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¿CÓMO ES TRABAJAR DE MÉDICO FORENSE, PSICÓLOGO FORENSE, EDUCADOR SOCIAL Y TRABAJADOR SOCIAL?


Desde la página web de Datafórum Justicia se ha organizado una charla sobre los aspectos de cómo es el trabajar de médico forense, psicólogo forense, educador social y trabajador social en Gerencias e IML el próximo día 21 de octubre.

Para más información pincha en el siguiente enlace:

https://dataforumjusticia.es/eventos/como-es-trabajar-en-gerencias-e-iml-gerente-y-medico-forense/

GERENCIA TERRITORIAL DEL MINISTERIO JUSTICIA EN BALEARES: INFORMACIÓN RELATIVA A LAS OFERTAS DE TRABAJO PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.


Desde la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en las Islas Baleares nos han remitido la siguiente información en relación a la selección del personal relativa a las ofertas de trabajo de personal laboral temporal del IMLCF.
  • El viernes 4 de septiembre se reúne el Tribunal Calificador.
  • Se espera que a última hora del viernes se contacte con los aspirantes a los efectos de comunicar los listados provisionales.
  • Se dará un plazo para formular alegaciones al listado provisional.
  • Se espera que la semana del 14 de septiembre ya puedan estar trabajando.

GERENCIA TERRITORIAL DEL MINISTERIO JUSTICIA EN BALEARES: OFERTAS DE TRABAJO (SOIB) PERSONAL LABORAL TEMPORAL EN EL INSTITUTO DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES.


La Gerencia Territorial de Justicia de las Islas Baleares informa que se han enviado ofertas de trabajo para la cobertura de puestos de trabajo de personal laboral temporal en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Illes Balears (IMLCF), a través del Servei d’Ocupació de les Illes Balears (SOIB). (fecha publicación en el SOIB 10-08-26 y finaliza plazo inscripción 17-08-26))

En concreto:
  1. Grupo profesional M3, especialidad Psicología (3 plazas en IMLCF Palma, 1 en IMLCF Menorca y 1 en IMLCF Eivissa).
  2. Grupo profesional M2, especialidad de Educación Social (2 plazas en IMLCF Palma).
  3. Grupo profesional M2, especialidad de Trabajo Social (2 plazas en IMLCF Palma).
  4. Grupo profesional M1, especialidad Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (2 plazas en IMLCF Palma).
En los próximos días se publicará en la web del SOIB las ofertas de los diferentes puestos de trabajo indicados, especificadas por localidad. Aquellos aspirantes que estuvieran interesados en concurrir en más de una localidad, deberán presentarse a las correspondientes ofertas de trabajo.

En todo caso, los aspirantes deberán acreditar cumplir los siguientes requisitos:

Situación laboral:
  • Estar desempleado y haberlo estado, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud de la preselección por parte del Centro Gestor a los Servicios Públicos de Empleo (SPE).
  • En caso de no existir suficientes candidatos que cumplan el requisito anteriormente reseñado, se podrá reducir progresivamente el período exigido de permanencia en los SPE.
  • En caso de persistir la falta de suficientes candidatos, se podrá seleccionar a demandantes en los SPE en situación de mejora de empleo.
Nacionalidad:
  • Tener la nacionalidad española.
  • Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
  • Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
  • Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
  • Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
Edad: Tener cumplidos 16 años.

Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título siguiente:
  • Grupo M3, especialidad Psicología: Licenciatura en Psicología o Grado en Psicología acompañado de Máster Oficial, homologados o equivalentes a la mencionada licenciatura.
  • Grupo M2, especialidad Educación Social: Grado en Educación Social o equivalente.
  • Grupo M2, especialidad Trabajo Social: Grado en Trabajo Social o equivalente.
  • Grupo M1, especialidad en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico: Técnico Superior en anatomía patológica y citodiagnóstico o equivalente.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.

Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA ATENEA Y ELIMINACIÓN DEL ACTUAL PROGRAMA MINERVA.


