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HABILITACIÓN GESTORES EN LOS REGISTROS CIVILES.



El Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la que se reconoce el derecho de los compañeros del Cuerpo de Gestión Procesal que están habilitados por el Secretario para la realización de funciones, al cobro de 4 puntos por realizar funciones conjuntas a las de su propio Cuerpo. Esta sentencia afecta a los compañeros que están destinados en los Registros Civiles y en los Juzgados de Paz, que están habilitados y realizan funciones registrales.. Suprimido por tratarse de un error en la interpretación de la sentencia. Ver artículo de fecha lunes 22 de Julio.