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STAJ BALEARES PRESENTA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO POR LA FALTA DE MATERIAL HIGIÉNICO-SANITARIO. NO SE PROPORCINA MASCARILLAS A LOS FUNCIOANARIOS/AS.


Son muchos los compañeros que se han dirigido al Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia STAJ- BALEARES-, denunciando que en el día de hoy no se les ha proporcionado mascarillas a su llegada al centro de trabajo.

Ante tal hecho STAJ -BALEARES- ha interpuesto la correspondiente denuncia ante la Inspección de Trabajo, y que sea el Ministerio quien de explicaciones a la Inspección de Trabajo de porqué eso es así.

Es la segunda ocasión que STAJ-BALEARES presenta denuncia ante la Inspección de Trabajo los por los mismos, o similares hechos. La primera fue el día 20 de marzo.

Si bien es cierto que la Orden JUS/394/2020, de esquema de salud laboral y el plan de desescalada , en los primeros epígrafes del punto 8 minimiza y relativiza el uso de mascarillas (1), en el punto 8.6 de la citada Orden sí que se recoge que se dispondrá de mascarillas y que se distribuirá una mascarilla por persona/días y un par de guantes por persona/dia.

Además, la ORDEN SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, señala en su artículo 3 que el uso de mascarilla será obligatorio entre otros, en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Actualmente en la Administración de Justicia nos encontramos en fase 2 de reinicio de la actividad judicial. Eso supone la presencia del 70% de la plantilla, la concurrencia de justiciables y profesionales a los edificios judiciales e incluso el señalamiento de vistas orales, si bien es cierto que con control de acceso a los edificios. La actividad judicial se irá incrementándose paulatinamente, y creemos que no se puede admitir que no se proporcione material de protección.

( 1) El hecho de que la Orden JUS/394/2020 minimice y relativice el uso de mascarillas creemos que se debe a que el Ministerio no está en condiciones de garantizar el suministro continuo y constante de ese material, y con esa Orden dispone de un argumento jurídico para no proporcionarlo. No obstante, entra en contradicción con lo señalado en la Orden SND/422/2020.

EVALUACIÓN DE LOS TRABAJADORES ESPECIALMENTE SENSIBLES AL COVID-19 ( CON PATOLOGÍAS PREVIAS)


La Unidad de Coordinación de Riesgos Laborales que constituye el servicio de prevención de los trabajadores de la Administración de Justicia del ámbito no transferido, ha remitido un correo electrónico a las Gerencias Territoriales para que estas comuniquen a todos los trabajadores que de acuerdo con lo establecido en el apartado 10 de la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, teniendo en cuenta la reincorporación escalonada y presencial a los centros de trabajo propuesta por las autoridades competentes, se va a proceder a la evaluación de los trabajadores especialmente sensibles a coronavirus ( trabajadores con patologías previas).

De acuerdo con el Procedimiento de Actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al covid-19, publicado por el Ministerio de Sanidad, los grupos de riesgo son los siguientes:
•             Enfermedades crónicas:
•             Procesos Cardiovasculares (incluida hipertensión).
•             Pulmonar.
•             Diabetes.
•             Alteración del sistema inmunitario (inmunodeficiencias, cáncer en fase de tratamiento activo, tratamiento con corticoides, otras…).
•             Edad avanzada (> 60 años).
•             Embarazo/lactancia.

Para ello, los Letrados AJ se encargarán de recopilar los datos de los trabajadores y remitirlo a la Unidad de Coordinación de Riesgos Laborales, concretamente: nombre y apellidos, DNI, fecha de nacimiento, teléfono, correo electrónico, centro de trabajo, localidad, provincia, puesto de trabajo, si se le ha aplicado o se le puede aplicar la opción de teletrabajo, la fecha en la que el trabajador comunica su sensibilidad, así como las observaciones que, en su caso, se estimen.

Una vez recibida dicha información, la UCRL establecerá el nivel de riesgo, y determinará, caso por caso, la necesidad de valoración por parte de su médico a los efectos que procedan.

Recuerden que a los compañeros que están en situación de deber inexcusable, también se les está requiriendo para que en el plazo de 5 días acrediten documentalmente la concurrencia de los supuestos para su concesión, y la imposibilidad de compatibilizar el deber inexcusable con la asistencia al puesto de trabajo, de cara a su posible reincorporación en la fase II.


SUMINISTROS DE EPI´s A LOS JUZGADOS DE PAZ.


