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INSTRUCCIÓN RACIONALIZACIÓN DEL USO DEL SERVICO DE TAXI.



El pasado viernes se celebró una reunión en Gerencia para tratar el tema de la Instrucción para la racionalización del uso del servicio de taxi.

En primer lugar la Gerencia señaló que la Instrucción es consecuencia del R.D. 462/2002, en concreto los artículos 20 y 21, y que esa Instrucción lo único que hace es desarrollar ese R.D. Esta Instrucción se aplica en la Isla de Mallorca, pero también se aplicará en Ibiza y Menorca, así como para la Fiscalía.
El R.D. existe, y ha estado 12 años sin ser aplicado, no podemos negar esos hechos, debido a determinadas circunstancias (deficiencia en el transporte público, falta de rutas de los autobuses, extensión y aislamiento de los Partidos Judiciales y de las fincas en el campo, o simplemente falta de voluntad en su aplicación). Al final, tras un periodo de estudio que se inició a finales del año pasado, la Administración ha decidido cumplir con el R.D.
En ese estudio se ha observado una duplicidad en los desplazamientos de los taxis (varios taxis desplazados al mismo destino), pérdida de tiempo y falta de coordinación a la hora de hacer las diligencias, con taxis parados a la espera de que retorne el funcionario en prisión, comisión judicial o en los desplazamientos a Inca o Manacor, falta de optimización del tiempo de uso de los taxis y de los coches oficiales, etc, algo que ocurre básicamente en el Orden Penal.
Si bien todo esto puede ser cierto, no es menos cierto que la culpa no es imputable exclusivamente al funcionario, sino también a la propia Admón. de Justicia, puesto que hace tiempo, que tal vez se debiera haber creado un servicio común, con lo que se evitaría el gasto excesivo en el uso del servicio del taxi.

La Gerencia tiene claro que tanto el Real Decreto como la Instrucción que lo desarrolla son de obligado cumplimiento, y que no tiene intención de retirarla, por lo que por parte del -STAJ-, ante tal negativa por parte de Gerencia, se solicitó que dicho R.D. se interpretara de forma flexible, es decir, cumplirlo pero interpretándolo de forma flexible, para evitar perjuicios en la prestación del servcio y en las condiciones de trabajo de los funcionarios, introduciendo unas excepciones a la prohibición del uso de taxi.
En este sentido, por parte de STAJ se señaló que si bien podemos admitir que el taxi no tenga que esperar en los desplazamientos a Inca o Manacor, o que los desplazamientos a prisión o los hospitales se hagan en autobús, (salvo excepciones), o que en los desplazamientos entre los órganos judiciales se hagan con el coche de incidencias oficial, el resto de las diligencias se sigan haciendo como hasta ahora, es decir, haciendo uso del servicio de taxi. De esta manera se reduciría el gasto en taxi, pero no se perjudicaría demasiado las condiciones de trabajo de los funcionarios ni la prestación del servicio. La respuesta de Gerencia fue negativa, si bien dejó abierta la puerta a que se establezcan excepciones.
Esas excepciones no las señalará la Gerencia, serán los propios Secretarios Judiciales quienes valorarán y establecerán los supuestos en los que sí se pueda hacer uso del servicio de taxi dependiendo de las circunstancias, por ejemplo, servicio de guardia con horarios nocturnos o días festivos, fincas rústicas perdidas en el campo, días lluviosos con porteo de documentos, etc. Los taxis se podrán seguir cogiendo, pero excepcionalmente, con autorización del Secretario.

La Gerencia se compromete a hacer un seguimiento del impacto de la aplicación de la Instrucción y si se observa un impacto negativo, en el sentido de retraso en la práctica de las diligencias, suspensión de juicios, disfunciones en el trabajo, etc, se procederá a tratar el tema de nuevo para hacer las correcciones y aclaraciones necesarias, o incluso la supresión de la Instrucción si fuera necesario, pero sólo en caso de que existieran problemas graves que así lo obligaran. 

Cualquier incidencia o anomalía que se derive de la aplicación de la Instrucción la podéis comunicar al STAJ para dar traslado de la misma a la Gerencia y que se tome en consideración en ese seguimiento que se supone que la Gerencia va a hacer de la medida (al menos es a lo que se ha comprometido).