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STAJ-BALEARES c/ Travessa d’en Ballester nº 20. Planta baja. "Sa Gerrería". 07002 Palma de Mallorca. España (cerrado temporalmente por obras). Local provisional sito en la C/.Joan Lluis Estelrich n.10, 2º piso de Palma. Teléfono: 971 21 94 06. Correo Electrónico: staj.illesbalears@justicia.es - Canales en Whatsapp y Telegram
Ante todo, indicar que como ya sabéis, la baremación se va a realizar por grupos de 30 candidatos por el orden cronológico de la inscripción a la oferta publicada en el SOIB, y una vez que se agote esos 30 candidatos se baremarán a los 30 siguientes y así sucesivamente.
Igualmente los funcionarios que en su momento presentaron sus solicitudes a la bolsa del SOIB del año 2023 y que no pudieron echar solicitud a la bolsa ordinaria convocada en el año 2024 al no cumplir el requisito de haberse presentado a alguna de las dos convocatorias de procesos selectivos anteriores a la convocatoria de la bolsa del año 2024, se vieron en la obligación de participar en la oferta de empleo del SOIB que se convocó a finales del año 2025.
En este sentido, por parte de la Gerencia y dado que los candidatos que provenían del SOIB del año 2023 habían presentado solicitud de participación en la oferta del SOIB del año 2025 y es un activo en el que la Administración ha puesto los medios para la formación y que actualmente tiene una experiencia en los puestos de trabajo de la Administración de Justicia, ha considerado que estos funcionarios que actualmente están trabajando y que con motivo de la próxima toma de posesión del los funcionarios del Cuerpo de Tramitación que se va a producir a partir del día 19 de febrero puedan cesar, ocuparán las primeras posiciones en la bolsa del SOIB del año 2025, independientemente de la posición que tuvieran a la hora de presentar sus solicitudes de inscripción a la bolsa del SOIB del año 2025.
Esto mismo ocurrirá con aquellas personas que en su momento formaron parte de la bolsa del SOIB del 2023, que fueron nombrados como funcionarios interinos y que actualmente ya no trabajan al haber cesado ya que la bolsa del SOIB del año 2023 no se contemplaba la reincorporación, pero han vuelto a participar en la bolsa del SOIB del 2025.
Esta situación también se producirá en las bolsas del SOIB de los Cuerpos de Gestión y Auxilio Judicial que se convocaron a través del SOIB a finales del año pasado.
En la página del Ministerio de Justicia se informa que el Tribunal Delegado de Cataluña de la oposición al cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/1437/2024, acuerda convocar a los opositores que en su día solicitaron la celebración de la prueba de conocimientos de lengua catalana, a este ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, el próximo 19 de febrero de 2026, a las 9:30 horas, en el Departament de Justícia i Qualitat Democràtica, Districte Administratiu, c/Alts Forns 36-44, 08018 Barcelona
En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el acuerdo del Tribunal de la promoción interna de Letrados de la administración de justicia, convocado por Orden PJC/307/2025, por el que se publica la valoración provisional de los méritos de los aspirantes, en la fase de concurso.
● STAJ exige al Ministerio que traiga a la próxima mesa una propuesta económica.
Hoy se han reanudado las reuniones del grupo de trabajo de carrera profesional, tras el parón de diciembre y enero, En la que el Ministerio ha traído nuevo documento incluyendo algunas de las propuestas sindicales debatidas en reuniones anteriores.
Falta aún incluir en el documento materias solicitadas por los sindicatos, la más importante la relativa a las cantidades que se incluirán en este nuevo complemento, el encuadramiento en cada uno de los grados, y el régimen transitorio que debe aplicarse una vez se implante.
El Ministerio se comprometió en la última reunión celebrada en noviembre, a traer hoy una propuesta económica, pero no lo ha hecho y en su lugar ha traído un documento de trabajo con ideas relativas a la evaluación del desempeño, manifestando el Ministerio que la parte económica se abordará cuando se hayan debatido y llegado a un consenso en relación con las materias que se incluirán en la valoración para acceder a cada grado.
Desde STAJ y otros sindicatos hemos exigido que la propuesta económica no se puede demorar más y debe traerse en la próxima reunión que debe celebrarse lo antes posible. STAJ ha pedido además la convocatoria de la comisión de seguimiento del Acuerdo de 8 de enero de 2025, uno de cuyos puntos era la negociación de la carrera profesional.
