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PUBLICADO EN EL BOE LA CREACIÓN DE 500 UNIDADES JUDICIALES.


En el BOE del día 9 de julio se ha publicado el Real Decreto 559/2026, de 8 de julio, de creación de quinientas unidades judiciales correspondientes a la programación de 2026 y de adecuación de la planta judicial.

Las plazas que se crean son correspondientes a Jueces y Magistrados, siendo en la Comunidad de les Illes Balears las siguientes:

En Palma:
  • Una plaza en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears.
  • Plaza número 3 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Palma. 
  • Plaza número 12 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Palma. 
  • Plaza número 16 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Palma. 
  • Plaza número 20 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Palma. 
  • Plaza número 25 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Palma. 
  • Plaza número 9 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Palma.
  • Plaza número 7 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Palma. 
En Inca:
  • Plaza número 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Inca.
  • Plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Inca.
En Manacor:
  • Plaza número 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Manacor. 
En Eivissa:
  • Plaza número 6 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Eivissa.
  • Plaza número 2 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Eivissa.
Fecha de entrada en funcionamiento de las plazas judiciales creadas:

1.  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.4 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, las plazas judiciales contempladas en los artículos 3.º, 4.º, 6.º, 7.º, 10.º; las plazas con categoría de juez o jueza del artículo 9.º; así como la plaza judicial constituida a que se refiere el artículo 13.º del presente real decreto, entrarán en funcionamiento el día 31 de diciembre de 2026. Asimismo, el inicio de actividad de las nuevas Secciones de las Audiencias Provinciales contempladas en el artículo 8 se producirá en el día 31 de diciembre de 2026
2.  Las plazas judiciales contempladas en al artículo 5.º y 9.º con categoría de magistrado o magistrada situadas en municipios sede de Tribunales Superiores de Justicia o Audiencia Provinciales o en sus sedes desplazadas entrarán en funcionamiento el 1 de junio de 2027
3.  El resto de las plazas no contempladas en los apartados 1 y 2 de esta disposición entrarán en funcionamiento el día 1 de noviembre de 2027. 

Esta creación de unidades judiciales no llevan aparejada el aumento de las plantillas de los cuerpos generales, únicamente se crean plazas de Jueces y Magistrados.