En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado el Acuerdo del Tribunal Calificador Único del turno libre de la oposición al cuerpo de Tramitación Procesal por el que se dan a conocer los criterios sobre la valoración de méritos del Historial profesional establecido en el Anexo I, I-B de la convocatoria de oposiciones.
En relación a aquellos opositores
que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento, se
comunica que próximamente se dará a conocer el plazo para su presentación a través
del aplicativo informático que se explicará debidamente. Solo los opositores indicados
tendrán acceso a dicho aplicativo.
Se valorarán los cursos recibidos y acreditados en los últimos diez años y hasta
la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, es decir, desde el 27-9-2009
hasta el 27-9-2019.
Criterios contenidos en el acuerdo:
- Cursos de inteligencia emocional: No se considerarán, puesto que no están previstos en la convocatoria y no tienen carácter jurídico. Sin perjuicio de ello, se valorarán caso por caso los que se presenten, siempre que pueda entenderse que son cursos de salud laboral, en las mismas condiciones que estos, es decir, siempre que se acredite que contienen unidades o módulos de carácter jurídico, para lo que deberán aportar el programa del curso para la comprobación de estos extremos.
- Cursos de salud laboral: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo.
- Cursos de igualdad: Se valorarán siempre que contengan unidades o módulos jurídicos. Los opositores deberán aportar el programa del curso para la comprobación de este extremo.
- Cursos de atención al ciudadano: No se valorarán, si no tienen contenido jurídico. Se exceptúan los cursos específicos de atención a la víctima.
- Cursos de mecanografía por ordenador: No se considerarán como cursos de informática.