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COVID-19: REUNIÓN CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA


Hoy hemos tenido reunión con el Ministerio de Justicia. Nos han dicho que ayer hablaron con todos los Secretarios de gobierno de los TSJ para que se aplicase la Resolución que sacó el Ministro el pasado 30 de marzo, para que los Secretarios de gobierno lo tuvieran claro.
En esa Resolución se dice que el servicio se presta en régimen de disponibilidad, salvo:
- Servicio de guardia en todos los Partidos Judiciales y Fiscalias.
- Ordenes de protección y medidas cautelares en materia de Violencia de género. 
- Actuaciones de Registro Civil declaradas esenciales. (Nacimientos en plazo, defunciones y matrimonios en peligro de muerte).
- Actuaciones urgentes en causas con preso. 
- Pagos procesales cuando no se pueda hacer mediante transferencia desde el domicilio ( esto está recogido en la Circular 1/2020 del Secretario General de la Administración de Justicia, del 1 de abril).
Salvo esos supuestos, el resto es en régimen de disponibilidad.

Necesitamos saber si hay algún Letrado AJ que esté obligando a los funcionarios a acudir al Órgano judicial para prestar servicios al margen de esos servicios tasados señalados, que son los únicos que se deben prestar de forma presencial.
Para pasar la incidencia al Ministerio, que nos lo han pedido.

Por otra parte, en cuanto al reparto de EPI's nos han dicho que se hizo una primera entrega de material, y han reconocido que ha sido un poco corta, pero que la semana que viene recibirán una cantidad mucho mayor de guantes, gel y mascarillas. ( se esperaba recibirla ayer y empezar a repartir entre hoy y mañana, pero parece que se retrasa).

Respecto de los test, de momento no hay test para los funcionarios de Justicia, y dan prioridad al personal sanitario, y miembros de Cuerpos y fuerzas de seguridad. De momento para Justicia nada.

Respecto de los Juzgados de Paz, y sus funciones de Registro civil, el Ministerio dice que el servicio es presencial, tal como se señala en el protocolo del pasado 27 de marzo, firmado por el propio Ministro de Justicia, pero nos han dicho que no tienen inconveniente en que sea en régimen de disponibilidad dejando el teléfono de contacto y acudir cuando sea necesario, incluso por la mañana; que no lo van a poner por escrito, pero que lo admiten.