El Ministerio ha decidido aplicar la excepción prevista en el artículo 10.4 (último párrafo) del EBEP, que del tenor literal señala lo siguiente:
"Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino y sea resuelta conforme a los plazos establecidos en el artículo 70 del TREBEP. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que su cese dé lugar a compensación económica."
Según el ministerio esas plazas están incluidas en el proceso selectivo que se hace el examen el próximo 28 de septiembre.
Por lo tanto, y a fecha de hoy, hasta que ese proceso selectivo no finalice y los opositores que superen dicho proceso selectivo tomen posesión, los funcionarios interinos que actualmente están ocupando plazas vacantes con un nombramiento de duración de 3 años no tendrán que cesar.
Nos parece la postura más inteligente, puesto que el servicio queda cubierto y más en las Islas Baleares donde hay necesidad de personal debido a las mesas que actualmente se encuentran vacías y se permite que el funcionario siga trabajando durante más tiempo.
Desde STAJ Baleares instamos a la Administración a que mantenga este criterio en el futuro a medida que se vayan cumpliendo el periodo de 3 años en los siguientes procesos selectivos.