Desde la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia se ha comunicado al sindicato STAJ que la implantación del sistema de gestión procesal Atenea en Baleares se realizará, en Palma de Mallorca, el próximo día 16 de junio, afectando a 984 usuarios y para el resto de las Islas Baleares será dos días después, el próximo día 18 de junio.

La implantación de Atenea se lleva a cabo mediante un modelo de transición gradual y escalonado en todo el territorio de ámbito ministerio, siendo Valladolid la última ciudad en implantar el Atenea, el próximo 7 de julio.

Así mismo y en relación con la formación, desde la misma Dirección General nos señalan que la oferta formativa vinculada a ATENEA, al nuevo modelo organizativo y al conjunto de herramientas digitales, se encuentra disponible desde hace meses para todo el personal, a través de la plataforma Aula en Línea y del entorno integrado FÓRMATE, ambos plenamente operativos y en continua actualización. 


COMPARECENCIA APUD ACTA: INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA GESTIÓN. AFECTA A LOS JUZGADOS DE PAZ (O.J.M) Y A LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA.


La Secretaría General de la Administración de Justicia remite a STAJ la Instrucción 2/2026 relativa a la gestión de comparecencias apud acta sobre la conveniencia de que la realización de las comparecencias apud actas se realice exclusivamente en tribunales de instancia “ante el juez o tribunal” y no ante juzgados de paz u oficinas de justicia en el municipio, a los efectos del control efectivo de las referidas comparecencias.

Para superar los métodos tradicionales de recogida manual de comparecencias apud acta, que dificultan el control y seguimiento a tiempo del cumplimiento de las medidas cautelares acordadas, se ha creado una herramienta, interrelacionada con la aplicación informática SIRAJ, que permite la anotación de la comparecencia efectuada por la persona dotando de mayor seguridad y rapidez a su gestión.

RENTA 2025: CALENDARIO DE LA DECLARACIÓN Y DEDUCCIONES EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA.


En la página de la AEAT se ha publicado las fechas de la campaña de la Renta 2025:
  • 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio).
  • 1 de junio hasta el 30 de junio de 2026: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2025 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte su cita, por Internet, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, o llamando a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Conviene recordar varias cuestiones relativas a la declaración de la renta en relación con el ámbito laboral.
  • Deducción de la cuota sindical.
La primera es que las cuotas sindicales se pueden deducir en el 100%. (Casilla 14 de la declaración de la Renta).
En el caso de estar afiliado al Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia - STAJ - la cuota mensual son 4 euros al mes, lo que hace un total de 48 euros al año.
No es necesario un certificado que lo acredite, basta con poner la cantidad en la casilla 14; se presupone que estamos diciendo la verdad.
El certificado puede ser necesario a posteriori, en el caso de que haya una inspección de Hacienda.

  • Deducción por movilidad geográfica.
La segunda se refiere a la deducción por movilidad geográfica de aquellos compañeros que estén afectados por esa circunstancia.

Recordamos que esta posibilidad es para aquellos compañeros que anteriormente estaban en situación de desempleo e inscritos en la oficina de empleo (aunque sea sin cobrar la prestación por desempleo), y la aceptación del puesto de trabajo actual haya exigido el traslado de residencia habitual a un nuevo municipio (por ejemplo, funcionarios interinos o titulares que vienen desde la península a trabajar a Baleares), con empadronamiento en esa nueva localidad. Esto vale para cualquier trabajador, no solo funcionarios.

El importe que se puede deducir es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente, 2000 euros cada año.

En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 35/2006 del IRPF).

En este caso la deducción se puede hacer por dos vías, y ambas son excluyentes. Bien señalando la casilla de movilidad geográfica en el modelo 145, o bien en la declaración de la renta.

En el supuesto de que no se haya señalado en el modelo 145, se podrá deducir esa cantidad en la declaración de la Renta. La casilla es la número 3 “Retribuciones dinerarias íntegras”, en la que se despliegan distintos apartados, entre ellos “Datos adicionales” donde aparece “contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo…”.

