En la nómina de este mes de agosto se aplica la subida salarial para el año 2018 con carácter retroactivo desde el mes de enero.
Recordamos que la subida es de un 1.5% desde el mes de enero al mes de junio, ambos incluidos, (incluida la paga extra de verano), y del 1.75% desde el mes de julio en adelante.
Esta subida se aplica a todos los conceptos salariales, tanto retribuciones básicas como retribuciones complementarias.
En el mes de agosto, por tanto, debe reflejarse la subida mes por mes desde enero, e incluir también el incremento para el mes en curso.
Se debe reflejar también la actualización de los devengos, como son las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, MUGEJU y Clases pasivas.