Desde la Gerencia territorial del Miniserio de Justicia en las Islas Baleares nos han informado que el suministro de los EPI´s a los Juzgados de Paz se hará a través del Cuerpo de Seguridad de los edificios judiciales, del respectivo Partido judicial. Por lo tanto, ya no se hará a través de los Decanatos de cada Partido Judicial.
Para ello hay que envíar un correo electrónico al departamento de suministros de Gerencia. El correo es: suministros.illesbalears@mju.es

En el correo se comunicará el Juzgado de Paz de que se trata, la necesidad de EPI´s y de la cantidad de material que se precisa.
El departamento de suministros se pondrá en contacto con la Seguridad del edificio, que está a cargo de la custodia del material, para que lo pongan a disposición del funcionario/a que se desplace al edificio a recoger dicho material. El material lo entregará el agente de seguridad.

LOS SEIS SINDICATOS MAYORITARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA RECLAMAN AL MINISTRO CAMPO LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL NO JUDICIAL NI FISCAL EN LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE LA SITUACIÓN DE LA CRISIS DEL COVID-19


Exigimos asimismo que se inicie, de inmediato, la negociación colectiva de los planes de reactivación de la actividad procesal anunciados y, también, de la implantación de los sistemas de teletrabajo, materias ambas que afectan directamente a las condiciones de trabajo del personal funcionario.

La nota de prensa del Ministerio de Justicia emitida tras la reunión de la Comisión de Coordinación del pasado viernes, pone de manifiesto que el ministro Campo sigue sin aceptar que los trabajadores y trabajadoras de Justicia estemos representados en los órganos donde se toman las decisiones que afectan a nuestra salud laboral y condiciones de trabajo.

En la nota de prensa el Ministro agradece el esfuerzo del personal de Justicia en el mantenimiento de los servicios esenciales y ese reconocimiento es muy importante. 

No obstante, el Ministro se olvida que su obligación, incluso en una situación como la que padecemos ahora, es la de negociar con la representación sindical cualquier plan de agilización que pretenda poner en marcha incluyendo la implantación de sistemas de acceso remoto desde el domicilio para favorecer el teletrabajo empezando por las iniciativas, o “buenas prácticas” como las denomina en su nota de prensa, que se están poniendo en marcha, de forma unilateral y sin tener competencias para ello, por la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional y por los Tribunales Superiores de Justicia de Murcia y Madrid,

Una obligación legal de negociar, puesto que el derecho fundamental de negociación colectiva no se ha suspendido por el estado de alarma, pero también un instrumento necesario para conseguir la colaboración de todos tal y como, el mismo, solicita. 

Por todo lo anterior, los sindicatos hemos remitido al Ministro de Justicia Juan Carlos Campo el siguiente escrito:

“STAJ, CSIF, CCOO, UGT, CIG y ELA, sindicatos integrantes de la mesa de negociación del Ministerio de Justicia y representantes de más del 80% de las 55.000 personas que constituyen el personal funcionario no judicial ni fiscal de la Administración de Justicia, por medio del presente solicitamos la convocatoria inmediata, al amparo del art. 34.6 y DA y el apartado 1. b) de la D.A. 12ª del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, de la Mesa de negociación del Ministerio de Justicia para abordar los siguientes temas:

1.- Integración de estas organizaciones sindicales en la Comisión de coordinación de la situación de crisis creada al amparo de la Orden SND/261/2020, en la misma situación en que están integrados, además del Ministerio de Justicia y las CCAA con competencias en medios personales y materiales; el Consejo General de Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía.

2.- Participación de estas organizaciones sindicales, desde el primer momento, en el diseño, planificación e implantación en cualquier plan de actuación o de agilización que se pretenda poner en marcha en la Administración de Justicia, empezando en los planes que ya han sido objeto de anuncio en el BOE y abordados en las dos últimas reuniones de la Comisión de seguimiento antes citada, para las jurisdicciones social, contencioso-administrativa y juzgados de lo mercantil, dado que dichos planes afectan a las condiciones de trabajo del personal al que representamos.

3.- Negociación de la implantación de cualquier plan de acceso remoto desde el domicilio o sistema de teletrabajo en lo que concierne a los cuerpos funcionariales de Letrados/as de la Administración de Justicia, Médicos Forenses, cuerpos generales de la Administración de Justicia y cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En este sentido, le recordamos que estos sistemas de trabajo no pueden ser implantados unilateralmente por la administración ni pueden ser ordenados por los órganos de gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia ni otros organismos sin competencias en la determinación de las condiciones de trabajo del personal funcionario.

4.- Instamos igualmente a ese Ministerio a que dé traslado inmediato a las organizaciones sindicales del texto de cualquier proyecto que haya sido elaborado ya en relación con las anteriores cuestiones, para su estudio por los representantes del personal.

Los seis sindicatos entendemos que el derecho de participación, información y consulta a los trabajadores que es la base de la negociación colectiva se fundamenta entre otras razones, en el conocimiento que tenemos de primera mano sobre la realidad de la Administración de Justicia.”