El Ministerio no puede seguir “mareando la perdiz” y debe cumplir lo pactado. Se negocia para llegar a un fin, no para tenernos entretenidos sine die. Los representantes del Ministerio asistentes a la reunión trasladarán al Secretario de Estado nuestras exigencias, de modo que de cara a la próxima reunión estudiaremos las medidas a adoptar si en ella no se habla de cantidades.
Por lo que respecta a la evaluación del desempeño, que debe incluirse de manera obligatoria según Ministerio y Función Pública, desde STAJ hemos mostrado nuestra oposición, entre otras cosas porque puede confundirse con el complemento de productividad (en el ámbito que se cobre), si no se establece con claridad las diferencias entre uno y otro concepto retributivo y sus requisitos, y porque no estamos dispuestos a aceptar evaluaciones “arbitrarias” por parte de nadie. El Ministerio asegura que son complementos diferentes y que no se solapan. Además, la evaluación será un criterio más, no determinante, de manera que si se alcanza la puntuación necesaria con el resto de parámetros o criterios (por ejemplo, formación, permanencia en un mismo puesto de trabajo durante tiempo determinado, etc).
En cualquier caso, STAJ ha pedido que la evaluación del desempeño se haga con criterios objetivos, transparentes y fácilmente alcanzables y constatables, y que pueda realizarse mediante una “autoevaluación” sencilla, sin intervención de terceros, y que sea la Administración la que la valide sin más intervención que la de mera comprobación, teniendo en cuenta que de entrada la autoevaluación debe presumirse correctamente realizada.
En la próxima reunión el Ministerio traerá ya un texto que refleje las propuestas sindicales que asume. No obstante, hemos reiterado la necesidad de que para esa reunión se nos de traslado de la propuesta económica.
Previsión fecha resolución concurso municipios fase I:
Se prevé resolución aproximadamente dentro de un mes. Es una previsión del Ministerio que como siempre hay que tomar con todas las cautelas.
Publicación nombramiento y adjudicación destinos de Tramitación P.A. concurso méritos:
Según el Ministerio, por un problema en la disponibilidad del BOE, se producirá el 19 de febrero. En cuanto a la medida cautelar que al parecer se ha decretado por un recurso en Andalucía, el Ministerio ha manifestado que afectará solo a Andalucía, y que será este ámbito el que retrase la publicación por la suspensión cautelar decretada.
Los procesos de Gestión P.A. y Auxilio Judicial, concurso de méritos se ofertarán después. El Ministerio dice que ya tiene las plazas a ofertar, pero siguen faltando otros ámbitos por remitir las plazas.
Respecto a la disposición Adicional Quinta del R.D 364/1995, relativa al permiso de un mes para los que tengan cambio de residencia, y tres días sin cambio, el Ministerio aclara que también es de aplicación al personal interino en activo que consolida. Esto se aplica a su ámbito, entendemos que debe aplicarse también en ámbitos transferidos.
Concurso de traslados ordinario 2026.:
El Ministerio nos manifiesta que una vez se resuelva el de fase I, estará en condiciones de convocar el ordinario, dado que el aplicativo que se usa es el mismo y actualmente está disponible para el concurso aún pendiente de resolver.
Sí se van a respetar los asuntos particulares y vacaciones generados como funcionarios interinos una vez que tomen posesión, dentro de ámbito ministerio como de otros ámbitos.
Criterios para ceses de interinos a causa de la toma de posesión de tramitación- estabilización- va a ser por códigos de plaza.
Indemnización por cubrir plazas de interinos que no ha estabilizado. No lo harán de oficio habrá de ser a instancia de parte. Hay casos que manifiesta que deben estudiar y tomar decisión de si entienden que les corresponde o no, como por ejemplo, para el caso de si tendría derecho a indemnización el interino al que le cubren la plaza y no ha estabilizado en ese cuerpo que le cubren la plaza pero si ha estabilizado en otro.
● STAJ exige al Ministerio que traiga a la próxima mesa una propuesta económica.
Hoy se han reanudado las reuniones del grupo de trabajo de carrera profesional, tras el parón de diciembre y enero, En la que el Ministerio ha traído nuevo documento incluyendo algunas de las propuestas sindicales debatidas en reuniones anteriores.
Falta aún incluir en el documento materias solicitadas por los sindicatos, la más importante la relativa a las cantidades que se incluirán en este nuevo complemento, el encuadramiento en cada uno de los grados, y el régimen transitorio que debe aplicarse una vez se implante.
El Ministerio se comprometió en la última reunión celebrada en noviembre, a traer hoy una propuesta económica, pero no lo ha hecho y en su lugar ha traído un documento de trabajo con ideas relativas a la evaluación del desempeño, manifestando el Ministerio que la parte económica se abordará cuando se hayan debatido y llegado a un consenso en relación con las materias que se incluirán en la valoración para acceder a cada grado.
