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DISFRUTE DE LAS VACACIONES Y ASUNTOS PARTICULARES DE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS QUE HA APROBADO EL PROCESO SELECTIVO Y VIENEN DE OTRA COMUNIDAD TRANSFERIDA O GERENCIA DEL ÁMBITO DEL MINISTERIO.

El pasado mes de junio os informamos que la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Baleares nos había comunicado que se respectarían los días pendientes de disfrute  de vacaciones y asuntos particulares sin necesidad de tenerlos que agotar antes de tomar posesión como funcionarios titulares, siempre que hubiese continuidad en su relación laboral, dentro del ámbito de esta Gerencia y cuando estén dentro del período de disfrute de las vacaciones y asuntos particulares. Recuerden que el período ordinario es hasta el 31 de diciembre del año de devengo, y el extraordinario hasta el 31 de enero del año siguiente, tal como dispone el art. 7 c) de la Orden JUS/2538/2013, de 27 de diciembre, sobre calendario laboral.

Este sindicato ha hecho una nueva consulta a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Baleares para saber si también se respetarían los días de disfrute de vacaciones y asuntos particulares a aquellos compañeros interinos que estuvieran prestando servicios en otra Comunidad transferida o Gerencia del ámbito del Ministerio, indicándonos que siempre que existiera continuidad en la relación laboral y justificasen mediante certificado la falta de disfrute de esos permisos, se les respectarían en la Gerencia de Baleares.