STAJ BALEARES PRESENTA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO POR LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y LA FALTA DE MATERIAL HIGIÉNICO-SANITARIO.




El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ- en Baleares ha presentado denuncia ante la Inspección de Trabajo por las condiciones de precariedad en las que los funcionarios de Justicia que realizan funciones de guardia están prestando el servicio (Juzgados de Guardia y de VIO).



STAJ se ha dirigido a la Inspección de trabajo, mediante denuncia escrita,  para poner en conocimiento los hechos que están ocurriendo en la Administración de Justicia, por si las acciones y omisiones de los sujetos responsables pudieran constituir un delito contra el derecho de los trabajadores de la Administración de Justicia, o en su defecto una infracción en el Orden social y sancionadas en la normativa del  Orden social.

Los funcionarios/as que prestan servicios en los distintos Órganos Judiciales de las Islas Baleares se están viendo obligados a trabajar sin las suficientes garantías higienico-sanitarias para proteger su salud ante el covid-19.
Desde STAJ nos hemos refiero especialmente a aquellos funcionarios que están prestando servicios de guardia, con concurrencia de personal a las dependencias judiciales; Juzgado de guardia, Juzgados de violencia sobre la mujer, básicamente.
Señalar que en el resto de Juzgados no se está atendiendo a los ciudadanos, y a pesar de que la plantilla que debe acudir a su puesto de trabajo se ha reducido a lo mínimo, sí que hay contacto entre los compañeros de los distintos Órganos judiciales, o en el desplazamiento de casa al trabajo y del trabajo a casa.
En estas circunstancias la Administración empleadora no ha proporcionado el material higienico-sanitario que se recomienda por el Ministerio de sanidad para prevenir y combatir la propagación del covid-19. La Administración empleadora no ha proporcionado a los Órganos judiciales ni mascarillas, ni guantes, ni mamparas para una separación física. Indicar que los geles en algunos casos sí y en otros no, y allí donde los ha proporcionado ha sido como reacción al problema, no como prevención del problema.

STAJ solicitó, en fecha 6 de marzo, 8 días antes de la declaración del estado de alarma, que se reuniera el Comité de seguridad y salud del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en las Islas Baleares, a fin de tratar las siguientes cuestiones: 

1.- Se instalen mamparas en los mostradores de atención al público con el fin de prevenir, en la medida de lo posible, los contagios que se puedan producir en la atención al público, tanto para los ciudadanos y profesionales, como para los propios funcionarios que prestan servicio en esos puestos de trabajo y están expuestos a un mayor riesgo. Especialmente en los Juzgados que realizan funciones de guardia, en los Registros civiles, y Decanatos. 

2.- Se provea de dispensadores de gel hidroalcohólico, así como guantes de un solo uso para los ciudadanos y profesionales que acuden a los Órganos judiciales, y guantes de látex para los funcionarios, mascarillas.

Ante esta petición hecha en fecha 6 de marzo, a fecha actual 19 de marzo,  la Administración empleadora ha dado la callada por respuesta.

Los funcionarios/as han tenido que procurarse ellos mismos guantes, mascarillas, geles, o idear sistemas de protección y prevención para atender a los justiciables sin poner en riesgo su salud ni la de los justiciables.
Especialmente preocupante es la prestación del servicio, en las condiciones señaladas, en los Juzgados de guardia, y en los Juzgados de violencia contra la mujer.
Señalar que en el caso del Juzgado de guardia de Palma de Mallorca este se constituye en unas dependencias propias, donde se van turnando los distintos funcionarios de cada Juzgado de instrucción, en turnos diarios. Los Juzgados de guardia del resto de los Partidos judiciales (Inca, Manacor, Ibiza, Mahón y Ciudadela) así como los Juzgados de violencia contra la mujer en todos los Partidos judiciales de las Islas Baleares, la guardia se realiza en las propias dependencias judiciales del juzgado, no se desplazan a ninguna otra dependencia. La concurrencia pública a estos Juzgados es continua sin que la Administración empleadora haya proporcionado elementos higiénicos sanitarios ni elementos de separación física para la prevención y protección.

Estos son los hechos descritos, apoyados por los fundamentos jurídicos, tanto de la Constitución Española, como de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales, Ley 33/2011 General de Salud pública, y el Código penal.


Por otra parte el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia – STAJ-, a nivel nacional, ha presentado y difundido un comunicado mostrando nuestra indignación ante el comunicado miserable que el CGPJ ha publicado en referencia al mantenimiento de los edificios judiciales abiertos.


NUEVA RESOLUCIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ESENCIALES (RESOLUCIÓN DE FECHA 16 DE MARZO).


