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REUNIÓN CON EL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA TRATAR SOBRE LA VUELTA PAULATINA AL TRABAJO EN LOS JUZGADOS.


Ante las numerosas consultas que nos estáis trasladando en relación con la vuelta a los puestos de trabajo, os informamos que aún no se ha dictado ninguna nueva resolución por parte del Ministerio de Justicia o las CCAA con competencias, si bien mañana lunes por la mañana los sindicatos representativos mantendremos reunión por videoconferencia con el Ministerio de Justicia, en la que se abordará esta cuestión, dado que el estado de confinamiento absoluto de las últimas dos semanas decretado por el Gobierno ha finalizado ya.

En esa reunión se abordará, por tanto, la intención del Ministerio de incrementar las dotaciones presenciales para la atención del servicio mediante turnos, un incremento de las actuaciones a realizar, -que no se limitará a los servicios declarados esenciales-, y modalidades de teletrabajo voluntario, para aquellas actuaciones que así lo permitan.

Igualmente, se abordará el suministro de los equipos de protección imprescindibles para que la prestación del servicio sea segura, lo cual es una exigencia que STAJ viene realizando desde el principio de la pandemia, incluso antes de que la epidemia fuera declarada como tal.

En consecuencia, a partir del próximo martes entrarán en vigor estas nuevas medidas, que os comunicaremos e informaremos con más detelle inmediatamente, en cuanto sean aprobadas.

Desde este sindicato les hemos instado a que mantengan únicamente en sus puestos a las personas absolutamente imprescindibles, así como a que acuerden de forma inmediata el abandono de los lugares de trabajo que puedan conllevar un posible riesgo, dejando al personal en situación de disponibilidad.

Asimismo les hemos trasladado que, de igual forma que el personal de justicia está cumpliendo con sus obligaciones, confiamos en que por su parte, y como responsables directos de nuestra seguridad, aplicarán escrupulosamente y con la máxima diligencia todas las medidas necesarias para evitar riesgos innecesarios o perjuicios evitables respecto a la salud de los trabajadores a su cargo.

Por los Delegados de STAJ se continuará realizando la oportuna labor de vigilancia y control que nos atribuye el artículo 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, actuando de forma urgente en las ocasiones que fuese necesario y exigiendo asimismo en su caso las oportunas responsabilidades en el supuesto de que se produzcan perjuicios que pudieran haberse evitado.