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NOMBRAMIENTO Y CESE DE LOS FUNCIONARIOS INTERINOS EN VACANTE CON DURACIÓN DE 3 AÑOS.

De conformidad con el artículo 10.1.a) del EBEP, los nombramientos de funcionarios interinos en vacante, posteriores al 7 de julio del 2021, tienen una duración determinada de 3 años.

No obstante, en el propio artículo 10.4, se estable una excepción en virtud de la cual esos nombramientos se podrán prorrogar más allá de los 3 años, como ha venido ocurriendo hasta la fecha con todos aquellos compañeros que han ido cumpliendo los 3 años de duración.

Hasta la fecha, ningún funcionario interino con nombramiento de vacante posterior al 7 de julio del 2021 ha sido cesado por cumplimiento de los 3 años, y dado que están pendientes de tomar posesión hasta 3 convocatorias de procesos selectivos en los próximos meses, es de suponer que se siga aplicando la excepción a todos aquellos nombramientos que vayan cumpliendo los 3 años.

De hecho, ni desde el Ministerio ni desde la Gerencia están llevando un control de los nombramientos con más de 3 años a efectos de cese (lo cual no quiere decir que no lo hagan en un futuro).