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RENOVACIÓN DE LOS REFUERZOS CON VENCIMIENTO 31 DE MAYO


Desde la Subdirección General del Ministerio de Justicia nos han informado que los refuerzos nombrados con anterioridad a la fecha 31 de diciembre de 2013 y recogido en el acuerdo publicado en el BOE en fecha 22 de enero de 2016, serán RENOVADOS hasta el día 30 de noviembre.
En cuanto al resto de refuerzos (los posteriores a la fecha del 31 de diciembre de 2013), y siempre y cuando se haya solicitado su renovación por el Tribunal Superior de Justicia, igualmente serán renovados hasta el día 30 de noviembre.

Hay que recordar que la consolidación de las plazas de refuerzo anteriores al 1 de enero del 2014 (el Ministerio ha prolongado el periodo de consolidación en un año), se va a realizar en varias fases.
En primer lugar consolidarán las plazas de refuerzo existentes en las ciudades donde hay NOJ, y posteriormente, en una segunda fase, se consolidarán las plazas de refuerzo en aquellas ciudades donde no hay NOJ (ver plazas pendientes de consolidar en Baleares).

Por lo tanto, esas plazas aún no están consolidadas, y están sujetas a la renovación, hasta que se consoliden.


PRÓXIMA MESA DE NEGOCIACIÓN PARA EL 1 DE JUNIO


El Ministerio de Justicia nos ha convocado a una reunión el próximo jueves 1 de junio de 2017, en donde vamos a mantener reunión de la Mesa de Negociación del Personal de la Administración de Justicia, con el siguiente Orden del día:

1. Información sobre las gestiones realizadas ante la Seguridad Social sobre las cotizaciones no registradas (Apartado Séptimo del Acuerdo de 18 de diciembre de 2015)
2. Desarrollo del compromiso Segundo del Acuerdo de 18 de diciembre de 2015: tratamiento de las reconversiones de los puestos de refuerzo en plazas de estructura, dentro de la Oficina Judicial (Letrados y funcionarios al servicio de la Administración de Justicia).
Hay que recordar que la consolidación de las plazas de refuerzo anteriores al 1 de enero del 2014 (el Ministerio ha prolongado el perido de consolidación en un año), se va a realizar en varias fases.
En primer lugar consolidarán las plazas de refuerzo existentes en las ciudades donde hay NOJ, y posteriormente, en una segunda fase, se consolidarán las plazas de refuerzo en aquellas ciudades donde no hay NOJ (ver plazas pendientes de consolidar en Baleares).
3. Proyecto de modificación de determinadas agrupaciones de secretarías de juzgados de paz en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
4. Oferta de Empleo de 2016: Bases comunes, convocatorias, programas, y calendario general. 
5. Ruegos y preguntas

CONCURSO DE TRASLADOS 2017


Se mantiene la publicación del concurso de traslados para el mes de junio, y dentro de la segunda quincena, probablemente para finales de mes.
La resolución del concurso será en fechas similares a los años anteriores, en principio para finales de noviembre o durante el mes de diciembre.
Salvo causas excepcionales, el Ministerio mantiene la idea de resolver y tomar posesión dentro del año 2017.

EL CGPJ APRUEBA LA ESPECIALIZACIÓN DE 54 JUZGADOS PARA CONOCER DE LOS LITIGIOS POR LAS CLÁUSULAS SUELO


A partir del 1 de junio, asumirán los asuntos de este tipo y otros relacionados con vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa que se registren en su provincia. Jueces en prácticas de la 67 promoción de la Escuela Judicial comenzarán a resolver esta clase de litigios desde ese mismo día en los juzgados especializados de quince grandes ciudades.

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy, por 6 votos a 2, la especialización de un total de 54 juzgados de Primera Instancia –uno por provincia en la península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear-, que a partir del próximo 1 de junio conocerán, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

El CGPJ lleva así a efecto el plan de urgencia en el que empezó a trabajar el pasado mes de febrero para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.

El plan estará inicialmente en vigor del 1 de junio al 31 de diciembre de 2017, pero podrá prorrogarse en caso necesario. 

Juzgados especializados en Baleares:

- Juzgado de Primera Instancia 17 de Palma (Mallorca)
- Juzgado de Primera Instancia 2 de Ibiza (Ibiza)
- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Mahón (Menorca)
- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Ciutadella (Menorca) 

REGISTRO CIVIL: PRÓRROGA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 20/2011


El Grupo Popular en el Senado ha presentado una enmienda a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria, en virtud de la cual, de aprobarse, se prorrogaría nuevamente la vacatio legis de la polémica Ley 20/2011, del Registro Civil, de forma que ésta entrará en vigor el 30 de junio de 2019

El registro de esta enmienda se produce dos meses después de que el Ministro de Justicia anunciara personalmente a los sindicatos integrantes de la mesa sectorial de Justicia nacional a mediados de marzo que estaba en conversaciones con diversos grupos parlamentarios con objeto de introducir una nueva prórroga a la entrada en vigor de la ley, dado que los intentos de modificación de la misma no habían obtenido el suficiente consenso entre los diversos colectivos. Según se recoge en la “justificación” de la enmienda, el Ministerio “decidió replantear la reforma del Registro Civil con el objetivo de alcanzar un consenso que cuente con los apoyos necesarios, tanto de los ciudadanos, como de los trabajadores, los sindicatos y los partidos políticos”, y “reafirma la voluntad de mejorar la gestión del Registro Civil para conseguir un servicio público de calidad, gratuito y cercano a los ciudadanos.” 

Ese consenso es evidente que aún no se ha logrado. STAJ no acepta una modificación que no contemple el mantenimiento de la estructura y demarcación actuales del Registro Civil, integrado en la Administración de Justicia, enteramente servido por funcionarios de Justicia, al menos en todos los municipios donde existan actualmente oficinas de Registro Civil servidas por funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia. Tampoco aceptamos que, poco a poco, se vacie de competencias registrales a las oficinas, especialmente a los Juzgados de Paz, mediante la semiprivatización de algunos trámites, como el expediente previo al matrimonio civil y religioso no católico, que podrá ser tramitado ante Notario, o los expedientes de nacionalidad, que únicamente podrán iniciarse de forma telemática, obligando en muchos casos a que los interesados tengan que acudir a servicios de gestoría privados para poder realizar el trámite.

Desde STAJ continuamos con las acciones encaminadas a lograr el objetivo de mantenimiento del Registro Civil dentro de la Administración de Justicia con su estructura y personal actual. Así, en unión con el resto de sindicatos de ámbito nacional, estamos manteniendo reuniones con diversas instituciones y Grupos Parlamentarios. 
 
 

CONCURSO DE TRASLADOS 2017: PLAZAS VACANTES EN EL PAÍS VASCO


Os facilitamos enlace a las plazas vacantes que se ofertarán en el próximo concurso de traslados en el ámbito del País Vasco.

VACANTES PAÍS VASCO

PLAZAS DEL RESTO DE ÁMBITOS

REGISTRO CIVIL. EL MINISTERIO SIGUE SIN PRESENTAR LA PRÓRROGA DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 20/2011


EL MINISTERIO DE JUSTICIA SIGUE CALLANDO ANTE EL FUTURO DEL REGISTRO CIVIL Y CONTINÚA SIN PRESENTAR UN PROYECTO ESCRITO DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 20/2011.

LOS FUNCIONARIOS HACEMOS UN LLAMAMIENTO AL MINISTERIO DE JUSTICIA  PARA QUE PRESENTE SU PROYECTO DE MODIFICACIÓN Y QUE SE REVIERTAN LAS REFORMAS QUE, SI NO SE MODIFICA LA LEY, ENTRARÁN EN VIGOR EL 30 DE JUNIO DE 2017, CON CONSECUENCIAS IRREPARABLES PARA EL FUTURO DEL REGISTRO CIVIL.


Descárgate esta información en PDF

El 30 de junio de 2017, fecha crítica para el presente y futuro del Registro Civil se acerca, y el Ministerio de Justicia sigue dando la callada por respuesta a las solicitudes sindicales para garantizar el futuro del Registro Civil, del empleo de quienes trabajan en el mismo, y el mantenimiento de las Oficinas de Registro Civil en todos los Partidos judiciales y los Juzgados de Paz y Agrupaciones, pues la pérdida de competencias en esta materia afectará de forma definitiva a la demarcación futura del Registro Civil y al empleo en nuestra Administración.

