En el BOE del día 29 de octubre, se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la oposición por turno libre del cuerpo de Tramitación Procesal, convocada en 2019:
- Orden JUS/1157/2021, de 19 de octubre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, (turno libre), a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.
- Orden JUS/1158/2021, de 19 de octubre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/903/2019 de 9 de agosto, en el ámbito del Ministerio.
TOMA DE POSESIÓN:
Plazo de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.
Los
funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que pertenezcan ya al
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que
opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado,
bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días
hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial
correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
En
el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de
Tramitación Procesal y quisieran evitar un vacío en la continuidad de
sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la
Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del
Cuerpo de Gestión o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos
días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino
se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
En
el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra
Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el
traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a
estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de
excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión o Auxilio Judicial y el
cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma
de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal, al objeto de evitar
interrupción en la percepción de sus haberes.
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión efectiva del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes: