En
el nuevo modelo de oficina judicial, basado en Tribunales de Instancia (donde
están encuadrados Sus Señorías) y servicios comunes (donde estamos encuadrados
los funcionarios), hay puestos singularizados de jefaturas para los Cuerpos
Generales (de Gestión, Tramitación y Auxilio, aunque no en todos los Partidos
judiciales hay puestos de jefatura de los tres Cuerpos)
Estos
destinos tienen una dotación económica superior a los puestos genéricos y
también tienen unas funciones y responsabilidades distintas a los puestos
genéricos.
Estos destinos se ofrecen en concurso de traslados. Actualmente, y debido a que Inca y Manacor entran en el modelo de Tribunales de Instancia en la fase II, el 1 de octubre, se ha publicado el concurso de traslados para cubrir los puestos singularizados de jefaturas en Inca y en Manacor, ofreciendo puestos de jefatura para el Cuerpo de Gestión y el Cuerpo de Auxilio, que tienen una dotación económica mayor.
Convocatoria del concurso de traslados a los puestos de Jefatura de Inca y Manacor.
La
cuestión es saber qué diferencia económica hay entre un puesto singularizado, de
una jefatura, y un puesto genérico.
Hay que señalar que cuando estemos en el modelo de servicios comunes los complementos salariales que se reflejarán en la nómina serán distintos, puesto que ya no tendremos el complemento “Plan Acuerdo Transitorio”, que será sustituido por el “Complemento Específico”, tal como ocurre ahora en los compañeros que están destinados en Fiscalía o los destinados en aquellas localidades donde hay Nueva oficina judicial.
En
el BOE en el que se han publicado ese concurso de traslados para puestos de jefaturas en Inca y Manacor, vemos el “Complemento específico” que no aparece en
las nóminas; pues bien, y esto es muy importante: eso no significa que ese
puesto tenga un complemento salarial adicional a los que ya tenemos, lo que
significa ese que ese complemento sustituye al que actualmente en la nómina se
denomina “plan acuerdo transitorio” ( se llama transitorio por algo), es
decir, no es un nuevo complemento, sino
que es la sustitución del viejo por el nuevo, aunque el nuevo tiene una
dotación económica mayor en la jefaturas.
Los cálculos en cuanto a la dotación económica de esos puestos singularizados son los siguientes:
Cuerpo
de Gestión.
Actualmente
un Cuerpo de Gestión genérico tiene un Complemento “General del Puesto” de
365,64 euros brutos/mes, lo que hace 4387,68 euros brutos al año, frente a los
4409,16 euros brutos/año de las jefaturas.
Y un Cuerpo de Gestión genérico tiene un Complemento “Plan Acuerdo Transitorio” de 879,07 euros brutos/mes, lo que hace 10548,84 euros brutos/año, frete a los 13083,72 euros brutos/año de Complemento específico de la jefatura (insistir en que el complemento específico sustituye al Plan Acuerdo transitorio).
La
diferencia entre un genérico y una jefatura del Cuerpo de Gestión es:
Complemento
General de Puesto: 21 euros brutos/año, que son 1,75 euros brutos al mes
Complemento Específico: 2534,88 euros brutos/año, que son 211,24 euros brutos al mes
La
suma de ambos complementos son 213 euros brutos al mes para el Cuerpo de
Gestión. Eso es lo que cobrará de más una Jefatura del Cuerpo de Gestión en
Inca y Manacor con respecto a un puesto del Cuerpo de Gestión genérico. Sin
perjuicio de que el genérico tenga asignado la realización del servicio de guardias.
Los puestos de jefatura no tienen asignada la realización de la guardia (las
guardias se pierden en las jefaturas).
Tened en cuenta que subirá el IRPF, y esa subida se aplicará a la totalidad del salario, no solo a ese complemento.
Estos
datos están sacados de una nómina del Cuerpo de Gestión actualizada a mes de
mayo del 2025 y de la publicación del concurso de los puestos de jefatura de
Inca y Manacor en el BOE del 15 de julio.