No obstante, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente.
  • Cantidades percibidas en un ejercicio fiscal distinto al ejercicio de devengo (cobro de guardias o prolongaciones de jornada).
En aquellos supuestos en los que se perciba una cantidad correspondiente a guardias o prolongación de jornada realizadas en el año anterior y cobradas en el año siguiente, por ejemplo guardias realizadas en el mes de diciembre y cobradas en el mes de enero, hay que tener en cuenta lo señalado en el artículo 14.2.b) de la Ley 35/2006 del IRPF.

Antes de presentar la declaración de la renta habrá que sumar la cuantía de guardias, o prolongación de jornada, y las retenciones del IRPF correspondientes a esas cantidades ( las veremos en la nómina en la que se cobran), a la cantidad que aparece en el borrador, en la casilla 3, correspondientes a “Retribuciones dinerarias”, tanto en retribuciones dinerarias como en retenciones.
  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral
Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, en nuestro caso litigios judiciales entre el funcionario/a contra nuestra Administración empleadora, darán derecho a la deducción de un máximo de 300 euros anuales, tal como señala el artículo 19.2.e) de la Ley 35/2006, del IRPF. (Casilla 16 de la declaración de la Renta)
  • Deducción por hijos menores de 3 años.
Aunque no es una cuestión laboral, conviene recordar que las madres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. Es decir se podrán deducir hasta 1200 euros.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

El contribuyente podrá pedir, mediante el modelo 140 de IRPF. “Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes.

En este supuesto no se minorará la cuota diferencial del impuesto, es decir, ya no se podrá deducir la cantidad de 1200 euros en la declaración de Renta, puesto que ya se ha percibido mensualmente. Lo habitual es que las madres soliciten esta deducción mensualmente mediante el modelo 140.

No obstante lo anterior, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente, ya que la propia AEAT brinda a los contribuyentes esa oportunidad.

PRESENTACIÓN DE ESCRITOS O DOCUMENTACIÓN ANTE LA GERENCIA TERRITORIAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN BALEARES.


Desde la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en la Islas Baleares, nos han comunicado que de acuerdo con el art. 14.2 letra e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todo el personal empleado en la Administración de Justicia deberá dirigirse a la Gerencia por métodos electrónicos como sería la presentación de escritos, solicitudes de formación, sustituciones verticales, certificaciones, etc... por sede electrónica, así como con firma digital de aquellos documentos que deban ir firmados:

"Artículo 14. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.(....)

2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: (...)

e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración."

Os recordamos que el código de unidad orgánica de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en las Islas Baleares a los efectos de presentación de escritos por la REDSARA (registro electrónico general) es el DIR3: EA0041063

AINOA: AVISO DE INTERRUPCIÓN DE SERVICIO.


En el Punto de Acceso General de la Administración de Justicia (Portal Administración Justicia) se ha publicado la siguiente información sobre la interrupción del servicio de la aplicación Ainoa:

"INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO: Se ha planificado una parada de la aplicación AINOA desde el viernes 13 de marzo a las 18:00 hrs. hasta el sábado 21 de marzo a las 12:00 hrs. Durante la intervención, el portal no estará disponible."

Esto implicará que no se podrán solicitar licencias, permisos, vacaciones ni asuntos particulares durante esos días, por lo que si se tiene previsto el disfrute de vacaciones o asuntos particulares en esas fechas, se deberá realizar la solicitud con anterioridad a la fecha y hora indicada de comienzo de la interrupción.

LOCAL SINDICAL STAJ BALEARES: RESTABLECIDA LA LÍNEA DE TELÉFONO.

Como ya os informamos en su momento y debido al cambio provisional de edificio del local sindical de STAJ en Baleares nos habíamos quedado sin línea telefónica.

A partir de hoy, 30 de enero de 2026, volvemos a tener nuestra línea de teléfono de siempre nuevamente funcionando en el local sindical, para cualquier consulta que tengáis.

Os recordamos que nuestro número de teléfono del local sindical es 971219406, igualmente os podéis poner en contacto con nosotros mediante correo electrónico al siguiente correo: staj.illesbalears@justicia.es, o acudiendo presencialmente a nuestro local sindical sito en la calle Joan Lluis Estelrich n.10 de Palma, 2º piso.

NUEVA UBICACIÓN PROVISIONAL DEL LOCAL SINDICAL DE STAJ EN BALEARES.