Todos los sindicatos hemos presentados propuestas para la reforma de la Ley 20/2011, de Registro Civil, a fin de garantizar su carácter de servicio público integrado en la Administración de Justicia, gratuito, cercano a los ciudadanos y servido en exclusiva por personal de la Administración de Justicia, con mantenimiento de Oficinas Generales de Registro Civil en todos los Partidos judiciales y con los Juzgados de Paz como Oficinas Delegadas del Registro Civil. Tras las contradictorias manifestaciones del Ministerio de Justicia respecto de la planta del Registro Civil, asegurando ante las organizaciones sindicales el mantenimiento de la actual planta de oficinas de Registro Civil pero presentando ante las Comunidades Autónomas con transferencias una propuesta de modificación de la Ley 20/2011 que sólo garantiza el mantenimiento de los Registros Civiles exclusivos, uno por Comunidad Autónoma y uno por isla, y que confirmaba la desaparición de las competencias sobre Registro Civil en los Juzgados de Paz, desde las organizaciones sindicales se solicitó una reunión con el Ministro de Justicia. Dicha reunión tuvo lugar el 29 de marzo, y en ella el Ministro informó sobre su intención de prorrogar la vacatio legis de la Ley 20/2011 uno o dos años más, y volvió a asegurar que mantendrán todos los Registros Civiles de todos los Partidos Judiciales y las competencias en esta materia de los Juzgados de Paz. Las organizaciones sindicales solicitamos al Sr. Ministro compromisos por escrito en esta materia, sin que el Ministerio haya presentado hasta la fecha borrador alguno de modificación de la Ley 20/2011 que contenga esos compromisos.

Por otro lado, la Ley de Jurisdicción Voluntaria dispone que, a partir del 30 de junio de 2017, se permitirá a los Notarios tramitar los expedientes previos a los matrimonios civiles o en forma religiosa no católica, y el Real Decreto 1004/2015, por el que se aprobó el Reglamento de adquisición de la nacionalidad española por residencia, establece el 30 de junio de 2017 como fecha límite en que los ciudadanos extranjeros pueden presentar las solicitudes de nacionalidad a través de los Registros Civiles, además de a través de otros organismos públicos o mediante operadores privados (abogados, procuradores, graduados sociales). El Ministerio sigue dando la callada por respuesta también en estos temas.

La aplicación de estas dos normas, sin modificación alguna, a partir del 30 de junio de 2017, tendría unas consecuencias nefastas para el Registro Civil. Si los Juzgados de Paz pierden su competencias para instruir expedientes previos de matrimonio civil (lo que es muy probable dada la redacción de la norma que va a entrar en vigor) o para recibir solicitudes de nacionalidad española y si los Registros Civiles no exclusivos no pueden recibir dichas solicitudes de nacionalidad y tienen que compartir con los Notarios su competencia para tramitar expedientes de matrimonio civil, la pérdida de competencias podría justificar en un futuro cercano la desaparición de dichas Oficinas principales y delegadas de Registro Civil. Si en los Registros Civiles hoy exclusivos no son competentes para recibir solicitudes de nacionalidad y tienen que compartir competencia con los Notarios en materia de expedientes de matrimonio civil, siendo ambos expedientes los que más recursos humanos precisan en dichos Registros, a corto plazo se podría producir una reducción significativa de su personal. Se acabaría la proximidad del Registro Civil a los ciudadanos, que también dice defender el Ministro Catalá, y además de todo ello, se abriría definitivamente la puerta a la privatización de otros expedientes que actualmente se tramitan en el  Registro civil, privatización que entra dentro de los anhelos de colectivos poderosos privados, que hoy amenazan a la Administración de Justicia.


Seguiremos estudiando y consensuando cuantas propuestas de acción sean precisas llevar a cabo en este mes y medio para garantizar el futuro del Registro Civil, y que iremos anunciando.


ESCALAFONES DE GESTIÓN, TRAMITACIÓN Y AUXILIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado la siguiente información sobre los Escalafones de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, en las situaciones de activo y excedencia, donde se indica que se encuentran publicados en el Portal del funcionario de la Administración de Justicia, dentro del Área Privada.

Concurso de traslados 2017.

El Ministerio de Justicia nos ha comunicado que el concurso de traslados se convocará durante el mes de junio, sin precisar fechas.

Dirección del portal: www.administraciondejusticia.gob.es

NUEVA OFICINA JUDICIAL: DISEÑO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA N.O.J. EN IBIZA, MENORCA, INCA Y MANACOR.


En el BOE del lunes 15 de mayo se publica la Orden JUS/415/2017, de 27 de abril, por la que se determinan los modelos de estructura y organización de la Oficina Judicial en determinados Partidos judiciales del ámbito territorial del Ministerio de Justicia.

