En relación con la Orden de 10 de junio de 2021, del Ministerio de Justicia, por la que se hace pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión, hay que tomar con cautela dicha relación de plazas puesto que en la misma aparecen plazas que no han sido ofertadas previamente al turno de promoción interna.
El artículo 34 del Reglamento de ingreso en Justicia, dice que "Los funcionarios que accedan por promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes que no procedan de este turno para la elección de los puestos de trabajo vacantes ofertados. Los no ocupados de forma efectiva por los funcionarios de promoción interna, no se considerarán vacantes y se proveerán en la forma establecida en el artículo 28.3. de este reglamento.".
Ese artículo da preferencia a los compañeros de promoción interna sobre los de turno libre, a todas las plazas que se ofertan. Si se ofertan plazas a los de turno libre no ofertadas previamente a los de promoción interna se está vulnerando ese artículo.
Por lo tanto, creemos que el listado contiene errores que deben ser subsanados por el Ministerio, o darnos una explicación de por qué incluyen plazas que previamente no han sido ofertadas a los compañeros de promoción interna, vulnerando el artículo 34 del Reglamento de ingreso de esta forma tan arbitraria.