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NUEVA OFICINA JUDICIAL: DISEÑO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA N.O.J. EN IBIZA, MENORCA, INCA Y MANACOR.


En el BOE del lunes 15 de mayo se publica la Orden JUS/415/2017, de 27 de abril, por la que se determinan los modelos de estructura y organización de la Oficina Judicial en determinados Partidos judiciales del ámbito territorial del Ministerio de Justicia.

La presente Orden tiene por objeto la determinación y la asignación de los modelos de estructura y organización de la oficina judicial en los Partidos judiciales en los que aún no se ha implantado la NOJ. Más concretamente se refiere al número de Servicios Comunes procesales (Serv. común General, Serv. común de Ordenación de Procedimiento y Serv. comun de Ejecuciones) que habrá en cada N.O.J de cada localidad. Esto no significa en absoluto que se vaya a implantar próximamente la N.O.J. Esta Orden estaba pendiente de publicar desde finales del año 2015, pero no se publicó durante el año 2016.

Para ello se establecen cuatro niveles de organización:
a) Modelo I: Integrado por una unidad procesal de apoyo directo que asumirá la totalidad de las funciones procesales que le son propias, sin ningún servicio común procesal. Aplicable a los 36 Partidos judiciales dotados de juzgado mixto único que se recogen en el anexo.

b) Modelo II: Integrado además de las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General, pudiéndose configurar una sección que asuma la ejecución de los procedimientos. Aplicable a los 46 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

c) Modelo III: Formado además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General y por un Servicio Común Procesal de Ejecución. Aplicable a los 9 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

d) Modelo IV: Integrado además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General, un Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento y un Servicio Común Procesal de Ejecución. Aplicable a los 10 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

Para el caso de las Islas Baleares, la estructura de la Nueva oficina judicial queda:

 Modelo I                Modelo II                 Modelo III                Modelo IV    
    –                   Ciutadella de Menorca.            Inca.                         Ibiza.
                                      Mahón.                   Manacor.