La presente Orden tiene por objeto la determinación y la asignación de los modelos de estructura y organización de la oficina judicial en los Partidos judiciales en los que aún no se ha implantado la NOJ. Más concretamente se refiere al número de Servicios Comunes procesales (Serv. común General, Serv. común de Ordenación de Procedimiento y Serv. comun de Ejecuciones) que habrá en cada N.O.J de cada localidad. Esto no significa en absoluto que se vaya a implantar próximamente la N.O.J. Esta Orden estaba pendiente de publicar desde finales del año 2015, pero no se publicó durante el año 2016.

Para ello se establecen cuatro niveles de organización:
a) Modelo I: Integrado por una unidad procesal de apoyo directo que asumirá la totalidad de las funciones procesales que le son propias, sin ningún servicio común procesal. Aplicable a los 36 Partidos judiciales dotados de juzgado mixto único que se recogen en el anexo.

b) Modelo II: Integrado además de las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General, pudiéndose configurar una sección que asuma la ejecución de los procedimientos. Aplicable a los 46 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

c) Modelo III: Formado además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General y por un Servicio Común Procesal de Ejecución. Aplicable a los 9 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

d) Modelo IV: Integrado además de por las correspondientes unidades procesales de apoyo directo, por un Servicio Común Procesal General, un Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento y un Servicio Común Procesal de Ejecución. Aplicable a los 10 Partidos judiciales que se recogen en el anexo.

Para el caso de las Islas Baleares, la estructura de la Nueva oficina judicial queda:

 Modelo I                Modelo II                 Modelo III                Modelo IV    
    –                   Ciutadella de Menorca.            Inca.                         Ibiza.
                                      Mahón.                   Manacor.

CONCURSO DE TRASLADOS 2017: PLAZAS OFERTADAS EN CANTABRIA


La Dirección General de Justicia nos ha remitido las plazas a ofertar por la Comunidad Autónoma de Cantabria en el próximo concurso de traslados.

PLAZAS DE CANTABRIA

PLAZAS DEL RESTO DE ÁMBITOS 

OPOSICIONES 2016: MODIFICACIÓN A LA CONVOCATORIA DE LETRADOS ADM. JUSTICIA


En el BOE del martes 16 de mayo, se ha publicado la Orden JUS/424/2017, de 10 de mayo, por la que se corrigen errores en la Orden JUS/381/2017, de 28 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

La corrección se refiere a la letra que marca el orden de actuación de los aspirantes, tanto en el turno libre como en la promoción interna, quedando fijada en la letra "Ñ".
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por esa letra, el orden de
actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra “O”, y así sucesivamente.

BOLSA DE INTERINOS DE BURGOS: LISTADO PROVISIONAL


En la página del Ministerio de Justicia se ha publicado Resolución de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de Castilla y León en Burgos, por la que se aprueba provisionalmente la baremación de los aspirantes a las Bolsas de trabajo de interinos de los Cuerpos de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial al servicio de la Administración de Justicia, de las provincias de Ávila, Burgos, Segovia y Soria.

RESOLUCIÓN 11 mayo 2017 

Los interesados dispondrán de diez días hábiles, a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución, para efectuar reclamaciones.

En el mismo plazo de reclamaciones, los aspirantes que hayan sido seleccionados en más de una bolsa y de conformidad con lo establecido en el art. 9 de la orden Ministerial JUS/2996/2005, y en la propia convocatoria de la bolsa, deberán optar por la bolsa que deseen formar parte. Transcurrido este plazo sin ejercitar dicha opción serán incluidos en la bolsa en la que ocupen mejor posición.

MUTUALIDAD-BBVA. CONSTITUIDA LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO


El día 20 de abril de 2017 quedó constituida la Comisión de Seguimiento MUGEJU – BBVA en relación con los productos financieros que ofrece BBVA a los mutualistas de MUGEJU y a los empleados públicos que prestan sus servicios en la Mutualidad. 

El objetivo de la Comisión, que se reunirá con carácter semestral o cuando lo solicite alguna de las partes, es contar con un cauce de interlocución habitual e institucionalizado entre MUGEJU y BBVA para analizar la evolución de los productos y servicios que ofrece BBVA al colectivo de MUGEJU, así como para que el Banco ofrezca información a MUGEJU de las diferentes ofertas y condiciones especiales que se pongan a disposición de los mutualistas y las correspondientes actualizaciones de las mismas.