Desde STAJ y otros sindicatos hemos exigido que la propuesta económica no se puede demorar más y debe traerse en la próxima reunión que debe celebrarse lo antes posible. STAJ ha pedido además la convocatoria de la comisión de seguimiento del Acuerdo de 8 de enero de 2025, uno de cuyos puntos era la negociación de la carrera profesional.
El Ministerio no puede seguir “mareando la perdiz” y debe cumplir lo pactado. Se negocia para llegar a un fin, no para tenernos entretenidos sine die. Los representantes del Ministerio asistentes a la reunión trasladarán al Secretario de Estado nuestras exigencias, de modo que de cara a la próxima reunión estudiaremos las medidas a adoptar si en ella no se habla de cantidades.
Por lo que respecta a la evaluación del desempeño, que debe incluirse de manera obligatoria según Ministerio y Función Pública, desde STAJ hemos mostrado nuestra oposición, entre otras cosas porque puede confundirse con el complemento de productividad (en el ámbito que se cobre), si no se establece con claridad las diferencias entre uno y otro concepto retributivo y sus requisitos, y porque no estamos dispuestos a aceptar evaluaciones “arbitrarias” por parte de nadie. El Ministerio asegura que son complementos diferentes y que no se solapan. Además, la evaluación será un criterio más, no determinante, de manera que si se alcanza la puntuación necesaria con el resto de parámetros o criterios (por ejemplo, formación, permanencia en un mismo puesto de trabajo durante tiempo determinado, etc).
En cualquier caso, STAJ ha pedido que la evaluación del desempeño se haga con criterios objetivos, transparentes y fácilmente alcanzables y constatables, y que pueda realizarse mediante una “autoevaluación” sencilla, sin intervención de terceros, y que sea la Administración la que la valide sin más intervención que la de mera comprobación, teniendo en cuenta que de entrada la autoevaluación debe presumirse correctamente realizada.
En la próxima reunión el Ministerio traerá ya un texto que refleje las propuestas sindicales que asume. No obstante, hemos reiterado la necesidad de que para esa reunión se nos de traslado de la propuesta económica.
Otras cuestiones tratadas.-
Previsión fecha resolución concurso municipios fase I:
Se prevé resolución aproximadamente dentro de un mes. Es una previsión del Ministerio que como siempre hay que tomar con todas las cautelas.
Publicación nombramiento y adjudicación destinos de Tramitación P.A. concurso méritos:
Según el Ministerio, por un problema en la disponibilidad del BOE, se producirá el 19 de febrero. En cuanto a la medida cautelar que al parecer se ha decretado por un recurso en Andalucía, el Ministerio ha manifestado que afectará solo a Andalucía, y que será este ámbito el que retrase la publicación por la suspensión cautelar decretada.
Los procesos de Gestión P.A. y Auxilio Judicial, concurso de méritos se ofertarán después. El Ministerio dice que ya tiene las plazas a ofertar, pero siguen faltando otros ámbitos por remitir las plazas.
Respecto a la disposición Adicional Quinta del R.D 364/1995, relativa al permiso de un mes para los que tengan cambio de residencia, y tres días sin cambio, el Ministerio aclara que también es de aplicación al personal interino en activo que consolida. Esto se aplica a su ámbito, entendemos que debe aplicarse también en ámbitos transferidos.
Concurso de traslados ordinario 2026.:
El Ministerio nos manifiesta que una vez se resuelva el de fase I, estará en condiciones de convocar el ordinario, dado que el aplicativo que se usa es el mismo y actualmente está disponible para el concurso aún pendiente de resolver.
Sí se van a respetar los asuntos particulares y vacaciones generados como funcionarios interinos una vez que tomen posesión, dentro de ámbito ministerio como de otros ámbitos.
Criterios para ceses de interinos a causa de la toma de posesión de tramitación- estabilización- va a ser por códigos de plaza.
Indemnización por cubrir plazas de interinos que no ha estabilizado. No lo harán de oficio habrá de ser a instancia de parte. Hay casos que manifiesta que deben estudiar y tomar decisión de si entienden que les corresponde o no, como por ejemplo, para el caso de si tendría derecho a indemnización el interino al que le cubren la plaza y no ha estabilizado en ese cuerpo que le cubren la plaza pero si ha estabilizado en otro.
