En el BOE de hoy miércoles, 19 de febrero se ha publicado la Orden JUS/141/2020,
de 24 de enero, por la que se resuelve el concurso de traslado entre
funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial
de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/776/2019.
Así mismo en el día de ayer se publicaron las resoluciones de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas.
Las fechas de ceses son:
- Tramitación: 21 de febrero.
- Gestión y Auxilio: 25 de febrero.
Los plazos de tomas de posesión comienzan al día siguiente del cese y son:
- 3 días HÁBILES, si no hay cambio de localidad
- 8 días HÁBILES, si el cambio de localidad es dentro de la misma comunidad autónoma.
- 20 días HÁBILES si hay cambio de comunidad
- 1 mes si el destino de destino u origen es en Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla.
Si el funcionario obtiene destino en otro Cuerpo en el que se encontraba en excedencia, el plazo posesorio será de VEINTE DÍAS HÁBILES y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el BOE (19 de febrero), es decir, hoy, teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.
Este
último plazo posesorio no será retribuido. Pueden solicitar a la
Gerencia de su actual destino un permiso retribuido de dos días hábiles
si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de
desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso
el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles. La toma de posesión en
el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.
Si un funcionario reingresado toma posesión en un destino donde se encuentre otro funcionario del mismo cuerpo que también deba trasladarse por haber obtenido otro puesto en el concurso antes de la fecha de cese indicada anteriormente, este último funcionario cesará el día que el primero tome posesión.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la toma de posesión efectiva del titular.
A partir de esos días comienza a contar el plazo para la toma de posesión en el destino adjudicado, conforme al artículo 52 del Reglamento de ingreso.
Si algún compañero/a está de permiso o licencia, o vacaciones en ese momento se aplica lo recogido en el artículo 52.2.
" 2. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido
concedidos a los interesados."
Los destinos obtenidos en las Comunidades Autónomas transferidas son los siguientes:
- Andalucía
- Aragón
- Asturias
- Canarias
- Cantabria
- Cataluña
- Comunidad valenciana
- Galicia
- La Rioja
- Madrid
- Navarra
- País Vasco