El Ministerio de Justicia ha dictado esta misma tarde una nueva Resolución, que desarrolla la del pasado 14 de marzo, en la que se establecen nuevas directrices para el cumplimiento de los servicios esenciales en los Juzgados y Tribunales durante la vigencia del estado de alarma para la contención del COVID-19.

Entre otras cosas, equipara la dotación de los diferentes Juzgados a la de cada una de las Unidades Procesales de Apoyo Directo, a pesar de contar estas últimas con una dotación inferior.

También establece que los servicios esenciales se harán de forma rotatoria en turnos diarios quedando excluidas aquellas personas que padezcan patologías que sean susceptibles de agravarse por el contagio del COVID-19:

Diabetes
Enfermedad cardiovascular (incluida hipertensión)
Enfermedad hepática crónica
Enfermedad pulmonar crónica
Enfermedad renal crónica
Enfermedad neurológica o neuromuscular crónica
Inmunodeficiencia,
Embarazo
Posparto (inferior a 6 semanas) y
Cáncer.
Personas mayores de 60 años (*)

Así mismo quedarán excluidos aquellos funcionarios que se encuentren en la situación de deber inexcusable para la atención de menores o mayores que estén bajo su dependencia, tal como ya se dispuso en la Resolución del pasado 11 de marzo.

Desde STAJ seguimos insistiendo en que son absolutamente desproporcionados y desprotegen a los trabajadores de la Administración de Justicia frente a la amenaza de la enfermedad, y con la situación de emergencia existente con el estado de alarma decretado, por lo que seguiremos insistiendo en su modificación. En este sentido, el domingo 15 de marzo STAJ presentó escrito ante el Ministerio de Justicia solicitando la reducción de los servicios esenciales, algo que en la reunión celebrada en la tarde de hoy hemos vuelto a solicitar. El Secretario General ha tomado nota de nuestra petición y nos contestará en otra reunión  prevista para el viernes.

Reclamamos que se tenga la máxima flexibilidad, con las mínimas personas presenciales, coordinando con sustitutos para, en caso de necesidad, que no falle el servicio público de Justicia.
(*) Este grupo de personas no aparece en la nueva Resolución, pero a última hora los han incluido, y así se informa en la nota de prensa del Ministerio de Justicia.


EL CGPJ ACUERDA PROHIBIR EL CIERRE DE LOS EDIFICIOS JUDICIALES.

Potra parte , el Consejo General del Poder Judicial ha dictado hoy un nuevo Acuerdo en el que, entre otros, establece que no se procederá al cierre de ningún centro judicial, sea cual fuere su naturaleza, salvo disposición de la autoridad sanitaria competente.


RESOLUCIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS POR El COVID-19.


El Ministerio de Justicia ha publicado en su página la Resolución que fija los servicios esenciales que se han de cubrir, y la plantilla de los diferentes órganos judiciales para cumplir con la prestación de servicios fijadas por el CGPJ, Ministerio de Justicia y Fiscalia General del Estado.

Os facilitamos la Resolución que fija los servicios esenciales y la plantilla de cada órgano judicial que ha de asistir para el cumplimiento de esos servicios,  así como el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ya está publicado en el BOE.

COVID-19: RESOLUCIÓN DEL SECRETARIO GENERAL PARA LA INNOVACIÓN Y CALIDAD DEL SERVICIO PÚBLICO DE JUSTICIA, RELATIVA A LAS MEDIDAS A ADOPTAR RESPECTO DE LOS LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, CUERPOS GENERALES Y ESPECIALES Y RESTO DE PERSONAL NO TRANSFERIDO CON MOTIVO DEL COVID-19


La Secretaría de Estado de Justicia ha dictado Resolución relativa a las medidas a adoptar con motivo del COVID-19.

Son medidas que complementan a las dictadas por la Dirección General para el Servicio Público de Justicia, e incluso contemplan qué hacer en el supuesto de  cierre  de  centros  educativos  o  de  mayores, algo que no se contempla en las medidas de la Dirección General, y que preocupa sobremanera a los compañeros/as que tienen menores o personas a su cargo.

La Resolución de la Secretaria de Estado dicta  para  trasladar  al  ámbito  de  la Administración  de  Justicia,  las  medidas  adoptadas  en  la  Resolución  de  10  de  marzo  de  2020  del Secretario  de  Estado  de  Política  Territorial  y  Función  Pública.  

En esta Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia sí que se contemplan las medidas de flexibilidad horaria, o la permanencia en el domicilio, para el cuidado de menores de edad o personas mayores para  el  personal  al  servicio  de  la  Administración  de  Justicia  que  tenga  a  su  cargo  menores  o mayores  dependientes  y se  vea  afectado  por  el  cierre  de  centros  educativos  o  de  mayores. En el supuesto de que sea necesario hacer uso de la medida de  flexibilidad horaria o permanencia en el domicilio,  se deberá  remitir  a  su  superior  jerárquico  debidamente cumplimentado  el  modelo  de  “declaración  responsable”  que  se  adjunta  a la Resolución  como  Anexo  I ,  cuyos  datos  podrán  ser  verificados  por  la  Administración  competente. 

