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UN LETRADO DE LA ADM. DE JUSTICIA PAGA UNA MULTA DE 3.000 EUROS POR TRATO DESCONSIDERADO A LOS FUNCIONARIOS A SU CARGO


El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado la sanción impuesta al Letrado de la Administración de Justicia de un Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, de 3000 euros de multa, por el trato desconsiderado con el que trataba a los funcionarios a su cargo.

Se trata de una sentencia dictada el pasado 31 de marzo de 2017, pero que ha salido a la luz recientemente (STSJ Canarias de 31 Marzo 2017, Rec. 80/2016 (LA LEY 117309/2017))

El comportamiento del Funcionario fue calificado como una falta grave prevista en los artículos 468 bis (LA LEY 1694/1985) 2 de la LOPJ y 155.8 del ROCSJ.

La sentencia relata como el Letrado de la Administración de Justicia se dirigía a una compañera nuestra con expresiones tales como “me importa una mierda cuando haya hecho usted la estadística”, “parece usted tonta”, "parece una paleta de pueblo" o “gilipollas”, todo ello gritando”. “Usted aguantará todo lo que tenga que aguantar, porque está aquí por el bolsillo”. “¿dónde cojones estaba usted metida? ¿qué mierda ha estado usted haciendo hasta ahora?”.

Igualmente queda fijado como hechos probados que “En la oficina judicial y en voz alta con carácter general se utilizó por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia expresiones como “me suda los cojones”, “joder”, “me suda la polla”, “todos son una manada de gilipollas, incompetentes, funcionarios interinos de mierda, que el sistema judicial es una puta mierda”, los que están en el juzgado no sirven, sobre todo las mujeres, son una manada de chachas que no sirve ninguna ni para hacer una hamburguesa vuelta y vuelta. Si de mí dependiera cortaría cuellos y me quitaría del medio a todos los funcionarios interinos y de los funcionarios que hayan sido nombrados a dedo”.

Tras el examen de la prueba practicada la Sala concluye que la conducta que se le imputa al funcionario existió y por tanto la infracción administrativa de falta grave de consideración con los funcionarios del Juzgado. Las palabrotas y expresiones malsonantes formaban parte de su lenguaje cotidiano, pero aunque ello sea así, no existe razón alguna para que los funcionarios a su cargo tuvieran que soportar el trato y las expresiones utilizadas.

El Tribunal añade que todo esto no es lo que se espera de un Letrado de la Administración de Justicia, que tiene el privilegio de dirigir una oficina judicial. En el procedimiento quedó constatado que se le dieron oportunidades para corregirse.

Puntualiza finalmente que el Letrado debe ser consciente de que su conducta repercute negativamente en sus funcionarios, debiendo ser corregida y reconducida para mejorar las condiciones de trabajo y la prestación del servicio público.

El Tribunal desestima por tanto el recurso interpuesto por el Letrado y confirma la Resolución del Secretario General de la Administración de Justicia que le impuso la sanción de 3.000 euros. Además, se le condenó a las costas generadas.

Por otra parte, se está pendiente de sentencia ante la jurisdicción social, una demanda por la que se piden responsabilidades a la Comunidad Autónoma por el incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

Fuente: diariolaley