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FIN DE LA INSTRUCCIÓN SOBRE SERVICIOS MÍNIMOS: LIMITACIÓN DEL TELETRABAJO , DÍAS DE VACACIONES Y ASUNTOS PARTICULARES.

 

En relación a la Instrucción sobre servicios mínimos que aún se encontraba en vigor, esta se encontraba en vigor debido al mantenimiento de la huelga por el sindicato USO (que no está presente en Baleares, pero sí en algunas provincias), y no formaba parte del Comité de huelga integrado por los sindicatos STAJ, CSIF, CCOO y UGT, sindicatos mayoritarios.

Este sindicato, al igual que ya hizo el Comité de huelga integrado por los sindicatos mayoritarios, ha suspendido la huelga hasta la formación de un nuevo Ejecutivo y que podamos tener un interlocutor con ánimo y capacidad de solucionar el conflicto.

Debido la suspensión de la huelga por el sindicato USO, desde el Ministerio nos han informado al sindicato STAJ que “a partir del 21 de julio, se comunica que quedan sin efecto todos los contenidos de la última Resolución de Servicios Mínimos”

Esto quiere decir que decae la Instrucción de servicios mínimos, y ya no habrá que marcar en el Ainoa el estar de servicios mínimos o no secundar la huelga, al igual que decae la Instrucción para solicitar días de asuntos particulares, hacer teletrabajo, o pedir días de vacaciones más allá del día 3 de septiembre (recordad que la limitación para coger vacaciones entre el día 26 de junio y 3 de septiembre se levantó el pasado mes de junio).

Se podrá hacer teletrabajo, solicitar días de asuntos particulares o vacaciones.