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HUELGA EN JUSTICIA: DESCUENTOS DE LOS DÍAS DE HUELGA EN LA NÓMINA DEL MES DE JUNIO; ERRORES PRÓXIMOS, DESCUENTOS Y CÁLCULO DE LA CUANTÍA A DESCONTAR.


En la nómina del mes de junio se han practicado los primeros descuentos de la huelga, habiéndose cometidos errores en esos descuentos.

Por lo tanto conviene saber varias cosas.

Primero.
Hasta donde hemos podido comprobar, el error no reside en la cuantía que se ha descontado, sino en descuentos de días incorrectos, es decir, días que no se ha estado de huelga.
Respecto de la cuantía a descontar, se explicará más adelante en esta misma información.

Aquellos compañeros que hayan tenido descuentos de forma incorrecta, pueden enviar comunicación a Gerencia, bien por correo electrónico (habilitacion.illesbalears@mju.es) o bien mediante escrito formal (STAJ Baleares ha elaborado un modelo), indicando el error en el descuento.

En Gerencia comprobarán ese error y con todos aquellos errores que hayan sido verificados por la propia Gerencia, harán una relación de esos funcionarios, que la elevarán al Ministerio, y el Ministerio subsanará el error.

Segundo.
En relación a los próximos descuentos de días de huelga, están enviando los datos con los días de huelga desde el día 12 hasta el día 26 de mayo, que es el periodo que les ha pedido la Subdirección general, es decir, Gerencia está pasando los datos del 12 al 26. Cosa distinta es que la Subdirección General tenga tiempo para incluir todos esos días en la nómina de julio, puede ser que sí o puede ser que no.

Por lo tanto, al menos en teoría, la intención es descontar en la nómina de julio desde el 12 de mayo al 26 de mayo.

Ese periodo tiene una parte de control por hojas de firmas, con lo cuál puede ser que también haya errores en la siguiente nómina y tiene un periodo de control por el Ainoa, y es de suponer que esos días de control por la Ainoa los errores ya serán menos.

Como ya hemos informado en varias ocasiones, los descuentos se harán en varios meses, la nómina no la dejan a cero y no descuentan todos los días a la misma nómina sino que lo hacen en varias nóminas.

Tercero.
Con respecto de la cantidad a descontar, es tal cual lo hemos explicado en esta misma página en varias ocasiones y en la información en los centros de trabajo. Acudimos cada uno de los conceptos salariales y los dividimos entre los días naturales del mes de que se trate y ese es el jornal diario.

Ese jornal diario lo dividimos entre siete horas y media y nos da el jornal por hora.

Si la huelga fue parcial (de 3 horas), multiplicamos el jornal por hora por 3 y eso es lo que han descontado ese día de huelga parcial. Y si la huelga fue de jornada completa, pues descuentan el jornal diario.

Y lo mismo con la paga extra; en el caso de la paga extra el devengo es de 183 días, es decir, hay que dividir la cuantía de la paga extra entre 183 días para que dé el jornal diario de paga extra.

Hemos comprobado con varias personas y en varios conceptos y no hemos encontrado ningún error en cuanto a las cuantías que han descontado.

Podemos concluir que la cuantía descontada es la correcta en todos los conceptos.

Insistir en que los errores residen en los días que han descontado de forma errónea, no en la cuantía
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