Se contemplan otras medidas relativas a la protección de la salud,  situación de aislamiento o contagio, atención al público, actuaciones fuera de la sede judicial o fiscal, etc.

COVID-19, PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN ÁMBITO MINISTERIO.




Desde la Dirección General para el Servicio Público de Justicia se han redactado las medidas recomendadas para el personal de Justicia en ámbito ministerio, tanto para la prevención y control de riesgo de exposición  al COVID-19, como las actuaciones a realizar ante la aparición de un caso confirmado, y el procedimiento de actuación frente a casos de infección.




En esas medidas no se contempla ni el cese de la actividad en los órganos judiciales, ni el cierre de los órganos judiciales, ni dejar de atender a los justiciables. Tampoco se habla de flexibilidad horaria, o qué hacer en caso de tener que conciliar vida familiar y laboral, por ejemplo en el supuesto de cierres de colegios, etc, medidas que sí que se contemplan en la Resolución dictada por Función Pública para la Administración General del Estado. En nuestro caso se han centrado más en el aspecto sanitario, higiene, etc.
Se trata de medias de prevención de carácter personal, en el entorno físico de trabajo, medidas de organización en el trabajo y medidas más específicas para el personal especialmente sensible.
Por otra parte, también se estable el protocolo de actuación en el supuesto de un caso confirmado en el entorno laboral. En este caso, según el protocolo de la Dirección General, no se contempla la ausencia del trabajador de su puesto de trabajo, sino extremar las medidas generales de higiene y protección de los demás compañeros, adaptando la actividad laboral  a esas circunstancias, además de dar la instrucciones a las empresas de limpieza para esmerar las medidas de limpieza y desinfección del puesto de trabajo.

En  otras palabras, nuestra Administración empleadora (ámbito ministerio) no contempla la ausencia al puesto de trabajo, ni permisos, ni flexibilidad de jornada, ni cese de actividad, como consecuencia del COVID-19. 
Obviamente, si algún compañero/a cae enfermo, o muestra síntomas ( sin caer en la hipocondría) lo que tiene que hacer es acudir, o llamar, a los servicios médicos y si el médico considera que debe estar de baja médica y ausentarse del trabajo, pues debemos estar a lo que diga el médico, con independencia de lo que diga la Administración.

Recordamos que MUGEJU ( obviamente también es válido para los compañeros encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social)  ha emitido un comunicado en el que se señala que  los mutualistas (tanto los adscritos al Sistema Sanitario Público, como los adscritos a Entidades Médicas Privadas), con síntomas compatibles con una infección respiratoria aguda (inicio súbito de cualquiera de los siguientes síntomas: tos, fiebre, dificultad respiratoria/falta de aire) y, que en los 14 días previos al inicio de los síntomas, hayan vuelto de alguna de las zonas geográficas de riesgo o hayan estado en contacto o en el mismo lugar que un caso probable o confirmado de coronavirus Covid-19, deben llamar al teléfono de emergencias 112, o al 061 desde donde se valorará, informará y determinará la actuación a seguir en cada caso. 


Por último señalar que desde STAJ -Baleares hemos solicitado al Gerente Territorial que convoque con urgencia el Comité de Seguridad y Salud del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en las Islas Baleares, a fin de tratar las siguientes cuestiones:

1.- Se instalen mamparas en los mostradores de atención al público con el fin de prevenir, en la medida de lo posible, los contagios que se puedan producir en la atención al público, tanto para los ciudadanos y profesionales, como para los propios funcionarios que prestan servicio en esos puestos de trabajo y están expuestos a un mayor riesgo. Especialmente en los Juzgados que realizan funciones de guardia, en los Registros Civiles, y Decanatos.

2.- Se provea de dispensadores de gel hidroalcohólico, así como guantes de un solo uso para los ciudadanos y profesionales que acuden a los órganos judiciales, y guantes de látex para los funcionarios.

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: CORONAVIRUS


El Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia -STAJ-, como consecuencia de la creciente preocupación del colectivo de funcionarios de Justicia por el problema sanitario del coronavirus COVID-19, y de acuerdo con la declaración de emergencia internacional declarada por la OMS, presentó el pasado 27 de febreroescrito ante la Subdirección General de Medios Personales en el que se solicitaba la adopción de medidas preventivas para evitar el posible contagio, y que se elabore un protocolo de acción según los distintos niveles de riesgo, tanto de carácter general como individual, distribuyendo el material preventivo necesario en todos los Órganos judiciales.


