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PRUEBAS DE NIVEL DE CATALÁN: ABIERTO PLAZO PARA LA INSCRIPCIÓN A LAS PRUEBAS DE LENGUA CATALANA-ENERO 2025.

En la página del Instituto de Estudios Baleáricos se ha publicado la convocatoria de enero de 2025 para realizar las pruebas de todos los certificados de conocimientos generales (A2, B1, B2, C1 y C2) y del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo (LA).

Para inscribirse a las pruebas de los certificados de conocimientos generales, no se tiene que acreditar ningún nivel previo. Para inscribirse a las pruebas del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, se tiene que acreditar, como mínimo, el nivel C1 de lengua catalana.

Las bases de la convocatoria establecen que sólo os podéis inscribir a un solo certificado. Sólo es posible inscribirse a la vez a las pruebas del nivel C2 y de lenguaje administrativo. En caso de hacer la inscripción a más de un certificado, conviene que tengáis en cuenta lo siguiente:

  • En la lista provisional de admitidos y de excluidos constaréis como excluido de todos los niveles a los que os habéis inscrito.
  • En el plazo de subsanación tendréis que elegir el nivel del que os queréis examinar, por lo cual en la lista definitiva de admitidos y de excluidos constaréis como admitido del nivel elegido y como excluido del resto de niveles a los que os habéis inscrito.
  • No se devuelven las tasas de la inscripción de los niveles en los que quedáis excluido por inscripción a más de un nivel, porque no es un error imputable a la Administración.
Los examinandos serán convocados para cada prueba (escrita y oral) en llamamiento único. Quienes no comparezcan serán excluidos de la prueba. 

Todas las personas que se presenten a la prueba escrita serán convocadas a la prueba oral.

No se guarda la puntuación de ninguna área para próximas convocatorias. Si alguna persona acredita una causa de fuerza mayor, podrá solicitar que se le guarde la nota de la prueba escrita, en caso de que sea apta, para la convocatoria siguiente, en la cual sólo será convocada a la prueba oral.

Para ser apto de la prueba, la puntuación mínima de cada área es de 60 puntos.


CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA

  • Plazo de inscripción: del 15 al 29 de octubre
  • Publicación de listas provisionales de admitidos y excluidos: 13 de noviembre
  • Plazo para subsanar: del 14 al 20 de noviembre
  • Publicación de listas definitivas de admitidos y de excluidos: 4 de diciembre
  • Publicación de la asignación del centro y de los turnos de entrada: 20 de diciembre
  • Pruebas:

 

Prueba escrita

Prueba oral

A2

15 de enero (tarde)

30 de enero (tarde)

B1

11 de enero (mañana)

22 de gener (tarde)

B2

18 de enero (mañana)

1 de febrer (mañana)

C1

11 de enero (mañana)

25 de enero (mañana)

C2

18 de enero (mañana)

4 de febrer (tarde)

LA

28 de enero (tarde)

  • Publicación de resultados provisionales: 20 de febrero, a partir de les 15 h
  • Plazo para solicitar revisión y trámite de vista: del 21 al 24 de febrero
  • Publicación de los resultados definitivos: 27 de marzo, a partir de las 15 h


INSCRIPCIÓN

Inscripción telemática


Pago: el asistente del trámite enlaza con el web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB), desde donde se puede hacer el pago de la tasa con tarjeta bancaria.

Para poder hacer el trámite telemático es necesario disponer de DNI electrónico o certificado digital (Cl@ve Permanente).

* No se puede hacer el trámite con Cl@ve PIN o Cl@ve móvil.

Acceda a la Sede Electrónica para formalizar el trámite telemático.

Inscripción presencial

Pago

Se tiene que hacer el pago a través del web de la ATIB.

Organismo: Consejería de Turismo, Cultura y Deportes → Tasa por la matrícula para las pruebas de lengua catalana

Hay dos opciones:

Imprimir el modelo 046 i realizar el pago de forma presencial en una entidad bancaria colaboradora.
Realizar el pago telemático e imprimir el justificante de pago.

Documentación que se tiene que presentar

  • La solicitud correctamente rellenada y firmada. Modelo de solicitud de inscripción
  • El justificante de pago de la tasa correspondiente.
  • Si procede, la documentación que acredite alguna de las situaciones que dan derecho a la bonificación o exención de la tasa.