El Ministerio de Justicia ha
elaborado un borrador de la Resolución de Productividad de los Secretarios Judiciales
en el que premiará a quienes más tasas judiciales gestionen aumentando este
complemento salarial. La tramitación de las tasas se incluye como un indicador
más entre las variables que miden la actividad del colectivo.
Este borrador incluye la
referencia del «número de tasas
judiciales gestionadas» en la que se ordena indicar su cantidad y las modificaciones
gestionadas por el fedatario público durante cada periodo de servicio para
computar esta variable durante 2014.
Según fuentes del Ministerio de
Justicia, la instrucción que mide su productividad data de 2010 y está
desfasada, por lo que se ha trasladado al colectivo un borrador que actualice
las variables para cuantificar su trabajo, entre las que se incluye la gestión
de las tasas judiciales.
UN BAREMO PENDIENTE DEL TC
Por su parte, los fedatarios
públicos han denunciado que les quiera atribuir el papel de «policía de la Agencia Tributaria»
con un indicador que no mide su actividad ni la del juzgado, sino que busca, a
su juicio, fomentar el pago de estos polémicos gravámenes.
El Sindicato de Secretarios
Judiciales (SISEJ) ha vuelto a manifestar su oposición a la inclusión de la
gestión de la tasa judicial como indicador de la productividad del colectivo,
algo que ya fue propuesto hace un año por el Ministerio cuando aprobó estos
polémicos tributos.
El sindicato propone al colectivo
que renuncie a este indicador en caso de que sea incluido definitivamente por
su «dignidad profesional» y el «compromiso con una Justicia pública,
accesible para todos y de todos».
El SISEJ ha advertido de que la
tramitación de las tasas se trata de una actividad que queda al margen del «núcleo principal» de las funciones del
Secretario Judicial, siendo algo «accesorio
y ocasional» en su tarea principal.
Ha apuntado que esta variable no
mide la actividad del órgano judicial ni la del Secretario Judicial
ya que es el número de procedimientos que entran en cada juzgado lo que mide su
carga de trabajo. «La gestión de la tasa
sólo persigue potenciar la finalidad disuasoria y recaudatoria con que se
implantó la misma», ha añadido.
El sindicato ha avisado en un
comunicado de que cualquier decisión del Secretario Judicial, debidamente
fundada y contraria a la exigibilidad de la tasa en una situación concreta
derivará en un «coste personal». «Dejará de percibir productividad por el sólo
hecho de no exigir la misma, pese a que su «actividad» habrá sido incluso
superior a la simple exigencia de liquidación de la misma».
En este sentido, ha criticado que
Justicia condicione la productividad a un indicador basado en una norma, sobre
cuya constitucionalidad está pendiente de pronunciarse el TC. «Si, como se espera, finalmente se declara
esa inconstitucionalidad, la medición de la productividad sobre la base de ese
indicador quedará nula», ha agregado.
«Desde el SISEJ consideramos intolerable la intención de potenciar entre
los Secretarios Judiciales el papel de policía de la agencia tributaria,
tratando de suplir las carencias de nuestro colectivo mediante una
"recompensa" —el pago de un plus— a cambio de "capturas"
por la gestión de tasa judicial —detección y envío telemático de
autoliquidaciones de la tasa.”
A todo esto hay que añadir, una
cuestión muy importante que los Secretarios no dicen y que el Ministerio
tampoco, y es que en realidad la gestión de las tasas, así como otras muchas que
forman parte de la actividad de los órganos judiciales, en la inmensa mayoría
de los casos NO LA
HACEN LOS SECRETARIOS JUDICALES, SINO QUE RECAE EN LOS FUNCIONARIOS
DEL CUERPO DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN, QUE INCLUSO ESTÁN HABILITADOS PARA ENTRAR
EN LA CUENTA DEL JUZGADO,
POR LO QUE SI AL FINAL LA GESTIÓN DE LAS
TASAS SE CONFIGURA COMO UN INDICADOR PARA DETERMINAR LA PRODUCTIVIDAD, ESA
PRODUCTIVIDAD LA
DEBIERAN COBRAR QUIENES EFECTIVAMENTE HACEN EL TRABAJO, QUE
SON LOS GESTORES.
Fuente: La ley.