada una de las Unidades Procesales de Apoyo Directo, a pesar de contar estas últimas con una dotación inferior.

También establece que los servicios esenciales se harán de forma rotatoria en turnos diarios quedando excluidas aquellas personas que padezcan patologías que sean susceptibles de agravarse por el contagio del COVID-19:

Diabetes
Enfermedad cardiovascular (incluida hipertensión)
Enfermedad hepática crónica
Enfermedad pulmonar crónica
Enfermedad renal crónica
Enfermedad neurológica o neuromuscular crónica
Inmunodeficiencia,
Embarazo
Posparto (inferior a 6 semanas) y
Cáncer.
Personas mayores de 60 años (*)

Así mismo quedarán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de deber inexcusable para la atención de menores o mayores que estén bajo su dependencia, tal como ya se dispuso en la Resolución del pasado 11 de marzo.

Desde STAJ seguimos insistiendo en que son absolutamente desproporcionados y desprotegen a los trabajadores de la Administración de Justicia frente a la amenaza de la enfermedad, y con la situación de emergencia existente con el estado de alarma decretado, por lo que seguiremos insistiendo en su modificación. En este sentido, el domingo 15 de marzo STAJ presentó escrito ante el Ministerio de Justicia solicitando la reducción de los servicios esenciales, algo que en la reunión celebrada en la tarde de hoy hemos vuelto a solicitar. El Secretario General ha tomado nota de nuestra petición y nos contestará en otra reunión  prevista para el viernes.

Reclamamos que se tenga la máxima flexibilidad, con las mínimas personas presenciales, coordinando con sustitutos para, en caso de necesidad, que no falle el servicio público de Justicia.
(*) Este grupo de personas no aparece en la nueva Resolución, pero a última hora los han incluido, y así se informa en la nota de prensa del Ministerio de Justicia.


EL CGPJ ACUERDA PROHIBIR EL CIERRE DE LOS EDIFICIOS JUDICIALES.

Potra parte , el Consejo General del Poder Judicial ha dictado hoy un nuevo Acuerdo en el que, entre otros, establece que no se procederá al cierre de ningún centro judicial, sea cual fuere su naturaleza, salvo disposición de la autoridad sanitaria competente.