
Todo parece indicar que el Tribunal "se coló" ayer al publicar las notas de corte para el segundo ejercicio.
Según lo dispuesto en la Orden JUS/2371/2011, de 21 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por los sistemas generales de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, en el Anexo I, punto 1.1.1. en relación al primer ejercicio, se indica lo siguiente:
"El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados, decidirá cual será la puntuación mínima para superar esta prueba en cada ámbito territorial, puntuación que nunca podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregida la segunda prueba ni serán convocados al segundo ejerció de la oposición."
En cambio para el segundo ejercicio el punto 1.1.2, se indica lo siguiente:
"Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de No aptos y no serán convocados al Segundo Ejercicio."
Por lo que se puede entender que para el primer ejercicio debe existir nota de corte, pero para el segundo basta con sacar una nota mínima de 20 puntos y no la que el Tribunal publicó en el día de ayer.
En cambio para el segundo ejercicio el punto 1.1.2, se indica lo siguiente:
"Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima, tendrán la consideración de No aptos y no serán convocados al Segundo Ejercicio."
Por lo que se puede entender que para el primer ejercicio debe existir nota de corte, pero para el segundo basta con sacar una nota mínima de 20 puntos y no la que el Tribunal publicó en el día de ayer.