El
primero de ellos establece la creación de numerosas plazas judiciales en el Tribunal
Superior de Justicia de las Islas Baleares y en los distintos Tribunal de
Instancia de Baleares (los antiguos Juzgados).
La
mayoría de estas plazas judiciales entran en funcionamiento el día 31 de
diciembre del 2026, y el resto, lo hará el 1 de junio del 2027.
El
segundo Real Decreto, establece también la creación de numerosas plazas de
Fiscales con fecha de efectividad el 31 de diciembre de 2026.
En
concreto en Illes Balears se crearán las siguientes plazas judiciales:
En
Palma de Mallorca:
- Una plaza en la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears.
- Plaza número 3 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 12 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 16 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 20 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 25 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 9 de la Sección de lo
Penal del Tribunal de Instancia de Palma.
- Plaza número 7 de la Sección de lo
Social del Tribunal de Instancia de Palma.
En
Inca:
- Plaza número 6 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Inca.
- Plaza número 1 de la Sección de
Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Inca.
En
Manacor:
- Plaza número 6 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Manacor.
En
Ibiza:
- Plaza número 6 de la Sección Civil
del Tribunal de Instancia de Ibiza.
- Plaza número 2 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Ibiza.
En
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se crean las siguientes plazas de
Fiscales:
- Cuatro plazas de segunda categoría en
la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con sede en
Palma de Mallorca.
- Una plaza de segunda categoría en la Sección Territorial de Inca.
La
creación de plazas judiciales y fiscales es una medida necesaria, pero será
completamente ineficaz si no se acompaña del incremento proporcional de la
dotación de puestos de trabajo de los Cuerpos generales en las Relaciones de
Puestos de Trabajo de las diferentes oficinas judiciales y fiscales que dan soporte
a las plazas que se crean, tanto judiciales, como fiscales. Es incuestionable que
son los propios funcionarios de Justicia quienes asumen la tramitación diaria
de los procedimientos judiciales. Sin los funcionarios de la Administración de
Justicia los procedimientos judiciales no avanzan y el Ministerio de Justicia
debe ser consciente de ello y actuar en consecuencia.
En este contexto, la sobrecarga de trabajo ya excesiva que soporta el personal judicial se agravará y será inasumible y lejos de suponer una agilización y mejora de la tramitación y resolución de los procedimientos judiciales y del tiempo de respuesta de la Administración de Justica en la tutela judicial solicitada por la sociedad, los ralentizará aún más, provocando un deterioro del servicio, además de un incremento de riesgos psicosociales en el colectivo de funcionarios de Justicia, achacable exclusivamente al Ministerio de Justicia y un mayor riesgo en la comisión de errores materiales en la tramitación de los procedimientos, que en ningún caso podrán ser achacables al propio funcionario, toda vez que es la propia Administración prestacional del servicio, que a su vez es Administración empleadora, quien está provocando dicha situación.
Desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia en Baleare, STAJ Baleares, reclamamos modificar las plantillas antes de la entrada en funcionamiento de las nuevas plazas creadas.
Por
ello, desde STAJ Baleares solicitamos la modificación de las Relaciones de Puestos de trabajo de las oficinas judiciales y fiscales correspondientes, con
incremento del número de puestos en proporción al número de plazas judiciales y
fiscales que se crean, de manera que estén dotadas de funcionarios de la Administración
de Justicia en el momento de entrada en funcionamiento y efectividad de dichas
plazas.
El
objetivo es que los nuevos órganos cuenten con personal suficiente desde el
momento en que entren en funcionamiento, una puesta en marcha prevista para
finales de este año en algunos casos y para el año 2027 en otros.
Únicamente un incremento paralelo de funcionarios permitirá que la creación de nuevas plazas judiciales y fiscales contribuya realmente a agilizar los procedimientos, mejorar los tiempos de respuesta de la Administración de Justicia a la demanda social de tutela judicial efectiva, que es un derecho fundamental recogido en el artículo 24 de la Constitución española y a mejorar la calidad del servicio público de Justicia.
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