La
Carrera Profesional es un nuevo complemento salarial que retribuye
aspectos que se consideran relevantes para la correspondiente profesión,
grupo, Cuerpo o categoría profesional. Entre estos aspectos relevantes
se encuentran la experiencia, la formación, los conocimientos
académicos, etc.
La Carrera Profesional en la Administración
de Justicia NO está instaurada como tal, a día de hoy, en ninguna parte
de España pues la LOPJ, que es nuestra ley sustantiva y donde se regula
nuestras retribuciones, no recogía este nuevo complemento hasta la
reciente reforma de 28 de diciembre de 2018, hace algo más de cuatro
meses.
Fue en esa reforma, después de las movilizaciones
llevadas a cabo por el colectivo de funcionarios de Justicia, llegando
incluso a la huelga en el mes de noviembre, cuando se logró parar la
reforma tan lesiva para los funcionarios de Justicia de los “centros de
destino” que pretendía convertir a todo el municipio en el mismo centro
de destino, y también cuando en las Cortes Generales se consiguió
introducir en el artículo 516 LOPJ el concepto de carrera profesional como un nuevo
complemento retributivo, y que hasta entonces no existía.
Y
es a partir de esta reforma cuando se establece la Carrera Profesional
en la Administración de Justicia, pues antes de esta reforma era
imposible porque ese complemento no existía.
La reforma de la
LOPJ que se publicó en el BOE el pasado 29 de diciembre y que entró en
vigor en este punto el 18 de enero de 2019, añade un apartado 3 al artículo 519, en el sentido de establecer el complemento de la carrera
profesional, y dispone literalmente:
3. Mediante Real
Decreto, previa negociación con las organizaciones sindicales, se
establecerán los criterios, requisitos y las cuantías iniciales del
complemento de carrera profesional que será igual para todos los cuerpos
con independencia de dónde presten sus servicios.
De esta reforma podemos extraer varias cosas:
Debe ser el Gobierno Nacional el que por Real Decreto desarrolle lo establecido en la LOPJ, NO las Comunidades Autónomas.
Debe
ser una negociación previa con las organizaciones sindicales, en este
caso al ser la Mesa Sectorial del Ministerio de Justicia en Madrid, los
sindicatos deben ser representativos a nivel nacional.
En ese
Real Decreto se regulará para toda España los criterios comunes, los
requisitos idénticos y las cuantías iniciales iguales para todos, con
independencia del territorio donde se prestan los servicios.
Esta
es una de las reivindicaciones que STAJ exigirá al Ministro/a de
Justicia, una vez se haya formado el nuevo Gobierno, junto con la
exigencia principal para el ámbito no transferido, de la equiparación
del complemento específico, la implantación del complemento para los Juzgados de violencia sobre la mujer y el mantenimiento del Registro
Civil en la Administración de Justicia
INCREMENTO SALARIAL VARIABLE Y FONDOS ADICIONALES.
Por
otra parte, está previsto incrementar el salario a partir del próximo
mes de julio en un 0.25% adicional, porcentaje que corresponde al
incremento variable como consecuencia del cumplimiento de la previsión
de crecimiento del PIB en España.
Cabe recordar que la subida
salarial pactada para este año 2019 fue del 2.25% fijo ( sobre todos los
conceptos), más una parte variable dependiendo del incremento del PIB
del año anterior ( año 2018) , igual o superior al 2.5%. Esa condición
se cumplió, puesto que el PIB del año 2018 se incrementó en un 2.6%, por
lo se confirma que veremos incrementado el salario en un 0.25%
adicional en todos los conceptos salariales.
No obstante lo anterior, debemos esperar a ver qué ocurre, puesto que tenemos un Ejecutivo en funciones y esta subida salarial
es necesario que primero se apruebe en Consejo de Ministros.
Teniendo
en cuenta que las nóminas de julio se cierran en los primeros días de
junio, el Consejo de Ministros debería llevar a cabo la aprobación del
incremento en la reunión del próximo viernes, en caso contrario puede
ser que no se abone en la nómina de julio, sino que se abonaría en meses
siguientes con carácter retroactivo desde julio.
Una vez más estamos a la espera de la voluntad de los zoquetes del Ejecutivo.
Este
incremento representanta una subida pírrica, es posible que no llegue a
los 5 € brutos al mes en algunos casos y como mucho puede llegar a los
7€ u 8 €, y ni siquiera se abona con carácter retroactivo desde el
inicio del año, sino que se abona desde julio en adelante. No obstante
sí que consolida en nómina para futuros incrementos salariales.
Por otra parte, también queda pendiente el reparto de los fondos adicionales. Estos fondos representan un incremento del 0,25 % de la masa salarial.
La masa salarial es un concepto global que representa la suma de todas las retribuciones de todos los funcionarios (la totalidad de lo que se destina a salario, y en ámbito ministerio el 0,25% de la masa salarial representa en torno a 1.100.000 euros). Aún queda pendiente por saber cómo se va a distribuir ese dinero entre los funcionarios de ámbito ministerio.