Con carácter previo señalar
que el encuadre en el mutualismo administrativo, en el caso de la
Administración de Justicia en MUGEJU, es obligatoria.
NO se puede elegir el Régimen
de la Seguridad social en el que debemos estar encuadrados; por ejemplo, no se
puede elegir el Régimen General de la Seguridad Social a los efectos de
asistencia sanitaria, sin perjuicio de que dentro de MUGEJU se pueda solicitar,
como entidad médica que da la asistencia sanitaria, el servicio público de
salud de la Comunidad autónica correspondiente.
Sin embargo, a los
efectos de jubilación, sí que se continúa encuadrado en el Régimen General de
la Seguridad Social, en esto no hay cambio.
En el mutualismo
administrativo existe la posibilidad de elegir entre ese servicio público de
salud o cualquiera de las entidades médicas que estén en el concierto con MUGEJU,
concierto que tienen una duración determinada y se van renovando periódicamente.
¿Cómo se tramita
el alta en MUGEJU, tras superar el correspondiente proceso selectivo por
ingreso libre?
MUGEJU inicia de oficio
el proceso de alta de titulares por derecho propio, enviándoles un correo
electrónico con el enlace de acceso al sistema de alta telemática. Desde dicho
enlace, se deben cumplimentar los datos personales y profesionales, y se debe
elegir la entidad prestadora de asistencia sanitaria; el servicio público de
salud correspondiente (en Baleares el IBSALUT) y cualquiera de las entidades médicas
que formen parte del convenio con MUGEJU.
El alta en MUGEJU se
realiza siguiendo estos pasos:
- Finalizado cada proceso selectivo, el
Ministerio de Justicia facilita a la Mutualidad General Judicial un
listado de personal funcionario de nuevo ingreso.
- La Mutualidad envía un correo a cada
nuevo funcionario, incluyendo unas credenciales (nombre de usuario y
contraseña) para completar el alta utilizando un servicio en la sede
electrónica de la Mutualidad General Judicial.
- Cada funcionario debe utilizar
el servicio en la sede electrónica para completar el alta como
mutualista.
- Cuando complete el alta como
mutualista, podrá descargarse un documento de acreditación de
afiliación en la Mutualidad. Este documento le permitirá recibir
asistencia sanitaria, hasta que reciba de la entidad médica la tarjeta
sanitaria correspondiente, bien del servicio público de salud que
corresponda o de cualquiera de las entidades médicas que formen parte del
convenio con MUGEJU.
- Tarjeta sanitaria:
- Si ha elegido una entidad médica
privada, la entidad enviará a su domicilio las tarjetas sanitarias, en
aproximadamente quince días. También puede solicitarlas en las oficinas
de atención al usuario de la entidad médica.
- Si ha elegido asistencia sanitaria a
través del Sistema Público de Salud (INSS) de la Comunidad Autónoma
correspondiente, deberá solicitar las tarjetas sanitarias en su centro de
salud.
- La Mutualidad envía al domicilio del
nuevo mutualista las tarjetas individuales de afiliación y un talonario de
recetas.
- Si ha elegido una entidad médica privada, las prescripciones de medicamentos deben realizarlas un médico de la entidad en el talonario oficial de recetas de MUGEJU, que el mutualista recibirá en su domicilio.
- Si ha elegido la opción del servicio público de salud correspondiente (INSS), los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas han incorporado a MUGEJU al sistema de receta electrónica, por lo que la prescripción se realizará por este sistema siempre que sea posible. No obstante, puede necesitar utilizar el talonario de recetas en casos excepcionales de interrupción temporal del sistema de receta electrónica, asistencias urgentes o asistencias fuera de su Comunidad Autónoma.
- Solicitar talonarios de recetas.
