STAJ ha vuelto a presentar escrito en el que reitera la solicitud de mantenimiento del Registro Civil como un servicio de la Administración de Justicia, servido enteramente por funcionarios de Justicia.
El hecho de que se produzca la “desjudicialización”, es decir, que los jueces dejen de ser los “encargados” del Registro Civil, no tiene por qué suponer que ese servicio se extraiga de la Administración de Justicia y, encima, se privatice entregándolo a los Registradores mercantiles.
Los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia tenemos conocimientos y experiencia sobrada en Registro Civil, muy necesaria para un servicio público que lo que verdaderamente requiere para ser plenamente eficaz es una inversión suficiente en medios materiales y humanos y una completa modernización, que facilite su acceso por la ciudadanía.
La propuesta que hacemos pasa también por la modificación de la Ley de 2011, en lo que se refiere al personal de los Registros Civiles y la dependencia orgánica y funcional de las Oficinas de Registro Civil, aun sin haber entrado dicha ley en vigor.
Proponemos, y así lo solicitamos expresamente al Ministerio, que los Registros Civilescontinúen siendo un servicio de la Administración de Justicia, en el que los funcionarios del Cuerpo de Secretarios Judiciales, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, continúen prestando sus servicios en las respectivas oficinas de Registro Civil, configurándose como Centro de Destino en la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de acuerdo con la relación de puestos de trabajo que en definitiva se apruebe que en todo caso habrá de garantizar la permanencia, al menos, de la plantilla que actualmente está destinada a funciones de Registro Civil.
Mantenimiento de todos los puestos de trabajo.-
Sin perjuicio de lo anterior, desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración exigimos que en cualquier caso se garantice por parte del Ministerio la no amortización de ningún puesto de trabajo de los que ahora forman parte de la plantilla orgánica de los órganos judiciales y que sean consecuencia de las competencias en materia de Registro Civil que dichos órganos pudieran tener en la actualidad.
Esa garantía debe ser plasmada en los textos legales que procedan, para ser aplicables a todo el territorio nacional, obligando así no sólo en el ámbito gestionado directamente por ese Ministerio, sino también en aquellos ámbitos gestionados por las CCAA que han asumido competencias en materia de Justicia.
Desde STAJ consideramos que, aun estando radicalmente en contra de la privatización del Registro Civil y con que se hurte este servicio de la Administración de Justicia, en cualquier caso los puestos de trabajo han de mantenerse íntegramente, dando solución satisfactoria a los funcionarios titulares de los puestos de trabajo o no, que estén ocupando los indicados puestos.
Para ello, exigimos la reapertura urgente de la negociación, donde se busque una solución satisfactoria a todo este personal, y que no le cause ningún perjuicio ni pérdida de retribuciones ni, por supuesto, cambio de localidad de destino.
Desde STAJ consideramos que, aun estando radicalmente en contra de la privatización del Registro Civil y con que se hurte este servicio de la Administración de Justicia, en cualquier caso los puestos de trabajo han de mantenerse íntegramente, dando solución satisfactoria a los funcionarios titulares de los puestos de trabajo o no, que estén ocupando los indicados puestos.
Para ello, exigimos la reapertura urgente de la negociación, donde se busque una solución satisfactoria a todo este personal, y que no le cause ningún perjuicio ni pérdida de retribuciones ni, por supuesto, cambio de localidad de destino.