En el BOE del hoy 12 de junio del 2017 se ha publicado la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas.
En
el articulado de la Ley 5/2018 se modifica la Ley de Enjuiciamiento
Civil, concretamente la parte relativa al juicio verbal en materia de
interdicto para recobrar la posesión de la vivienda y otros artículos
relacionados.
Concretamente se adiciona un nuevo apartado 4 al artículo 150, se modifica el numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250, se añade un nuevo apartado 3 bis al artículo 437, se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 441, y por último se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 444.
Todas estas modificaciones las podéis ver en el artculado de la Ley 5/2018.
Concretamente se adiciona un nuevo apartado 4 al artículo 150, se modifica el numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250, se añade un nuevo apartado 3 bis al artículo 437, se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 441, y por último se añade un nuevo apartado 1 bis al artículo 444.
Todas estas modificaciones las podéis ver en el artculado de la Ley 5/2018.
Esto es importante en
materia de tramitación procesal, con lo que debemos trabajar los
funcionarios de Justicia, y también es importante para aquellos
opositores que estén preparando las oposiciones; estar al corriente de
las modificaciones del temario.
La ley, tal como se establece en la Disposición final Segunda, entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Además, en la Disposición final Segunda de la citada Ley, se modifica la Disposición final Décima de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en el sentido de introducir una vacatio legis de 2 años, hasta el 30 de junio del 2020, para la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.