EL martes día 22 de julio se celebró una primera reunión de mesa sectorial (habrá más reuniones) para abordar el régimen transitorio de todo el personal al servicio de la Administración de Justica afectado por la desjudicialización del Registro Civil, así como la bases para la posterior reordenación de efectivos que tendrá lugar una vez se produzca el cese definitivo de las oficinas registrales dependientes de la Administración de Justicia.
Desde STAJ hemos vuelto a dejar clara nuestra apuesta por un Registro Civil servido por funcionarios de Justicia, como un servicio dentro de esta Administración, por lo que hemos vuelto a reiterar nuestra oposición no sólo a la privatización y entrega de su gestión a los Registradores Mercantiles, sino a lo que ya preveía la ley de 2011, que sacaba de Justicia el Registro Civil.
El Ministerio, en este sentido, ha recordado una vez más que la desjudicialización y entrega a los Registradores mercantiles es una decisión que ya está tomada y que no se va a alterar, por lo que ahora toca, exclusivamente, negociar que las condiciones en las que quede el personal afectado por esa desjudicialización sean las mejores posibles.
STAJ ha manifestado que con la propuesta de reorganización de los funcinarios que ahora prestan servicio en los Registro Civiles ( la Disposición Transitoria Octava de la Ley de Registro Civlil) que nos ha hecho llegar el Ministerio, no existe la más mínima garantía de mantenimiento de puestos de trabajo de que tanto ha hablado el propio Ministro, pues se limita a reproducir, casi literalmente, las previsiones que a este respecto tenía la Disposición Transitoria de la Ley de 2011, de modo que los funcionarios de carrera con destino definitivo serían reordenados a otros puestos de trabajo vacantes de la misma localidad, y si no hubiera suficiente, se modificarían las plantillas orgánicas o las Relaciones de Puestos de trabajo, para acoger a ese excedente.
Si se aplica la D.T que nos ha hecho llegar el Ministerio significa, ni más ni menos, la destrucción de cientos de puestos de trabajo. Es cierto que los puestos de trabajo de los Juzgados de Paz no se verán afectados, como consecuencia del preacuerdo alcanzado por STAJ y el resto de sindicatos con el Ministerio, en relación con el Anteproyecto de LOPJ al crearse las “Oficinas judiciales de Paz”, pero las plazas correspondientes de los Registros Civiles exclusivos y los Juzgados con funciones compartidas de Registro Civil, sí que podrían desaparecer.
Desde STAJ hemos vuelto a dejar clara nuestra apuesta por un Registro Civil servido por funcionarios de Justicia, como un servicio dentro de esta Administración, por lo que hemos vuelto a reiterar nuestra oposición no sólo a la privatización y entrega de su gestión a los Registradores Mercantiles, sino a lo que ya preveía la ley de 2011, que sacaba de Justicia el Registro Civil.
El Ministerio, en este sentido, ha recordado una vez más que la desjudicialización y entrega a los Registradores mercantiles es una decisión que ya está tomada y que no se va a alterar, por lo que ahora toca, exclusivamente, negociar que las condiciones en las que quede el personal afectado por esa desjudicialización sean las mejores posibles.
STAJ ha manifestado que con la propuesta de reorganización de los funcinarios que ahora prestan servicio en los Registro Civiles ( la Disposición Transitoria Octava de la Ley de Registro Civlil) que nos ha hecho llegar el Ministerio, no existe la más mínima garantía de mantenimiento de puestos de trabajo de que tanto ha hablado el propio Ministro, pues se limita a reproducir, casi literalmente, las previsiones que a este respecto tenía la Disposición Transitoria de la Ley de 2011, de modo que los funcionarios de carrera con destino definitivo serían reordenados a otros puestos de trabajo vacantes de la misma localidad, y si no hubiera suficiente, se modificarían las plantillas orgánicas o las Relaciones de Puestos de trabajo, para acoger a ese excedente.
Si se aplica la D.T que nos ha hecho llegar el Ministerio significa, ni más ni menos, la destrucción de cientos de puestos de trabajo. Es cierto que los puestos de trabajo de los Juzgados de Paz no se verán afectados, como consecuencia del preacuerdo alcanzado por STAJ y el resto de sindicatos con el Ministerio, en relación con el Anteproyecto de LOPJ al crearse las “Oficinas judiciales de Paz”, pero las plazas correspondientes de los Registros Civiles exclusivos y los Juzgados con funciones compartidas de Registro Civil, sí que podrían desaparecer.
Si se aplica la D.T que nos ha hecho llegar el Ministerio la consecuencia inmediata será el cese de los interinos que prestan servicio en esos Juzgados y Registros Civiles exclusivos, y el cese de aquellos funcionarios que ocupan puestos vacantes, como consecuencia de la reordenación, a esos puestos, de los funcionarios titulares destinados actualmente en Registros civiles o que realicen esas funciones en los Juzgados correspondientes.
Por ello STAJ ha vuelto a exigir algo que es muy simple y que todo el mundo entiende: El Ministerio debe recoger en la Disposición Transitoria con absoluta claridad y con validez para todo el territorio nacional, que se efectuará la modificación de plantilla o de las RPT´s de modo que se crearán tantos nuevos puestos de trabajo (incrementando los existentes o creando órganos nuevos), como puestos se destruyen como consecuencia del Registro Civil. Todo lo que no responda exactamente a esto no será aceptado por STAJ.
El Ministerio va a estudiar las propuestas sindicales y nos enviará un nuevo texto de Disposición Transitoria, y nos convocará a una nueva reunión en breve.