A su vez, el STAJ – Baleares- se ha dirigido por escrito a la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia solicitando se convoque de forma urgente el Comité de Seguridad y Salud del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia en las Islas Baleares, a fin de tratar las siguientes cuestiones: 

1.- Se instalen mamparas en los mostradores de atención al público con el fin de prevenir, en la medida de lo posible, los contagios que se puedan producir en la atención al público, tanto para los ciudadanos y profesionales, como para los propios funcionarios que prestan servicio en esos puestos de trabajo y están expuestos a un mayor riesgo. Especialmente en los Juzgados que realizan funciones de guardia, en los Registros Civiles, y Decanatos. 

2.- Se provea de dispensadores de gel hidroalcohólico, así como guantes de un solo uso para los ciudadanos y profesionales que acuden a los órganos judiciales, y guantes de látex para los funcionarios.

UN LETRADO DE LA ADM. DE JUSTICIA PAGA UNA MULTA DE 3.000 EUROS POR TRATO DESCONSIDERADO A LOS FUNCIONARIOS A SU CARGO


El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha ratificado la sanción impuesta al Letrado de la Administración de Justicia de un Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, de 3000 euros de multa, por el trato desconsiderado con el que trataba a los funcionarios a su cargo.

Se trata de una sentencia dictada el pasado 31 de marzo de 2017, pero que ha salido a la luz recientemente (STSJ Canarias de 31 Marzo 2017, Rec. 80/2016 (LA LEY 117309/2017))

El comportamiento del Funcionario fue calificado como una falta grave prevista en los artículos 468 bis (LA LEY 1694/1985) 2 de la LOPJ y 155.8 del ROCSJ.

La sentencia relata como el Letrado de la Administración de Justicia se dirigía a una compañera nuestra con expresiones tales como “me importa una mierda cuando haya hecho usted la estadística”, “parece usted tonta”, "parece una paleta de pueblo" o “gilipollas”, todo ello gritando”. “Usted aguantará todo lo que tenga que aguantar, porque está aquí por el bolsillo”. “¿dónde cojones estaba usted metida? ¿qué mierda ha estado usted haciendo hasta ahora?”.

Igualmente queda fijado como hechos probados que “En la oficina judicial y en voz alta con carácter general se utilizó por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia expresiones como “me suda los cojones”, “joder”, “me suda la polla”, “todos son una manada de gilipollas, incompetentes, funcionarios interinos de mierda, que el sistema judicial es una puta mierda”, los que están en el juzgado no sirven, sobre todo las mujeres, son una manada de chachas que no sirve ninguna ni para hacer una hamburguesa vuelta y vuelta. Si de mí dependiera cortaría cuellos y me quitaría del medio a todos los funcionarios interinos y de los funcionarios que hayan sido nombrados a dedo”.

Tras el examen de la prueba practicada la Sala concluye que la conducta que se le imputa al funcionario existió y por tanto la infracción administrativa de falta grave de consideración con los funcionarios del Juzgado. Las palabrotas y expresiones malsonantes formaban parte de su lenguaje cotidiano, pero aunque ello sea así, no existe razón alguna para que los funcionarios a su cargo tuvieran que soportar el trato y las expresiones utilizadas.

El Tribunal añade que todo esto no es lo que se espera de un Letrado de la Administración de Justicia, que tiene el privilegio de dirigir una oficina judicial. En el procedimiento quedó constatado que se le dieron oportunidades para corregirse.

Puntualiza finalmente que el Letrado debe ser consciente de que su conducta repercute negativamente en sus funcionarios, debiendo ser corregida y reconducida para mejorar las condiciones de trabajo y la prestación del servicio público.

El Tribunal desestima por tanto el recurso interpuesto por el Letrado y confirma la Resolución del Secretario General de la Administración de Justicia que le impuso la sanción de 3.000 euros. Además, se le condenó a las costas generadas.

Por otra parte, se está pendiente de sentencia ante la jurisdicción social, una demanda por la que se piden responsabilidades a la Comunidad Autónoma por el incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.

Fuente: diariolaley 



PLAN DE FORMACION EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2017/2018.



Desde la Unidad de Coordinación de Riesgos Laborales, dependiente de la Subdirección General de Medios Personales al servicio de la Administración de Justicia nos han dado traslado del Plan de formación de prevención de riesgos laborales 2017/2018. Aún no sabemos las fechas de inicio de los cursos.