Las principales novedades que se presentaron en la citada reunión por parte de BBVA para los mutualistas y empleados públicos de MUGEJU fueron las siguientes:

  • Propuesta de mejora de las condiciones de las hipotecas a tipo fijo que actualmente oferta el banco.
  • Creación de un nuevo programa de colaboración denominado “Familia MUGEJU”, a fin de ofertar las condiciones preferentes de productos y servicios financieros para familiares de mutualistas en primer grado (cónyuges e hijos), poniendo el foco en la financiación de los estudios, a través del nuevo “Préstamo Estudios”. Para acceder a este programa es necesario acreditar documentalmente la condición de familiar mediante Libro de familia o similar y documento acreditativo del mutualista (Tarjeta Sanitaria o de afiliación como mutualista /nómina/...)

Toda la información concreta sobre los productos y servicios ofertados por BBVA a MUGEJU estará a disposición de los mutualistas en la página web de la Mutualidad.
Se recuerda que para acceder a las condiciones especiales ofertadas por BBVA es necesario estar identificado como mutualista de MUGEJU ante el Banco. 
 
 

BOLSA DE INTERINOS ISLAS BALEARES. ACTUALIZACIÓN MES DE MAYO.


Para un mayor control y transparencia en los llamamientos de los interinos, STAJ Baleares sigue publicando la actualización de las bolsas.
En la última actualización, a fecha 4 de mayo del 2017, los próximos llamamientos de las bolsas de interinos se efectuarán desde los siguientes puestos:

ISLA DE MALLORCA:

-GESTIÓN:  DOS PERSONAS EN LA BOLSA.  DESPUÉS SE LLAMARÁ AL NÚMERO 84 DEL CUPO DE RESERVA SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA.
-TRAMITACIÓN: TRES PERSONAS EN LA BOLSA. DESPUÉS SE LLAMARÁ AL NÚMERO 139 DEL CUPO DE RESERVA SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA.
-AUXILIO: DOS PERSONAS EN LA BOLSA. DESPUÉS SE LLAMARÁ AL NÚMERO 122 DEL CUPO DE RESERVA QUE HA SIDO REACTIVADA CONTIUANDO LUEGO POR EL NÚMERO 127, SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA.

ISLA DE IBIZA-FORMENTERA:

-GESTIÓN: TRES PERSONAS EN LA BOLSA. DESPUÉS SE LLAMARÁ AL NÚMERO 32 DEL CUPO DE RESERVA, SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA.
-TRAMITACIÓN: LA BOLSA ESTÁ AGOTADA. DESPUÉS SE LLAMARÁ AL PUESTO 80 DEL CUPO DE RESERVA, SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA. HAY 4 PERSONAS DEL CUPO DE RESERVA AFECTADAS POR ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ART. 17 DE LA ORDEN JUS2296/2005.
-AUXILIO: UNA PERSONA EN LA BOLSA; PASAMOS AL PUESTO 41 DEL CUPO DE RESERVA, SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA. HAY 1 PERSONA DEL CUPO DE RESERVA AFECTADAS POR ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ART. 17 DE LA ORDEN JUS2296/2005.

ISLA DE MENORCA:

-GESTION: UNA PERSONA EN LA BOLSA. DESPUÉS PASAMOS AL PUESTO 36 DEL CUPO DE RESERVA SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA. HAY 2 PERSONA DEL CUPO DE RESERVA AFECTADAS POR ALGUNO DE LOS SUPUESTOS DEL ART. 17 DE LA ORDEN JUS2296/2005.
-TRAMITACIÓN: LA BOLSA ESTÁ AGOTADA. DESPUÉS PASAMOS AL CUPO RESERVA PUESTO 33, SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA.
-AUXILIO: UNA PERSONA EN LA BOLSA. LUEGO SE LLAMARÁ AL PUESTO NUM. 18 DEL CUPO DE RESERVA SALVO QUE SE INCORPORE ALGUNA OTRA PERSONA EN LA BOLSA POR CESE O TRASLADO DE BOLSA. NO HA HABIDO CAMBIOS CON RESPECTO A LA ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN.


*NOTA: HAY QUE TENER EN CUENTA QUE ALGÚN PUESTO PUEDEN ESTAR AFECTADOS POR EL ART. 17.4, ASÍ COMO LOS CESES QUE SE PRODUZCAN CON MENOS DE 12 MESES TAL COMO DICE EL ART. 18.2, AMBOS DE LA ORDEN DE JUS/2296/2005 SOBRE SELECCIÓN, PROPUESTA Y NOMBRAMIENTO DE INTERINOS. TAMBIÉN POR INCORPORACIONES COMO CONSECUENCIA DE RESOLUCIONES DE RECURSOS DE ALZADA.

Actualización anterior fecha de 30 de marzo.

MUGEJU: NUEVA CIRCULAR (INCOMPATIBILIDAD Y AFILIACIÓN)


En la página de MUGEJU se ha publicado nueva circular de afiliación (núm.89) de 24 de abril de 2017 de adaptación de las circulares 87 y 88 a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como de actualización de los procedimientos de cruce en la depuración de la base de datos de afiliados y beneficiarios.


Principales modificaciones a las circulares 87 y 88

-Incompatibilidad con la condición de beneficiario
a) Tener la condición de beneficiario con otro titular mutualista con el que también tenga el derecho a ser incluido. En estos casos, el beneficiario deberá optar por su inclusión con un solo titular del derecho.
b) La condición de mutualista obligatorio.
c) La pertenencia a otro Régimen del Sistema de Seguridad Social, ya sea como asegurado o como beneficiario.

-Reglas de prelación de derechos.

-Procedimiento de alta de beneficiarios.
.El reconocimiento de la condición de beneficiario compete a la Mutualidad General Judicial.
.La petición de reconocimiento de la condición de beneficiario se formulará por el titular.
.La petición se realizará a la Delegación Provincial de la MUGEJU (Modelo normalizado A-3)
.El derecho nace en la fecha de recepción de la solicitud de alta en la Delegación.
Excepción en el caso del hijo recién nacido de madre mutualista por derecho propio, cuya fecha de inclusión será la fecha de nacimiento, siempre que sea presentada la solicitud dentro del primer mes de vida. Transcurrido dicho mes, la inclusión queda condicionada al cumplimiento de los trámites normales de admisión de beneficiarios.
Si el alta provisional no derivase en definitiva, se dictará resolución motivada, y se procederá, en su caso, a exigir el reintegro de las prestaciones que el interesado hubiera podido percibir durante el período de alta provisional.
.No se comunicará su alta al organismo o la entidad que preste la asistencia sanitaria, hasta que no se haya reconocido, definitiva o provisionalmente, el derecho de su inclusión en la MUGEJU.
.En el caso de asistencia sanitaria urgente para un beneficiario que aún no se hubiera aprobado su admisión, se consultará con el Área de Asistencia Sanitaria de los Servicios Centrales de MUGEJU.

-Cruce de datos con las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.
.Se realizarán cruces de periodicidad mensual con las entidades Gestoras de la S. Social.
En caso de detectarse duplicidad la Mutualidad enviará una carta a las personas afectadas o un correo electrónico, a fin de proceder a regularizar la situación. A partir de ese momento el beneficiario afectado pasará a la situación de sin derecho a prestación.
Si transcurrido tres meses el beneficiario continúa en la situación de duplicidad la Mutualidad actuará de oficio iniciado el procedimiento de baja, y se le otorgará un plazo de 10 días para alegaciones y aportar documentación. Pasado este plazo se resolverá o bien con la baja o con el mantenimiento del alta en la Mutualidad.

-Reingreso.
.Una vez finalizado el período de cobertura sanitaria por otro Régimen de la Seguridad Social, el mutualista tiene siempre que volver a presentar la solicitud de reingreso para su Alta en el Impreso A-3, o Impreso A-2 (viudos y huérfanos).

                                                                                                                                                              

OPOSICIONES 2016: CONVOCATORIA LETRADOS ADM. JUSTICIA


En el BOE de hoy jueves, se ha publicado Orden JUS/381/2017, de 28 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. 

Convocatoria
Programa

Se convocan un total de 91 plazas de las cuales 70 son para el turno libre, incluidas 5 reservadas para el cupo de reserva de personas con discapacidad. Para la promoción interna se ofertan 21 plazas, 1 de ellas para el cupo de reserva de personas con discapacidad.

La fecha del primer examen de la promoción interna se anunciará en la resolución provisional de admitidos y excluidos, y se prevé su realización para el mes de Septiembre de 2017. El primer ejercicio del turno libre está previsto que se realice en Noviembre de 2017. En todo caso será anterior a la finalización del segundo ejercicio de la promoción interna.

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán presentar el modelo 790, código 007 en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, desde mañana, previo ingreso de la tasa de examen, 14,95 € para la promoción interna y 29,89 € para el turno libre.