STAJ BALEARES PRESENTA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO POR LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y LA FALTA DE MATERIAL HIGIÉNICO-SANITARIO.




El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- en Baleares ha presentado denuncia ante la Inspección de Trabajo por las condiciones de precariedad en las que los funcionarios de Justicia que realizan funciones de guardia están prestando el servicio (Juzgados de Guardia y de VIO).



STAJ se ha dirigido a la Inspección de trabajo, mediante denuncia escrita,  para poner en conocimiento los hechos que están ocurriendo en la Administración de Justicia, por si las acciones y omisiones de los sujetos responsables pudieran constituir un delito contra el derecho de los trabajadores de la Administración de Justicia, o en su defecto una infracción en el Orden social y sancionadas en la normativa del  Orden social.

Los funcionarios/as que prestan servicios en los distintos Órganos Judiciales de las Islas Baleares se están viendo obligados a trabajar sin las suficientes garantías higienico-sanitarias para proteger su salud ante el covid-19.
Desde STAJ nos hemos refiero especialmente a aquellos funcionarios que están prestando servicios de guardia, con concurrencia de personal a las dependencias judiciales; Juzgado de guardia, Juzgados de violencia sobre la mujer, básicamente.
Señalar que en el resto de Juzgados no se está atendiendo a los ciudadanos, y a pesar de que la plantilla que debe acudir a su puesto de trabajo se ha reducido a lo mínimo, sí que hay contacto entre los compañeros de los distintos Órganos judiciales, o en el desplazamiento de casa al trabajo y del trabajo a casa.
En estas circunstancias la Administración empleadora no ha proporcionado el material higienico-sanitario que se recomienda por el Ministerio de sanidad para prevenir y combatir la propagación del covid-19. La Administración empleadora no ha proporcionado a los Órganos judiciales ni mascarillas, ni guantes, ni mamparas para una separación física. Indicar que los geles en algunos casos sí y en otros no, y allí donde los ha proporcionado ha sido como reacción al problema, no como prevención del problema.

STAJ solicitó, en fecha 6 de marzo, 8 días antes de la declaración del estado de alarma, que se reuniera el Comité de seguridad y salud del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en las Islas Baleares, a fin de tratar las siguientes cuestiones: 

1.- Se instalen mamparas en los mostradores de atención al público con el fin de prevenir, en la medida de lo posible, los contagios que se puedan producir en la atención al público, tanto para los ciudadanos y profesionales, como para los propios funcionarios que prestan servicio en esos puestos de trabajo y están expuestos a un mayor riesgo. Especialmente en los Juzgados que realizan funciones de guardia, en los Registros civiles, y Decanatos. 

2.- Se provea de dispensadores de gel hidroalcohólico, así como guantes de un solo uso para los ciudadanos y profesionales que acuden a los Órganos judiciales, y guantes de látex para los funcionarios, mascarillas.

Ante esta petición hecha en fecha 6 de marzo, a fecha actual 19 de marzo,  la Administración empleadora ha dado la callada por respuesta.

Los funcionarios/as han tenido que procurarse ellos mismos guantes, mascarillas, geles, o idear sistemas de protección y prevención para atender a los justiciables sin poner en riesgo su salud ni la de los justiciables.
Especialmente preocupante es la prestación del servicio, en las condiciones señaladas, en los Juzgados de guardia, y en los Juzgados de violencia contra la mujer.
Señalar que en el caso del Juzgado de guardia de Palma de Mallorca este se constituye en unas dependencias propias, donde se van turnando los distintos funcionarios de cada Juzgado de instrucción, en turnos diarios. Los Juzgados de guardia del resto de los Partidos judiciales (Inca, Manacor, Ibiza, Mahón y Ciudadela) así como los Juzgados de violencia contra la mujer en todos los Partidos judiciales de las Islas Baleares, la guardia se realiza en las propias dependencias judiciales del juzgado, no se desplazan a ninguna otra dependencia. La concurrencia pública a estos Juzgados es continua sin que la Administración empleadora haya proporcionado elementos higiénicos sanitarios ni elementos de separación física para la prevención y protección.

Estos son los hechos descritos, apoyados por los fundamentos jurídicos, tanto de la Constitución Española, como de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, Ley 33/2011 General de Salud pública, y el Código penal.


Por otra parte el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia – STAJ-, a nivel nacional, ha presentado y difundido un comunicado mostrando nuestra indignación ante el comunicado miserable que el CGPJ ha publicado en referencia al mantenimiento de los edificios judiciales abiertos.