En la mesa sectorial celebrada hoy 11 de marzo por videoconferencia el Ministerio ha informado que en breve elaborará unas instrucciones para facilitar la solución de la ausencia de cotizaciones a la Seguridad Social que afectan a muchos funcionarios interinos, principalmente por periodos de servicios previos a 1990, que se jubilen por el régimen general de la Seguridad Social, y también a funcionarios de carrera que hayan de jubilarse por dicho régimen general, en ambos casos por lagunas de cotización en sus informes de vida laboral. Con ello se dará, por fin, cumplimiento al acuerdo de diciembre de 2015, que tanto hemos reclamado y que ha sido objeto además de la Disposición Adicional 158ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.
La solución por la que se ha optado es que cuando en la vida laboral se detecten lagunas de cotización, el afectado puede solicitar del Ministerio certificación de los servicios prestados, certificación que incluirá, exclusivamente, esos servicios. Este documento deberá ser aportado por el interesado a la hora de solicitar su jubilación. Del mismo modo, aquellos que ya estén percibiendo pensión para cuyo cálculo no se hayan tenido en cuenta esos periodos, podrá también solicitar el certificado y pedir a la Seguridad social la revisión de la cuantía de su pensión.
Es de significar que el personal que se jubile en el régimen de clases pasivas no está afectado por esta situación, ya que como hemos informado en reiteradas ocasiones desde STAJ, en el régimen de clases pasivas la pensión se calcula en función de los años de servicios prestados, y no en función de las cotizaciones, por lo que no existe ningún problema en cuanto a una hipotética falta de periodos cotizados.
Seguramente a lo largo de la próxima semana recibiremos del Ministerio la instrucción, de la que os informaremos puntualmente.