Una vez
más hemos recibido una nómina de difícil comprensión. Para empezar viene un
descuento correspondiente al mes de agosto, y luego vienen ingresos
correspondientes a septiembre, octubre y noviembre. Vamos a intentar explicarlo.
Resulta
que el R.D. 20 /2012 de 14 de Julio (el que nos quita la paga extra)
decía que la paga se descontaría prorrateando (dividiendo) dicha paga
entre los meses que restaran hasta el mes de diciembre (desde agosto
incluido hasta el mes de diciembre incluido, más la propia paga extra que
también entraba en el prorrateo, en total entre 6 partes). Al final no lo
hicieron entre 6 partes, sino entre 5 ( sept, oct, nov, dic, y la
propia paga extra), porque la nómina de agosto ya estaba cerrada, de tal
forma que la parte correspondiente a agosto, dijeron, que la iban a quitar
en el mes de septiembre junto con el descuento que correspondía al
propio mes de septiembre, es decir que en un principio la idea era
hacer 2 descuentos en el mes de septiembre ( agosto y septiembre).
Acordaros que mandamos un escrito solicitando que no fuera así, porque un
descuento doble en el mes de septiembre sería mucho descuento. Al final no
prorratearon entre 6 sino entre 5, por lo que todos estos meses de descuento, la
cantidad descontada ha sido prorrateando entre 5.
Pues
bien, ahora resulta que han vuelto a la idea original y han decidido
prorratearlo entre 6 (tal como dice el R. Decreto), con lo cual hay que volver
a hacer cálculos de nuevo. La cantidad a prorratear, que es la paga extra (sólo
salario base y trienios porque los complementos los han descontado
directamente en este mes de diciembre), hay que dividirla entre 6 y no entre 5,
como ha venido siendo hasta ahora, ese sexto mes adicional es el mes
de agosto y por eso han descontado en esta nómina el mes de agosto.
Esta es la respuesta a porqué viene el descuento del mes de agosto.
Pero
ocurre que al prorratear (dividir) entre 6 y no entre 5, la cantidad a
descontar es menor (cuanto más alto sea el divisor, menor es el resultado
final, menor es la cantidad a descontar). La diferencia entre el prorrateo
entre 5 o entre 6 es la diferencia que nos han ingresado correspondiente
al mes de septiembre, el mes de octubre y el mes de noviembre. Esta es
la razón de porqué tenemos un ingreso del mes de septiembre, el mes de octubre,
y el mes de noviembre.
Además,
también nos han pagado aquella cantidad que nos han
estado descontando de más y que correspondía al descuento del 5% del año
2010 (unos 7 euros para auxilio, 107 para tramitación y 266 para gestión). Esta
cantidad no es que no la hayan ingresado, sino que nos han descontado menos
para compensar con esa cantidad que nos debían, lo han hecho directamente.
Al
final, hemos hecho números y sale todo correcto para los tres Cuerpos, al
menos con las nóminas con las que hemos hecho los números. ( es de suponer que
están todas bien).
Estos del Ministerio son unos capullos, que en vez de hacer las cosas
como las han hecho (mal y sin explicar), podían haber hecho las cosas bien,
explicado un poco la nómina de este mes.