El artículo 19 de la ley 31/95 de prevención de riesgos laborales establece que el empleador deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en el momento de su contratación, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

Los objetivos de este Plan de formación son:
  • Contribuir a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los empleados públicos.
  • Promocionar la integración de la prevención, en todos los niveles jerárquicos.
  • Fomentar una cultura preventiva que favorezca la participación de todos.
Los cursos a realizar son los siguientes:
  1. Cursos/Jornadas destinados a la formación inicial o de acogida: A todo funcionario que se incorpore se le proporcionará la información y formación correspondiente a su puesto de trabajo.
  2. Cursos/Jornadas destinados a formar en riesgos específicos del puesto de trabajo al personal ya existente. FORMACIÓN OBLIGATORIA.
  3. Cursos/Jornadas destinados al personal que forma parte de los órganos de representación.
    FORMACIÓN OBLIGATORIA PARA DELEGADOS DE PREVENCIÓN.
  4. Cursos/jornadas destinados a proporcionar las habilidades y adiestramiento preciso, al personal responsable o designado de funciones específicas, o pertenecientes a grupos o brigadas de intervención en situaciones de emergencia, o en el ámbito de los primeros auxilios.
  5. Cursos/Jornadas encaminados a proporcionar al personal en general una formación en materia de hábitos saludables, que ayuden al trabajador a afrontar su vida cotidiana, tanto en el ámbito laboral como extra laboral, con criterio preventivo.
Criterios de selección.

Cursos destinados a la formación en riesgos específicos del puesto de trabajo. 

La Gerencia  llevará a cabo una selección del personal que deberá asistir a la misma y lo comunicará al Letrado de la Administración de Justicia, o Fiscal del órgano o Directores de los IML en el que preste sus servicios el empleado público seleccionado.

Resto de cursos presenciales.

Se informará con dos semanas de antelación la fecha de impartición de los cursos, debiendo remitir a la Gerencia, en el plazo de una semana, el documento cumplimentado de “Solicitud a jornada de formación preventiva”. En el caso de que existan más solicitudes que plazas disponibles, se seleccionarán aquellos que no hayan realizado anteriormente el curso y cuyo puesto de trabajo esté más relacionado con el contenido del curso.

Cursos en modalidad en línea y semipresencial.

Se informará con la suficiente antelación, a través de las Gerencias, la fecha de impartición y el inicio del periodo de inscripción en los mismos. Las solicitudes deberán dirigirse a la Gerencia correspondiente. En el caso de que existan más solicitudes que plazas disponibles se seleccionarán aquellos que no hayan realizado anteriormente el curso.

Todos los funcionarios que asistan a una sesión formativa de carácter presencial, deberá firmar la hoja de
control de asistencia al curso.
Al finalizar los cursos presenciales se entregará, el mismo día de su impartición, los certificados individuales de asistencia o aprovechamiento a los interesados. Una falta de asistencia superior al 10% de las horas lectivas de cada curso, CUALQUIERA QUE SEA LA CAUSA JUSTIFICADA, imposibilitará la expedición del certificado.

Plan de formación de prevención de riesgos laborales 2017/2018.

Insistir en que aún no sabemos las fechas de inicio de los cursos.

PROBLEMAS DE ALTAS TEMPERATURAS EN EL EDIFICIO DE VÍA ALEMANIA


La Junta de Personal de la Administración de Justicia en las Islas Baleares, se ha reunido el día 3 de julio con el Orden del día de tratar el problema de las altas temperaturas en el edificio de Vía Alemania, ha acordado lo siguiente:  

Autorizar a los Delegados de prevención de riesgos laborales a fin de que en el caso de que las temperaturas en la Sede judicial de Vía Alemania alcancen unos valores que puedan perjudicar la salud de los trabajadores, interpongan por vía de urgencia denuncia ante la Inspección de Trabajo.

Ante las explicaciones solicitadas a la Gerencia y al Ministerio, la Subdirección General de Obras y Patrimonio, nos manifiestan lo siguiente:

  • A partir del día 3 de julio, debería notarse una mejora en la climatización, al haber sido solucionada una avería de uno de los aparatos.
  • Según manifiesta la Gerencia se irá dotando de aparatos de refrigeración en las dependencias más afectada.
  • Por la Subdirección General de Obras y Patrimonio se nos informa que ya ha sido aprobada por vía de urgencia la adquisición de un nuevo sistema de climatización para el Edificio de Vía Alemania. 
No obstante lo anterior, solicitamos a los trabajadores que ante cualquier aumento de temperatura por encima de los 27 grados realicen la incidencia correspondiente en la página de incidencias del ministerio.
 
Todo ello sin olvidar que este asunto no es nuevo, ya que ha sido denunciado reiteradamente por esta Junta de personal desde el año 2014.


REUNIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD; CUCARACHAS EN EL EDIFICIO JUDICIAL DE VÍA ALEMANIA.