El Ministerio de Justicia nos ha informado que la publicación del nombramiento y la adjudicación de destinos del Cuerpo de Tramitación en el proceso de estabilización, concurso de méritos, se retrasa hasta el día 19 de febrero, por un problema en BOE.
Informar que en Andalucía se presentó recurso contra la resolución por la que se ofertaban los destinos, y el órgano judicial ha decretado una medida cautelar. El Ministerio desconoce cómo afectará a Andalucía.
No obstante, si afecta a algún ámbito, será solo a Andalucia, que es donde se ha recurrido.
Respecto de los Cuerpos de Gestión y Auxilio en el mismo proceso selectivo de estabilización, concurso de méritos, el Ministerio nos ha informado que tiene la intención de ofertar los destinos después del día 19 febrero, pero sin concretar la fecha concreta.
Para ámbito ministerio, el Ministerio nos ha informado que para aquellos que hayan superado el proceso selectivo del concurso de méritos en el Cuerpo de Tramitación, aunque suponemos que será igual para el Cuerpo de Gestión y de Auxilio en un futuro, las vacaciones y asuntos particulares que se hayan devengado en el anterior nombramiento como funcionario interino, se respetarán.
No se mantiene las vacaciones, ni los días de asuntos particulares de los funcionarios que procedan de ámbitos transferidos.
En relación al permiso retribuido de la Disposición Adicional Quinta del R.D 364/1995 (permiso retribuido tras la toma de posesión de tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta) el Ministerio de Justicia dice que lo aplicará en su ámbito.
Respecto de la indemnización como consecuencia del cese de los funcionarios interinos, en los procesos de estabilización (concurso de medios y concurso oposición), la Administración empleadora señala que no lo harán de oficio, por lo que regirá el Principio de petición, habrá que solicitarlo.
Desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia, STAJ, pondremos a disposición de los afiliados el escrito de reclamación de cantidades.
Respecto del concurso de traslados que se convocó en el mes de noviembre, la segunda parte del concurso de tratados del 2024, su resolución será para dentro de un mes.
A lo largo del primer semestre del 2026 es de suponer que los opositores que han superado los procesos selectivos de la Ley 20/2021 de estabilización, vayan tomando posesión en sus diferentes destinos adjudicados. Al menos es la intención que nos ha transmitido el Ministerio.
El primer proceso selectivo, y el primer Cuerpo, que tome posesión será el Cuerpo de Tramitación del concurso de méritos, que se prevé que será en las próximas semanas.
Concretamente el día 17 de febrero está previsto que se publique en el BOE el nombramiento y la adjudicación de destinos y comience el plazo para la toma de posesión de los funcionarios titulares nombrados.
La toma de posesión llevará aparejada el cese de los funcionarios interinos que hasta ese momento estaban ocupando los puestos de trabajo que se adjudiquen.
Pues bien, el artículo 2.6 de la citada Ley 20/2021 señala lo siguiente:
"Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización."
(...)
"La no participación del candidato o candidata en el proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso."
¿Qué quiere decir esto?
Que aquellos funcionarios interinos que habiendo participado en alguno de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, es decir, el concurso de méritos y/o concurso-oposición, y no habiendo superado el proceso selectivo, de forma que no haya obtenido plaza, cese como consecuencia de ese proceso selectivo, tendrán derecho a una compensación económica.
Por lo tanto, se requieren tres requisitos:
Es de suponer que la Administración empleadora cumplirá con el prefecto legal señalado, y que de oficio finiquitará y liquidará esta compensación económica a la que se refiere la Ley. La ley obliga y la Administración empleadora tiene que cumplir con el mandato legislativo.
Obviamente el abono de la compensación económica se realizará una vez que el funcionario titular tome posesión y como consecuencia de ello cese el funcionario interino, por lo tanto, tendremos que estar a la espera de que ese hecho se produzca.
No obstante, el Ministerio aún no se ha pronunciado al respecto, y a juicio del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia, STAJ, la ley obliga y por lo tanto la Administración tiene que cumplir esa obligación siendo quien, de oficio, calcule y abone la correspondiente compensación económica a la que se refiere a la ley, sin que rija en ningún momento el Principio de petición.
El Ministerio debe informar sobre esta cuestión, estableciendo los criterios del abono de esta compensación económica y abonar a medida que el funcionario interino vaya cesando como consecuencia de la toma de posesión de los distintos Cuerpos y procesos selectivos.
No obstante, si esto no es así, desde el sindicato STAJ iniciaremos la vía administrativa para todos aquellos afiliados, reclamando las cantidades que correspondan en el supuesto de cumplir con los requisitos anteriormente señalados.