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SUSTITUCIONES CUERPO DE AUXILIO.



Desde la Subdirección General de Medios Personales del Ministerio nos han dado traslado del borrador sobre el régimen de sustituciones del Cuerpo de Auxilio.

En principio se aplicará en Badajoz, pero con posibilidad de que se implante en otras ciudades, por ejemplo en Palma donde también hay problemas para regular las sustituciones en horizontal entre compañeros del Cuerpo de Auxilio, en los juzgados en los que sólo hay un funcionario de ese Cuerpo, en los supuestos de vacaciones, enfermedad, permisos, y que no se cubran por otro medio legal o reglamentario. Todo dependerá de cómo se valore la experiencia que ahora se pone en marcha en Badajoz.

Las notas características de esta regulación son la voluntariedad y la retribución económica, tal como siempre ha defendido STAJ.

Se creará una bolsa de funcionarios del Cuerpo de Auxilio, tanto titulares como interinos, que se muestren voluntarios para hacer las sustituciones.

Cuando sean llamados para realizar una sustitución, deberán prestar todas las funciones que legal o reglamentariamente le correspondan, bajo la dirección del Secretario Judicial de la oficina judicial donde realicen la sustitución, sin menoscabo de las atribuidas en su destino. Las sustituciones se realizarán en régimen de prolongación de jornada.

Las mencionadas sustituciones son sin relevación de funciones dentro del Cuerpo de Auxilio Judicial, y los mismos percibirán, el mes que les corresponda, la cantidad de 210,96 euros en concepto de prolongación de jornada.

Todo funcionario podrá renunciar a su inclusión en la bolsa comunicándolo por escrito con un mes de antelación a la fecha de efectos de la renuncia.

Insistir en que se trata de un borrador, y que de momento sólo se aplicará en Badajoz.