La Gerencia de Ministerio de Justicia recibió la semana pasada un escrito del Decanato informando de la presencia de cucarachas en las dependencias del Juzgado de guardia, calabozos y oficina de atención a las víctimas, en el edificio de Vía Alemania.
Se dio aviso a la empresa especializada para que se personara en dichas dependencias y, analizando la situación, llegaron a la conclusión de que es preciso efectuar un proceso de desinfección.

Con tal motivo el Comité de seguridad y salud de la Admon. de Justicia en Baleares se ha reunido y se ha decidido que el fin de semana del 10 y 11 de junio se proceda a la desinfección de las zonas afectadas, precisándose un periodo de 48 horas para volver a ocupar las dependencias tras efectuar la desinfección.

Los Juzgados de guardia que se ven afectados son el Juzgado de Instrucción num. 2 y el Instrucción num.3, que desarrollarán la guardia en sus respectivas dependencias judiciales.

Se acordó, igualmente, aumentar la seguridad del edificio durante ese fin de semana con más vigilantes de seguridad, dado el trasiego de personas que acuden al Juzgado de guardia, y para evitar que deambulen por los pasillos del edificio, además de cerrar los accesos a los pasillos donde no se encuentran los Juzgados de guardia. 

Se contempló la posibilidad de hacer la desinfección el fin de semana que estuvieran de guardia los Juzgados de Instrucción 11 y 12, ya que podría ser más fácil guardar la seguridad del edificio, pero sería el fin de semana del 1 y 2 de julio, por lo que se descartó la idea al prolongarse el problema durante casi un mes.

 

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO LABORAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Desde STAJ ha sido solicitada en varias ocasiones, y directamente al Ministerio de Justicia a través del Comité de Riesgos Laborales, hasta conseguir la declaración formal del rechazo de todo tipo de conducta de acoso laboral, en todas sus formas y modalidades, sin atender a quien sea la víctima o el acosador, ni a cual sea su rango jerárquico, y el compromiso de establecer una cultura organizativa de normas y valores contra dicho acoso, manifestando, como principio básico, el derecho de los empleados públicos a recibir un trato respetuoso y digno.
Por eso, desde STAJ os instamos a que nos comuniquéis cualquier conducta que pudiera considerarse de entre las incluidas en el anexo I o relación de conductas “típicas” de acoso laboral con el propósito o el efecto de crear un entorno hostil o humillante que perturbe la vida laboral de la víctima, a fin de poder llevar vuestra denuncia al Comité de Riesgos Laborales.

A continuación podéis ver la Resolución de la Secretaría General de la Administración de Justicia, por la que se aprueba la adaptación del Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado al ámbito de la Administración de Justicia no transferida. 

RECONOCIMIENTOS MÉDICOS



La Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia ha enviado a los órganos judiciales el documento para la aceptación o rechazo individual del reconocimiento médico al personal de la Administración de Justicia, que se realizará próximamente.
Este documento se ha de firmar por todos los funcionarios, tanto los que quieran hacerse el reconocimiento, como aquellos compañeros que no quieran hacerse el reconocimiento, con el objeto de tener constancia de que todos tienen conocimiento del hecho pero que renuncian voluntariamente.
El documento se debe remitir a Gerencia antes del día 5 de julio del 2013.

Recomendaciones generales para la realización del reconocimiento Médico:


1.  Es necesario acudir al reconocimiento médico a la hora indicada, EN AYUNAS Y CON UNA MUESTRA DE ORINA RECOGIDA EN FRASCO ESTERIL  (adquirido  en  farmacia) DE  LA PRIMERA ORINA DE LA MAÑANA.
2.  Si    padece  o  ha  padecido  alguna  enfermedad  importante,  es  necesario  que  acuda  con  el INFORME MEDICO.
3.  Si se utilizan GAFAS, es necesario llevarlas al reconocimiento medico.
4.  Si  el  trabajador  citado  está  en  situación  de  INCAPACIDAD  TEMPORAL,  por  enfermedad común, accidente o enfermedad laboral, no debe acudir al reconocimiento medico hasta que éste se encuentre en situación de alta laboral. 
5.  La  trabajadora embarazada debe comunicar dicha circunstancia con el  fin de  llevar a cabo  una evaluación de los posibles riesgos que se puedan derivar del puesto de trabajo ocupado, y de las consecuencias sobre su salud o la del feto.
6.  El  personal  de  los  Institutos  Toxicológico  y  Medicina  Legal  deberán  aportar  el  día  del  reconocimiento cartilla de vacunación de hepatitis B y tétanos.



Una vez que se haya consentido el reconocimiento médico, la cita médica se realizará a través de correo electrónico.
Si no se puede acudir el día citado hay que comunicarlo con la mayor antelación posible.


Documento para el consentimiento o rechazo del reconocimento médico.
Información para el funcionario.