Como consecuencia de la realización de unas obras en la sede del Tribunal de Instancia de Palma en el edificio de "Sa Gerrería" sito en la C/. Travessa d'en Ballester n.20 de Palma,  donde hasta ahora nos encontrábamos ubicados, el local sindical del Sindicato STAJ en Baleares se ha trasladado, de forma provisional, al edificio de la antigua sede de los Juzgados de lo contencioso administrativo en la calle Joan Lluis Estelrich n.10 de Palma, 2º piso, donde os seguiremos atendiendo como siempre. Una vez se finalicen las obras nuevamente dispondremos de nuestro local sindical en el edificio de "Sa Gerrería".

Os recordamos que también os podéis poner en contacto con nosotros en el correo electrónico staj.illesbalears@justicia.es.

De momento y debido al cambio de edificio, lamentamos no disponemos de nuestra línea de teléfono habitual 971219406 que esperamos pronto se restablezca.

AMPLIACIÓN DEL DISFRUTE DE LAS VACACIONES Y PERMISO POR ASUNTOS PARTICULARES HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2026.


Desde el Ministerio de Justicia nos acaban de comunicar que se ha dictado Resolución con la prolongación de los días de disfrute de vacaciones y permiso por asuntos particulares del año 2025 por el que se ampliarán hasta el día 31 de marzo del 2026, todo ello como consecuencia de la implantación de los Tribunales de Instancia. 

STAJ SOLICITA LA AMPLIACIÓN DEL PERÍODO DE DISFRUTE DE VACACONES Y ASUNTOS PARTICULARES POR LA IMPLANTACIÓN DE LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA.


STAJ ha presentado escrito ante la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, en el que por motivo de la implantación de la 3ª fase de los Tribunales de Instancia a finales de este año, se solicita que el Ministerio de Justicia acuerde para el personal de la Administración de Justicia no transferido la ampliación excepcional hasta el 31 de marzo de 2026 del periodo de disfrute de las vacaciones y del permiso de asuntos particulares.

RENTA 2024: CALENDARIO DE LA DECLARACIÓN.


En la página de la AEAT se ha publicado las fechas de la campaña de la Renta 2024:
  • 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
  • 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, concierte previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono. Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Conviene recordar varias cuestiones relativas a la declaración de la renta en relación con el ámbito laboral.
  • Deducción de la cuota sindical.
La primera es que las cuotas sindicales se pueden deducir en el 100%. (Casilla 14 de la declaración de la Renta)
  • Deducción por movilidad geográfica.
La segunda se refiere a la deducción por movilidad geográfica de aquellos compañeros que estén afectados por esa circunstancia.

Recordamos que esta posibilidad es para aquellos compañeros que anteriormente estaban en situación de desempleo e inscritos en la oficina de empleo (aunque sea sin cobrar la prestación por desempleo), y la aceptación del puesto de trabajo actual haya exigido el traslado de residencia habitual a un nuevo municipio (por ejemplo, funcionarios interinos o titulares que vienen desde la península a trabajar a Baleares), con empadronamiento en esa nueva localidad. Esto vale para cualquier trabajador, no solo funcionarios.

El importe que se puede deducir es de 2.000 euros anuales con carácter general, que se aplicarán durante dos años; el año del cambio de domicilio y el siguiente, 2000 euros cada año.

En el caso de trabajadores con discapacidad se incrementa la cuantía en 3.500 euros anuales ó en 7.750 euros (ver art. 19.2.f de la Ley 35/2006 del IRPF).

En este caso la deducción se puede hacer por dos vías, y ambas son excluyentes. Bien señalando la casilla de movilidad geográfica en el modelo 145, o bien en la declaración de la renta.

En el supuesto de que no se haya señalado en el modelo 145, se podrá deducir esa cantidad en la declaración de la Renta. La casilla es la número 3 “Retribuciones dinerarias íntegras”, en la que se despliegan distintos apartados, entre ellos “Datos adicionales” donde aparece “contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo…”.

