La Orden JUS/2538/2013 sobre Calendario Laboral para el personal al servicio de la Administración de Justicia de ámbito del Ministerio, establece en su artículo 7. Vacaciones y permisos, letra g) lo siguiente:
"...Así mismo, por Resolución de la Dirección General de Relaciones con la
Administración de Justicia, se incorporará en cada año natural, y como
máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales
de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no
sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho
año."
Pues bien, este año 2020 se podrá disfrutar de otro día adicional de permiso por asuntos particulares dado que el día 15 de agosto de 2020 es festivo Nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, y coincide en sábado.
Este aumento de día adicional ya figura en la aplicación Ainoa para su disfrute, por lo que a los días de asuntos particulares que a cada uno le corresponda, según la antigüedad que se tenga, aparece un día más.