En la nómina del mes de octubre el
Ministerio de Justicia ha efectuado una
disminución de las retribuciones de las sustituciones verticales, de Auxilio a
Tramitación y de Tramitación a Gestión, en aplicación de la Instrucción
de 23 de junio de 2016 de la
Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia, con la excusa de que la cantidad
que se venía abonando en concepto de “desempeño
conjunto” (el complemento por hacer la sustitución) era superior al que
debe ser, de forma que un Gestor sustituto o un Tramitador sustituto cobraban
más que un Gestor o un Tramitador titular (exceptuando los trienios, que
depende de la antigüedad de cada funcionario).
Esta cantidad (la de desempeño
conjunto) es la que se establece en la primera Instrucción de sustituciones de
1 de diciembre de 2006, actualizada todos los años con los incrementos o congelaciones
salariales o disminuciones retributivas establecidas en las Leyes de Presupuestos, y tiene por objeto cubrir la diferencia entre el sueldo
base del Cuerpo en el que se está sustituyendo y el de origen.
En junio del año 2010, el
Gobierno Zapatero realizó un recorte salarial medio del 5 %, pero que en el
concepto de sueldo base las cantidades fueron: en Gestión, de – 6,46%; en
Tramitación, de un – 3,90 %; en Auxilio Judicial, de un – 0.38%.
Es decir, a los Gestores les
rebajan el salario más que a los Tramitadores, y a los Tramitadores más que a
los Auxilio; esa diferencia es la que se ha arrastrado hasta septiembre de este
año, y es la razón por la que un Gestor sustituto cobraba más que un Gestor
titular (o un Tramitador sustituto más que un tramitador titular). Lo
que están haciendo con esta Instrucción de 23 de junio es adecuar la cantidad
que se cobra por sustitución a la bajada
salarial del año 2010, que hasta ahora no lo habían hecho.
La cantidad que se va a cobrar a partir del mes de septiembre del 2016 en
concepto de sustitución será:
- Sustitución de Auxilio a Tramitación: 85,54 euros/mes
- Sustitución de Tramitación a Gestión: 199,40 euros/mes
Estas cantidades son las correspondientes a cubrir la diferencia entre el
sueldo base de un Tramitador y un Auxilio, y entre el sueldo base de un Gestor
y un Tramitador, respectivamente.
A estas cantidades hay que añadir los complementos salariales del Cuerpo
al que se sustituye, que se pagan íntegros del Cuerpo superior, no del Cuerpo
inferior.
No obstante, desde STAJ Baleares seguimos pensando que los
funcionarios que desempeñan funciones de sustitución sufren una discriminación
salarial con respecto a los funcionarios del Cuerpo al que sustituyen (tanto titulares
como interinos), puesto que a pesar de realizar el mismo trabajo, con
las mismas funciones, no cobran los trienios ni las pagas extras del Cuerpo
superior, sino del Cuerpo inferior.
STAJ exige que se abonen las sustituciones verticales de todos los
Cuerpos con todas las retribuciones idénticas a las que se abonan en el Cuerpo
superior, esto es: abono de los trienios cuando se cumplen en el Cuerpo
superior, abono de los planes de actuación del Cuerpo superior, y el 100 % en
las pagas extras del Cuerpo superior.