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TELETRABAJO: L.O 1/2025 Y DESARROLLO NORMATIVO.


Como ya informamos el pasado mes de enero, la Disposición Adicional octava de la Ley Orgánica 1/2025, establece una regulación básica en materia de teletrabajo en el ámbito de la Administración de Justicia a nivel nacional.
La citada a Disposición Adicional llama a un desarrollo normativo de la propia Ley Orgánica.

En este sentido sabemos que el Ministerio y las CCAA con la competencia de Justicia asumida están elaborado un Acuerdo o protocolo marco de forma consensuada, que se llevará para su aprobación a la próxima conferencia sectorial de Justicia los primeros días de abril.

Una vez aprobada, cada ámbito  desarrollará ese Acuerdo marco para la aplicación del teletrabajo en su respectivo ámbito.

Habrá un Acuerdo marco, denominador común para toda la Administración de Justicia a nivel nacional y dentro de ese marco normativo habrá diferencias en función del desarrollo que haga cada Ámbito territorial.

Recordamos que en ámbito ministerio,  se llegó a un acuerdo en marzo del 2021 entre el Ministerio,  ccoo y STAJ,  para desarrollar y aplicar el teletrabajo, Acuerdo que no se llegó  a aplicar puesto que no pasó el dictamen positivo del Consejo de Estado debido al rango de la norma usada para la regulación del Teletrabajo.