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BORRADORES DEFINITIVOS DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN. CUERPOS GENERALES

El Ministerio de Justicia nos remite las Bases definitivas de las convocatorias de los procesos selectivos de estabilización, derivados de la Ley 20/2021. 

Aún falta la distribución de plazas por ámbitos, a la espera de los datos definitivos de las CCAA. 

Os resumimos a continuación los aspectos principales de estas bases:

CONCURSO-OPOSICIÓN

Mismo sistema de la convocatoria de las OEP 2017 y 2018; con reserva de nota de dicha convocatoria -tal como se pactó en el Acuerdo suscrito por STAJ en marzo de este año, junto con otras organizaciones sindicales-. 

La nota de corte queda establecida en el 50% de la máxima posible (en cumplimiento de sentencia del Tribunal Supremo reciente).

Se permite que si en un determinado ámbito quedan plazas sin cubrir, se oferten a aspirantes que habiendo pasado a la fase de oposición no hayan superado el proceso selectivo, por orden de puntuación total obtenida en el proceso.

Como hemos informado en anteriores notas informativas, esta posibilidad se va a incluir también en la convocatoria del turno libre de la OEP de reposición acumulada 2020-2021-2022, respecto de la cual también se incluirá como nota de corte el 50%. Se han remitido nuevamente estas bases a Función pública para la aprobación de estos cambios. 

CONCURSO DE MÉRITOS

Finalmente, el Ministerio ha decidido fijar el mérito de la experiencia en 60% del total. Se reajusta el resto de méritos:

  • 22% Ejercicios superados. 
  • 8% Historial Profesional.
  • 10% Titulación académica.

La nota mínima requerida es 15 puntos (sobre 100)

Se puntuará con 0,20 el mes de experiencia en el cuerpo al que se opta, con 0,10 la experiencia en otros Cuerpos generales, LAJ, jueces o fiscales sustitutos, y con 0,05 la experiencia como personal laboral de la Administración de Justicia.

Por puntuación obtenida en ejercicios de las convocatorias tanto de turno libre como de promoción interna, de los últimos diez años, se establece una escala en función de la calificación obtenida, similar a la del concurso-oposición, y que va de 5 a 9 puntos, con un máximo de 22 puntos. 

Los ejercicios en Cuerpo inferior puntúan un 25% de dicha escala, y en cuerpo superior un 50%. 

En el apartado de titulaciones, se incluyen expresamente además de las titulaciones de Derecho, las Licenciaturas o Grado de las ramas de Ciencias del Trabajo, Ciencias Políticas y de la Administración, Administración y Gestión Pública, Administración y Dirección de Empresas o Criminología, y también la Diplomatura en Relaciones Laborales y el Título de Graduado Social. 

En Auxilio, puntúa también el bachiller o equivalente o título de grado medio o equivalente.

El máximo en este apartado es 10 puntos. 

Por último en el apartado Historial Profesional, el máximo son 8 puntos, 5,5 para cursos jurídicos y 2,5 para cursos informáticos.

PROMOCIÓN INTERNA

Respecto a la petición realizada por STAJ de ofertar adicionalmente a la Oferta de empleo de estabilización el equivalente al 30% del número de plazas ofertadas dicha OEP, tal como establece el art. 490.2 LOPJ, el Ministerio dice que está vinculado al RD que aprueba la oferta de empleo público para la estabilización derivado de la ley 20/2021 (pactado en Mesa General AGE), que no ha previsto la existencia de plazas para su cobertura por el sistema de promoción interna, a diferencia de lo que ocurre con la OEP de reposición, que sí las incluye.

Desde STAJ insistiremos en que deben convocarse porque así lo prevé el art. 490.2 LOPJ