No obstante, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente.
  • Cantidades percibidas en un ejercicio fiscal distinto al ejercicio de devengo (cobro de guardias o prolongaciones de jornada).
En aquellos supuestos en los que se perciba una cantidad correspondiente a guardias o prolongación de jornada realizadas en el año anterior y cobradas en el año siguiente, por ejemplo guardias realizadas en el mes de diciembre y cobradas en el mes de enero, hay que tener en cuenta lo señalado en el artículo 14.2.b) de la Ley 35/2006 del IRPF.

Antes de presentar la declaración de la renta habrá que sumar la cuantía de guardias, o prolongación de jornada, y las retenciones del IRPF correspondientes a esas cantidades ( las veremos en la nómina en la que se cobran), a la cantidad que aparece en el borrador, en la casilla 3, correspondientes a “Retribuciones dinerarias”, tanto en retribuciones dinerarias como en retenciones.
  • Para trabajadores por gastos de defensa jurídica de la relación laboral
Los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, en nuestro caso litigios judiciales entre el funcionario/a contra nuestra Administración empleadora, darán derecho a la deducción de un máximo de 300 euros anuales, tal como señala el artículo 19.2.e) de la Ley 35/2006, del IRPF. (Casilla 16 de la declaración de la Renta)
  • Deducción por hijos menores de 3 años.
Aunque no es una cuestión laboral, conviene recordar que las madres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad, podrán minorar la cuota diferencial del IRPF hasta en 1.200 € anuales por cada hijo menor de 3 años. Es decir se podrán deducir hasta 1200 euros.

En los supuestos de adopción o acogimiento la deducción se podrá practicar, con independencia de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de inscripción en el Registro Civil o durante los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

En caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre, o en su caso a un tutor, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente, siempre que cumpla los requisitos previstos para tener derecho a su aplicación.

El contribuyente podrá pedir, mediante el modelo 140 de IRPF. “Deducción por maternidad. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones”, el abono de forma adelantada de estas deducciones, a cobrar de manera mensual, un máximo de 100 euros al mes.

En este supuesto no se minorará la cuota diferencial del impuesto, es decir, ya no se podrá deducir la cantidad de 1200 euros en la declaración de Renta, puesto que ya se ha percibido mensualmente. Lo habitual es que las madres soliciten esta deducción mensualmente mediante el modelo 140.

No obstante lo anterior, recomendamos solicitar cita para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la AEAT, o bien la confección telefónica, conforme al calendario y los teléfonos señalados anteriormente, ya que la propia AEAT brinda a los contribuyentes esa oportunidad.

PARADA DE AINOA EN FEBRERO.


La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia informa que Aino@ va a ser actualizada con las mejoras de seguridad y funcionales, por lo que es necesario realizar una parada del sistema productivo de unos días de duración.

La parada se producirá entre las 17:00 horas del 12 de febrero y las 8:00 del 17 de febrero.

Durante esos días ningún usuario podrá acceder al sistema. No podrá ejecutarse ningún proceso en AINOA, ni nómina, ni adjudicaciones, tampoco podrá haber ningún asistente de inscripción ni de valoración abierto (de concurso de traslados, de bolsas de interinos, de acción social, formación).
 

GERENCIA TERRITORIAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA EN LAS ISLAS BALEARES: HORARIO DE ATENCIÓN A LOS FUNCIONARIOS DE LA SECCIÓN DE HABILITACIÓN Y PERSONAL.

Desde la Gerencia territorial del Ministerio de Justicia en las Islas Baleares nos han remitido el siguiente comunicado por el que se establece, a partir de mañana 1 de octubre, nuevo horario de atención al público en la Sección de Habilitación y se emplaza a los funcionarios a comunicarse con dicha Sección por correo electrónico.

"Horario de atención al público en la Sección de Habilitacióny Personal de la Gerencia

La Gerencia Territorial de Justicia en Baleares arrastra graves deficiencias de personal que afectan a todas sus secciones y de las que no se escapa la Sección de Habilitación y Personal. 

