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EL TC SE PRONUNCIARÁ SOBRE LA LEGALIDAD DE LA SUPRESIÓN DE LA PAGA EXTRA AL PERSONAL LABORAL



Fuente:Revista LA LEY

Su dictamen será vinculante respecto a otros empleados a los que se les eliminó la paga con carácter retroactivo.
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Esta cuestión de inconstitucionalidad se planteó por la Audiencia Nacional, y corresponde a un recurso presentado por las organizaciones sindicales en tutela de los derechos e intereses que les son propios a los trabajadores (artículo 7 C.E.), como consecuencia de la supresión de la paga extra. La resolución que adopte el TC podrá ser vinculante respecto a las situaciones de otros empleados del sector público a los que también se les suprimió la paga extra con carácter retroactivo.

Esta postura de la Audiencia Nacional y del Tribunal Constitucional contrasta con la resolución dictada por la Magistrada juez del juzgado central contencioso administrativo num. 4 no admitiendo el recurso presentado por los organizaciones sindicales más representativas de la Administración de Justicia, entre ellas STAJ, "por no ser susceptible de recurso las actuaciones recurridas por falta de legitimación actora". 
Cabe preguntarse entonces ¿qué papel otorga esta magistrada a las organizaciones de los trabajadores? porque es evidente que la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional sí que reconocen la legitimación activa a la parte actora, que en este caso son los sindicatos.

Esta resolución, como ya se informó en una entrada del  pasado 28 de mayo, será convenientemente recurrida, en recurso de Apelación, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.