Cuerpo
de Auxilio.
Actualmente
un Cuerpo Auxilio genérico tiene un Complemento “General del Puesto” de 239,26
euros brutos/mes, lo que hace 2871,12 euros brutos al año, frente a los 2885,16
euros brutos/año de las jefaturas.
Y un Cuerpo Auxilio genérico tiene un Complemento “Plan Acuerdo Transitorio” de 783,55 euros brutos/mes, lo que hace 9402,6 euros brutos/año, frete a los 11649,96 euros brutos/año de Complemento específico de la jefatura (insistir en que el complemento específico sustituye al Plan Acuerdo transitorio).
La
diferencia entre un genérico y una jefatura del Cuerpo de Auxilio es:
Complemento
General de Puesto: 14,04 euros brutos/año, que son 1,17 euros brutos al mes
Complemento Específico: 2247,36 euros brutos/año, que son 187,28 euros brutos al mes
La
suma de ambos complementos son 188,45 euros brutos al mes para el Cuerpo de Auxilio.
Eso es lo que cobrará de más una Jefatura del Cuerpo de Auxilio en Inca y
Manacor con respecto a un puesto del Cuerpo de Auxilio genérico. Sin perjuicio
de que el genérico tenga asignado la realización del servicio de guardias. Los
puestos de jefatura no tienen asignada la realización de la guardia (las
guardias se pierden en las jefaturas).
Tened en cuenta que subirá el IRPF, y esa subida se aplicará a la totalidad del salario, no solo a ese complemento.
Estos
datos están sacados de una nómina del Cuerpo de Auxilio actualizada a mes de
mayo del 2025 y de la publicación del concurso de los puestos de jefatura de
Inca y Manacor en el BOE del 15 de julio.
Importante
recordar que, al tratarse de un proceso de acoplamiento, podrán
participar en exclusiva y por una sola vez los funcionarios de los Cuerpos de
Gestión Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial destinados en el municipio
donde deban desempeñarse los puestos de trabajo ofertados. En los concursos de traslados futuros para los
puestos singularizados (jefaturas) ya se podrá concursar a nivel nacional a
cualquier puesto de jefatura de cualquier localidad de España.
Al
tratarse de un concurso de traslados puede ocurrir que el destino quede
desierto si no se ha presentado nadie o si no se cubre en las fases de reordenación
o reasignación de efectivos en el acoplamiento. En ese caso, el puesto tendrá
que ser cubierto igualmente mediante una comisión de servicios, una sustitución
en vertical o mediante el nombramiento de funcionario interino.
Para
poder concursar no opera el tiempo de congelación de 2 años en el caso de que el
funcionario interesado esté congelado como consecuencia del último concurso de
traslado o nuevo ingreso.
Los
titulares de un puesto de trabajo singularizado podrán renunciar a este
mediante solicitud razonada, en la que harán constar los motivos profesionales
o personales para tal renuncia y siempre que hayan desempeñado el citado puesto
al menos durante un año, quedando en situación de adscripción provisional en el
mismo Cuerpo y municipio en tanto no obtengan otro con carácter definitivo por
concurso de traslados.
Lo
señalado se refiere a los Partidos Judiciales de Inca y Manacor, que entran en
el modelo de Tribunales de Instancia en la fase II (1 de octubre), pero será
extensible a los de la fase III (Palma, Ibiza, Mahón y Ciudadela el 31 de
diciembre) donde también habrá puesto singularizados de jefaturas; en el caso
de Palma e Ibiza también habrá jefaturas en el Cuerpo de Tramitación.
Es
de suponer (aunque en esta Casa igual es mucho suponer) que el concurso de
traslados para las jefaturas de la fase III se convocará en el BOE en septiembre
u octubre, para tenerlo resuelto en fecha 31 de diciembre.
Señalar también que, junto con la convocatoria del concurso de traslados para los destinos de jefatura, también se ha publicado la relación de puestos de trabajo, RPT´s, de los Servicios comunes y del Registro Civil de Inca y Manacor.