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CREACIÓN DE NUEVOS PERMISOS.


En la Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2011, se ha creado un NUEVO PERMISO que se ha añadido al ARTÍCULO 49 del EBEP, lo que sería la letra E). Viene recogido en la disposición final vigésima tercera de la citada Ley.

Vigésima tercera. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Con efectos de 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se modifica la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplado Público, en los siguientes términos:

Se añade una nueva letra e) al artículo 49, con la siguiente redacción:

«e) Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave: el funcionario tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo de al menos la mitad de la duración de aquélla, percibiendo las retribuciones íntegras, para el cuidado, durante la hospitalización y tratamiento continuado, del hijo menor de edad, por naturaleza o adopción, o en los supuestos de acogimiento preadoptivo o permanente del menor, afectado por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente y, como máximo, hasta que el menor cumpla los 18 años.

Reglamentariamente, se establecerán las condiciones y supuestos en los que esta reducción de jornada se podrá acumular en jornadas completas.

Asimismo, cuando concurran en ambos progenitores, adoptantes o acogedores de carácter preadoptivo o permanente, las circunstancias necesarias para tener derecho a este permiso o, en su caso, puedan tener la condición de beneficiarios de la prestación establecida para este fin en el Régimen de la Seguridad Social que les sea de aplicación, el derecho a su disfrute sólo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos.»

De igual modo, y también en la Ley de Presuspuestos Generales del Estado para el año 2011, se vuelve a ampliar el permiso de paternidad en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento. Se trata de una modificación de la ley 9/2009 que debía haber entrado en vigor el 1 de Enero de este año y que ampliaba el permiso de paternidad durante cuatro semanas ininterrumpidas, ampliables, en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiples, en dos días más por cada hijo a partir del segundO, pues bien..., en la LPGE del 2011 se dice que en vez de este año entrará en vigor el 1 de Enero del 2012. Lo han retrasado un año, ya veremos a ver el año que viene si es verdad o no. Viene recogida en la disposición final decimotercera de la LPGE 2011.

Decimotercera. Modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.

Se da nueva redacción a la disposición final segunda de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, en los siguientes términos:

«Disposición final segunda.

La presente ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2012.»