El pasado 7 de mayo ha tenido lugar la primera
reunión de la mesa sectorial de Justicia entre el Ministerio y las
Organizaciones sindicales representativas, para la negociación de las
condiciones de trabajo afectadas por el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder
Judicial, concretamente en el Libro V (Secretarios Judiciales) y Libro VI
(Cuerpos de Gestión, Tramitación, Auxilio y Médicos Forenses). Aunque el
Ministerio no piensa revisar nada que no sea estrictamente estatuto jurídico de
los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia (incluidos
los Letrados de la Administración de Justicia –nuevo nombre que se da a los
secretarios judiciales), desde STAJ formularemos alegaciones a todos
aquellos aspectos del texto que pudieran tener repercusión en las condiciones
de trabajo de los funcionarios, aunque no formen parte estrictamente de ese
estatuto jurídico funcionarial.
Tampoco tiene mucho interés el Ministerio en
revisar aquellos aspectos del Anteproyecto que no cambian nada con respecto a
lo que ya estaba incluido en el texto vigente de la LOPJ, a lo que STAJ se
opone en primer lugar porque hay muchas cuestiones que se han ido introduciendo
en la Ley desde 2003 y que no han sido negociadas, y en cuanto a otras, consideramos
que pueden mejorarse después de una vigencia de más de 10 años. No
obstante, desde STAJ y el resto de organizaciones vamos a formular alegaciones
a todo lo que consideramos que puede modificarse o mejorarse y el Ministerio ha
dicho que las va a estudiar todas.
En la primera reunión celebrada el día 7 de mayo
se ha comenzado a analizar el Título I del Libro VI. STAJ ha interesado
mayores garantías para el mantenimiento del carácter nacional de los Cuerpos,
y una mayor uniformidad de nuestro régimen jurídico (hay algunas diferencias
dependiendo del ámbito en el que se esté destinado, ccaa transferidas, ámbito Ministerio), una
potenciación y reconocimiento de las importantes funciones que día a día
realizamos los funcionarios de Justicia (por ejemplo reconocimiento de la
productividad).
Del mismo modo, hemos solicitado, entre otras cuestiones, que se supriman
las funciones que se recogen en el texto como “funciones análogas…”, que no
están definidas en la Ley y que son un cajón de sastre que propicia enormes
problemas en la práctica, pues habilita a que algunos Jueces o Secretarios interpreten cualquier
cosa y nos encomienden funciones de lo más variopinto.
También hemos interesado la vuelta a la
denominación de “Agente judicial” del actual Cuerpo de Auxilio Judicial, pues
aquella denominación la consideramos más acorde con la función que desempeñan y
se presta a menos confusión que la denominación actual.
En cuanto a los Juzgados de Paz, aunque no se
abordaban directamente en los Títulos V y VI, al desaparecer en el Anteproyecto
la función del Gestor de ocupar las Secretarías de estos Juzgados, hemos
instado al Ministerio a que mantenga dicha función y, por ende, que no suprima
los Juzgados de Paz, o que, al menos, se mantengan las oficinas
correspondientes en todos los municipios que actualmente cuentan con Juzgados
de Paz o Agrupaciones, servidos por funcionarios de Justicia, al frente de las
cuales deben estar los funcionarios del Cuerpo de Gestión, potenciando las
competencias que actualmente corresponden a dichos Juzgados en materia de
tramitación procesal y manteniendo las de auxilio judicial y de Registro Civil.
También hemos solicitado que la elaboración de
los escalafones sea obligatoria, y se publique periódicamente en el BOE,
con las debidas garantías de protección de datos que sean precisas, pero de
forma que todos podamos tener acceso al escalafón completo de los respectivos Cuerpos.
El Ministerio se ha mostrado dispuesto a estudiar
todas las propuestas sindicales. La semana próxima se celebrará nueva reunión
en la que continuaremos examinando el texto.