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NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS DE REFUERZO POR LA TOMA DE POSESIÓN DE LO NUEVOS FUNCIONARIOS TITULARES.



Respecto del nombramiento de funcionarios interinos como refuerzo como consecuencia de la toma de posesión de los compañeros funcionarios titulares de nuevo ingreso, desde la Secretaría del Gobierno del TSJ nos han informado que existe un Acuerdo que regula el nombramiento de funcionarios interinos de refuerzo para ayudar y enseñar a los compañeros titulares de nuevo ingreso en aquellos Órganos Judiciales en los que cesen todos, o todos menos uno de los funcionarios interinos.

El refuerzo será por un periodo de 3 meses improrrogables y cuando el funcionario de refuerzo cese por expiración de los 3 meses, ese cese será el que se considere como primer cese a efectos de reincorporación en la bolsa de interinos en la posición que le corresponda.
Por otra parte, señalar que desde el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-, no se ha recurrido ni se ha impugnado nada. De hecho, de los términos del Acuerdo se nos ha informado el día 8 de enero por la propia Secretaria de Gobierno y nos perecen correctos. NO hagan caso de rumores tendenciosos ni mal intencionados.