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CURSOS DE FORMACIÓN DE LA E.B.A.P.

Instrucción de servicio 1/2010 del Secretario coordinador provincial de Mallorca, estableciendo criterios sobre asistencia de los trabajadores de la Administración de Justicia a los cursos de formación de la E.B.A.P.
Cabe destacar que los Secretarios judiciales de órganos radicados en Manacor, Inca y Palma de Mallorca informarán negativamente las licencias para asistir a cursos de formación de catalán (o de cualquier otro curso externo a la Administración de Justicia) en horario comprendido entre las 8 y las 15 excedan de uno cuando en el mismo preste servicios un número inferior o igual a quince funcionarios. En caso de superar este número, se podrá informar favorablemente un máximo de dos solicitudes para la asistencia a dichos cursos.
En el caso de que el número de solicitudes excediera de los límites establecidos en la Instrucción anterior, en defecto de acuerdo entre los interesados, el Secretario director de la oficina informará favorablemente la petición del funcionario o funcionarios que acumulen mayor antigüedad en la
Administración de Justicia.

En ejecución de esta Instrucción, los Secretarios Judiciales que
se encuentren en el caso contemplado en el apartado anterior remitirán
escrito a la Gerencia Territorial, informando negativamente respecto de los
cursos ya iniciados en relación con los funcionarios que excedan del cupo
previsto.
Todo ello con el fin de preservar el interés general consistente en el buen funcionamiento de la Administración de Justicia y respetando siempre las necesidades del servicio, que es el límite que la Ley Orgánica del Poder Judicial establece para la aprobación de las licencias de formación (y otro tipo de licencias y permisos) en el art. 504.2.

El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -S.T.A.J.- se ha puesto en contacto con la jefa de estudios de la E.B.A.P. y se nos ha informado que los trabajadores de la Administración de Justicia a los que no se les permita acudir a los curso en horario de trabajo, en atención a lo dispuesto anteriormente, tendrán la posibilidad de acudir en otros cursos en horario de tarde, SIEMPRE Y CUANDO EN ESOS CURSOS HAYA PLAZAS LIBRES, Y SE ESTÉ INCLUIDO EN EL LISTADO DE FUNCIONARIOS QUE NO PUEDEN REALIZAR LOS CURSO POR LA MAÑANA. Este listado lo proporcionará la Gerencia a la E.B.A.P.