Dada la precarísima situación actual, y para una mejor gestión de trabajo y mayor rendimiento en las tareas que tiene asignadas la Sección de Habilitación y Personal, a partir del próximo día 1 de octubre la atención personalizada será, exclusivamente, los lunes y miércoles, de 8:00 a 9:00 horas, y se emplaza a que todas las comunicaciones se realicen por correo electrónico, dirigidas a habilitacion.illesbalears@mju.es, a excepción de cuestiones que requieran necesariamente una atención presencial."

BOE: PUBLICADA LA FECHA DE ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO DE NUEVOS JUZGADOS.

En el BOE del día 24 de mayo se ha publicado la Orden PJC/492/2024, de 17 de mayo, por la que se dispone la fecha de entrada en funcionamiento de nueve juzgados, correspondientes a la programación de 2023 y se modifica la Orden JUS/1093/2023, de 29 de septiembre.
 
El día 30 de junio de 2024 entrarán en funcionamiento los siguientes juzgados:
  • Juzgado de 1ª Instancia nº 13 de Santander.
  • Juzgado de 1ª Instancia nº 18 de Las Palmas de Gran Canaria.
  • Juzgado de 1ª Instancia nº 11 de Santa Cruz de Tenerife.
  • Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de San Cristóbal de La Laguna.  
  • Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº8 de Puerto del Rosario.
  • Juzgado de lo Mercantil nº4 de Oviedo.
  • Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria.
El día 30 de septiembre de 2024 entrarán en funcionamiento los juzgados que a continuación se relacionan:
  • Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 4 de Málaga.
  • Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Dos Hermanas. 

Se establece nueva fecha de entrada en funcionamiento para el día 30 de septiembre de 2024 de los juzgados que a continuación se relacionan:

  • Juzgado de Primera Instancia número 6 de San Bartolomé de Tirajana
  • Juzgado de Instrucción número 4 de San Bartolomé de Tirajana. 
  • Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Granadilla de Abona.

RENTA IRPF: EL INCREMENTO SALARIAL DERIVADO DE LA REVISIÓN DEL PIB COBRADO EN LA NÓMINA DE FEBRERO SE HA DE INCLUIR EN LA DECLARACIÓN DE IRPF DEL PRÓXIMO AÑO.

La AEAT ha publicado en su página Web una nota informativa según la cual, los incrementos retributivos aplicados como consecuencia del artículo 19.Dos.2.b. de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (0,5% por revisión del PIB) que se recogió en la nómina del mes de febrero, salvo las guardias y planes que se regularizan en la de marzo, tienen la condición de ingreso del año 2024, por lo que deberán incluirse en la declaración de IRPF del año 2024 (a presentar en 2025), no en la de 2023.
 

APLICACIÓN AINOA: POSIBLE CONSECUENCIAS DE LA PARADA TÉCNICA ENTRE EL 23 DE FEBRERO Y 4 DE MARZO.

Debido a las modificaciones que se van a introducir en la aplicación Ainoa, se va a realizar una parada del sistema entre el 23 de febrero y el 4 de marzo, por lo que en esas fechas cabe la posibilidad de que no se pueda tramitar ninguna petición de vacaciones, asuntos particulares, licencias, etc., ni publicación de nómina.

Por ello os recomendamos que si tenéis ya previsto disfrutar de días de vacaciones, asuntos particulares, u otro tipo de permiso o licencia, cerca de esas fechas, lo solicitéis antes del inicio de la parada técnica.

BOE: PUBLICACIÓN DE LA CREACIÓN DE NUEVAS UNIDADES JUDICIALES.


En el BOE del día 28 de diciembre se ha publicado el Real Decreto 1170/2023, de 27 de diciembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2023, y de adecuación de la planta judicial.

En las Islas Baleares se van a crear una plaza de Magistrado o Magistrada para la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares, correspondiente al orden civil y el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Ibiza.

La plaza de Magistrado/a de la A. P. de Baleares será con fecha efectiva el 31 de enero de 2024 y el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Ibiza entrará en funcionamiento el 31 de marzo de 2024.

 

BOE: PUBLICADO EL REAL DECRETO-LEY DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA Y FUNCIÓN PÚBLICA.


En el BOE del día 20 de diciembre se ha publicado el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.