EL INICIO DEL CURSO PRACTICO DE GESTION TURNO LIBRE 2010 (AUNQUE NO ESTA PUBLICADO, TANTO POR PARTE DEL MINISTERIO DE JUSTICIA COMO POR LA ESCUELA JUDICIAL DE AMBITO MINISTERIO) TENDRA SU INICIO PROBABLEMENTE EL PROXIMO DÍA 7 DE NOVIEMBRE, SIENDO NOMBRADOS UNOS DÍAS ANTES FUNCIONARIOS EN PRACTICAS.
La duración del curso será de dos meses para el turno libre. En ambos casos constará de dos fases. Durante la primera fase, que será de dos semanas para los de turno libre, los funcionarios recibirán la formación específica sobre la estructura orgánica y competencias del ámbito territorial por el que han accedido y aquella teórico-práctica acerca de los procedimientos judiciales y expedientes del Registro Civil, además de la específica que les permita adquirir los conocimientos y las habilidades necesarios para el manejo de las herramientas y aplicaciones informáticas, así como los medios técnicos, en uso en la Administración de Justicia. Durante la segunda fase, de una duración de seis semanas para los aspirantes de acceso libre, efectuarán prácticas tuteladas en Órganos Judiciales que incluirán en todo caso la práctica de las tareas y funciones propias del Cuerpo descritas en el artículo 476 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Finalizada la primera fase, de carácter docente, se evaluará el aprovechamiento de la misma mediante una prueba objetiva tipo test, cuya elaboración y calificación corresponderá al Centro, Instituto o responsable de la Unidad o centro de destino.
La calificación de esta prueba será de 25 puntos, de los que 15 corresponderán a la evaluación del aprovechamiento de la formación informática y 10 al aprovechamiento de los demás conceptos formativos.
A continuación los aspirantes serán convocados a la segunda fase, de prácticas tuteladas en órganos judiciales que se calificarán a su finalización como «Apto» o «No apto».
Los aspirantes que se encuentren en activo en cualquier Cuerpo de la Administración de Justicia y que acrediten haber prestado, por más de seis meses en los últimos cinco años, servicios efectivos como funcionarios interinos o como sustitutos en virtud de nombramiento del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, antes Oficiales de la Administración de Justicia, quedarán exentos de la fase de prácticas tuteladas en órgano judicial que les serán convalidadas con la calificación de «Apto».
A estos exclusivos efectos, se computarán los servicios prestados, así como el plazo de cinco años, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación regulado en la base 7.4.
Para superar el curso selectivo es preciso alcanzar al menos 12 puntos en la primera fase y la calificación de apto en la segunda.
Finalizado el curso, los aspirantes continuarán prestando servicios como funcionarios en prácticas hasta su nombramiento como funcionarios de carrera en el destino definitivo.
Todos los funcionarios en prácticas tienen los derechos y deberes que se recogen en el artículo 25 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, «BOE» del 27, Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia. Los que concurren por promoción interna tienen derecho además, siempre que se den los supuestos y requisitos legales, a las retribuciones o indemnizaciones por razón del servicio, recogidos en Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.