En el BOE del día 20 de diciembre se ha publicado el nombramiento como funcionarios de carrera y la adjudicación de destinos a los aprobados de la promoción interna al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, convocada por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo.
- Orden PJC/1353/2023, de 27 de noviembre por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, turno de promoción interna
- Orden PJC/1354/2023, de 27 de noviembre del Ministerio de Justicia por la que se otorgan destinos en el ámbito territorial no transferido a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/242/2022 de 24 de marzo.
El plazo de toma de posesión es de 20 DÍAS HÁBILES a contar a partir del día siguiente a la publicación en el BOE.
Los funcionarios destinados en virtud de esta Orden, que opten por permanecer en el cuerpo de Auxilio Judicial, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado,
bastando con que dentro del plazo de toma de posesión (20 días
hábiles), comuniquen, en su caso, a la Gerencia Territorial
correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas con
traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de L.O.P.J.
En
el caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el Cuerpo de
Tramitación P.A. y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus
servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar a la
Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del
Cuerpo de Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días. Estos
días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino
se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo
disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio.
En
el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra
Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el
traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a
estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de
excedencia voluntaria en el Cuerpo de Auxilio Judicial y el cese
automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de
posesión en el Cuerpo de Tramitación P.A., al objeto de evitar
interrupción en la percepción de sus haberes.
PERMISO R.D. 364/95
El personal funcionario que opte por permanecer en el nuevo puesto del Cuerpo de
Tramitación Procesal y Administrativa, tendrá derecho, a partir de la toma de posesión, al permiso retribuido
que establece la disposición adicional 5ª del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo; son tres días hábiles si el destino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta, del que se deducirían los días que se hubiesen solicitado para evitar el vacío de continuidad (uno, dos o tres días).
PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS DE TRASLADOS:
Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación P.A. a los que se otorga destino en virtud de esta Orden, no podrán participar en concursos de traslados para puestos genéricos del mismo cuerpo hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Orden. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 523.3 de la LOPJ.
FUNCIONARIOS INTERINOS:
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
COMUNIDADES TRANSFERIDAS:
Las adjudicaciones de destinos en las comunidades autónomas con las competencias transferidas son las siguientes: